Autoridades y personal. . (2024/191-19)
Resolución de 25 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Personal de Oficio Costurero/a, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso, convocado mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022 y se anuncia la apertura de audiencia previa para la persona candidata que se cita.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 191 - Martes, 1 de octubre de 2024

página 51261/2

y especialidades en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de
empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud (BOJA
extraordinario núm. 35, de 30 de diciembre), con correcciones de errores publicadas en
BOJA núm. 59, de 28 de marzo de 2023, BOJA núm. 72, de 18 de abril de 2023, y BOJA
núm. 80, de 28 de abril, en el Decreto 296/2021, de 28 de diciembre (BOJA núm. 250, de
30 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización
de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y
en virtud de las atribuciones que se le asignan en el Decreto 198/2024, de 3 de septiembre
(BOJA extraordinario núm. 16, de 4 de septiembre), por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, esta Dirección General
RESU ELV E
Primero. Nombrar personal estatutario fijo a las personas aspirantes que han
superado el concurso, por el sistema de acceso libre, en la categoría de Personal de Oficio
Costurero/a, que se relacionan en el Anexo I de esta resolución con expresión del centro
de destino adjudicado. De conformidad con lo establecido en la base 12.1 del anexo de las
bases generales, las plazas ofertadas han sido adjudicadas atendiendo a los centros de
destino solicitados por las personas aspirantes que han superado el concurso y al orden
determinado por la puntuación obtenida en el mismo, y conforme a lo establecido en la
base 12.2 para quienes dentro del plazo fijado no han solicitado plaza, sin perjuicio de
lo establecido en la base 11.4 del anexo de las bases generales respecto a las personas
aspirantes que participan por la reserva de plazas para personas con discapacidad.

Tercero. Conceder, a fin de no causar indefensión y de conformidad con lo establecido
en la base 11.6, un plazo de diez días hábiles a partir del día hábil siguiente al de
publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía a las
personas candidatas que se citan en el Anexo II de esta resolución para subsanar la falta
de presentación de declaración responsable de que:
- No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos, y autorizar la consulta en el Registro Central de
delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia. En caso de no autorizarla, opta por
presentar original de la certificación negativa en vigor del mismo en el acto de toma de
posesión conociendo que es requisito indispensable para ello.
- No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni se halla
inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
- No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibilite para el ejercicio de sus
funciones teniendo en su poder original del certificado médico en vigor que así lo acredita y
que presentará en el acto de toma de posesión. En caso de tener reconocida la condición de
discapacidad, que no padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio
de sus funciones y posee la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias
de la especialidad a la que se opta, teniendo en su poder original del certificado médico en
vigor que así lo acredita y que presentará en el acto de toma de posesión.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Segundo. De conformidad a lo establecido en la base 13.2 del anexo de las bases
generales, el plazo de toma de posesión será de un mes improrrogable, contado a partir
del primer día hábil siguiente al de publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía. Perderán los derechos derivados de su participación en
las pruebas selectivas quienes, transcurrido dicho plazo, no se hayan incorporado a su
destino, salvo causa justificada así apreciada por esta Dirección General.