Autoridades y personal. . (2024/191-25)
Resolución de 25 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo General de Administrativos de la Administración General de la Junta de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 191 - Martes, 1 de octubre de 2024

página 51266/4

Tercera. Participación por el cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad.
1. Para participar en el cupo de plazas reservadas a personas con una discapacidad
igual o superior al 33% será necesario:
1.1. Indicarlo expresamente en el apartado correspondiente de la solicitud, señalando
al efecto si participa por el cupo de reserva a personas con discapacidad general o por
el cupo de reserva a personas con enfermedad mental. Si no hacen constar este dato se
entenderá que optan por el turno general.
1.2. Tener oficialmente reconocida dicha discapacidad con efectos anteriores a la
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
1.3. Adjuntar a la solicitud la documentación acreditativa de su condición de persona
con discapacidad emitida por órgano competente de la Junta de Andalucía o de otras
Administraciones Públicas.
En los casos en que el reconocimiento de la condición de persona con una
discapacidad igual o superior al 33% corresponda al órgano competente de la Junta de
Andalucía, la concurrencia de este requisito será comprobada de oficio por el Instituto
Andaluz de Administración Pública mediante consulta electrónica en la fase de admisión
de solicitudes, siempre que la persona aspirante no se oponga a su comprobación en
la solicitud de participación. En caso contrario o cuando la documentación haya de ser
expedida por órganos con competencia en la materia de otras Administraciones Públicas,
la persona aspirante deberá aportar inexcusablemente la documentación acreditativa
junto con la solicitud de participación.
2. Las personas aspirantes que como consecuencia de su discapacidad presenten
especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, opten o no por el
cupo de reserva, podrán solicitar las necesarias adaptaciones de tiempos y medios para
la realización del ejercicio de la oposición, manifestándolo en el apartado «Turno de
participación, exenciones al pago de la tasa y adaptaciones» de su solicitud.
La Comisión de Selección examinará y valorará las adaptaciones solicitadas
resolviendo lo que en cada caso proceda. A estos efectos, las personas interesadas
deberán incorporar, junto a la solicitud de participación, dictamen técnico facultativo en el
que conste expresamente la procedencia y el tipo de adaptación en el ejercicio según sus
circunstancias personales y siempre que guarde relación directa con la prueba a realizar.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones
reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.
1.4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del
cuerpo a que se aspira.
1.5. No haber sido separada la persona aspirante mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las comunidades autónomas ni hallarse en situación de inhabilitación
absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso
al cuerpo o escala de funcionario y no poseer la condición de personal funcionario de
carrera del cuerpo a que se aspira.
En el caso de ser la persona aspirante nacional de otro Estado, no hallarse en situación
de inhabilitación o equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente
que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
2. Estos requisitos estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y deberán mantenerse hasta el nombramiento como personal
funcionario de carrera.
3. Para la admisión en las pruebas selectivas bastará con que quienes soliciten su
participación declaren en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos
exigidos, que se acreditarán en el momento y con la documentación relacionada en el
apartado 4 de la base octava, y la constancia de haber abonado la correspondiente tasa
conforme a lo establecido en el apartado 4 de la base cuarta de esta convocatoria.