3. Otras disposiciones. . (2024/191-42)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se declara la prescripción de reconocimiento y liquidación de compromisos de gasto derivados del expediente de subvención tramitados al amparo de la Orden de 9 de mayo de 2002, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para ejecutar acciones de desarrollo y la gestión sostenible de los recursos forestales (BOJA núm. 67, de 8 de junio de 2002).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 191 - Martes, 1 de octubre de 2024
página 51280/2
obrantes en la Consejería, no se conoce documentación adicional ni reclamaciones de
ningún tipo presentadas por los terceros acreedores, que pudieran haber interrumpido
la prescripción, debiendo por consiguiente, declarar la prescripción del reconocimiento y
liquidación de las obligaciones derivadas de los compromisos de gasto detallados en el
Anexo I, y el archivo de los expedientes de subvención tramitados al amparo de la Orden
de 9 de mayo de 2002, por el transcurso del plazo establecido en el artículo 30 del Texto
Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
Cuarto. La prescripción extintiva de las obligaciones se produce por el mero
transcurso del tiempo, debiendo la administración declarar esta situación de oficio, previa
tramitación del oportuno expediente y dando trámite de audiencia a los acreedores para
que puedan aportar las alegaciones que consideren oportunas.
Quinto. Las obligaciones que se encuentren prescritas, serán baja en la contabilidad
oficial de la Junta de Andalucía.
Sexto. El 23 de abril de 2024, se acordó en inicio del procedimiento para la declaración
de la prescripción del derecho al reconocimiento y liquidación de las obligaciones
derivadas de los compromisos de gasto detallados en el Anexo I, otorgándole a los
interesados un plazo de alegaciones de diez días hábiles.
Séptimo. En virtud de lo dispuesto en los artículos 44, 45.1 y 46 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
no habiendo siendo posible efectuar la notificación por los demás medios previstos en la
citada ley, el 3 de mayo de 2024, se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el
Acuerdo de 25 de abril de 2024, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad
de notificación en el presente procedimiento administrativo (BOJA núm. 85), otorgándole a
los interesados un plazo de 15 días hábiles para efectuar alegaciones desde el día siguiente
a la citada publicación.
Octavo. De los interesados, cuyos compromisos de gasto se detallan en el Anexo I,
presentó alegaciones con fecha 10 de mayo de 2024, la entidad Dehesa de Malduerme
Sociedad Civil respecto al expediente AF/2002/11/0007, compareciendo presencialmente
con fecha 19 de julio de 2024, para revisar la documentación que consta en el expediente.
A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes
Primero. El Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio (BOJA extraordinario
núm. 10 de 30 de julio de 2024), dispone en su artículo 1 la organización de la Junta
de Andalucía en diversas Consejerías, incluyéndose dentro de las mismas la Consejería
de Sostenibilidad y Medio Ambiente, mientras que en su artículo 9 queda recogido que
corresponden a la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente las competencias que
actualmente tiene atribuidas la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía
Azul, salvo las competencias en materia de puertos que se asignan a la Consejería de
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda y las competencias relativas al uso, gestión
y conservación sostenible de los recursos marinos que se asignan a la Consejería de
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
Asimismo, corresponde a la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente las
competencias en materia de cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible
(ODS) y la Agenda 2030, actualmente asignadas a la Consejería de la Presidencia,
Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308229
FUNDAMENTOS DE DERECHO
BOJA
Número 191 - Martes, 1 de octubre de 2024
página 51280/2
obrantes en la Consejería, no se conoce documentación adicional ni reclamaciones de
ningún tipo presentadas por los terceros acreedores, que pudieran haber interrumpido
la prescripción, debiendo por consiguiente, declarar la prescripción del reconocimiento y
liquidación de las obligaciones derivadas de los compromisos de gasto detallados en el
Anexo I, y el archivo de los expedientes de subvención tramitados al amparo de la Orden
de 9 de mayo de 2002, por el transcurso del plazo establecido en el artículo 30 del Texto
Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
Cuarto. La prescripción extintiva de las obligaciones se produce por el mero
transcurso del tiempo, debiendo la administración declarar esta situación de oficio, previa
tramitación del oportuno expediente y dando trámite de audiencia a los acreedores para
que puedan aportar las alegaciones que consideren oportunas.
Quinto. Las obligaciones que se encuentren prescritas, serán baja en la contabilidad
oficial de la Junta de Andalucía.
Sexto. El 23 de abril de 2024, se acordó en inicio del procedimiento para la declaración
de la prescripción del derecho al reconocimiento y liquidación de las obligaciones
derivadas de los compromisos de gasto detallados en el Anexo I, otorgándole a los
interesados un plazo de alegaciones de diez días hábiles.
Séptimo. En virtud de lo dispuesto en los artículos 44, 45.1 y 46 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
no habiendo siendo posible efectuar la notificación por los demás medios previstos en la
citada ley, el 3 de mayo de 2024, se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el
Acuerdo de 25 de abril de 2024, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad
de notificación en el presente procedimiento administrativo (BOJA núm. 85), otorgándole a
los interesados un plazo de 15 días hábiles para efectuar alegaciones desde el día siguiente
a la citada publicación.
Octavo. De los interesados, cuyos compromisos de gasto se detallan en el Anexo I,
presentó alegaciones con fecha 10 de mayo de 2024, la entidad Dehesa de Malduerme
Sociedad Civil respecto al expediente AF/2002/11/0007, compareciendo presencialmente
con fecha 19 de julio de 2024, para revisar la documentación que consta en el expediente.
A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes
Primero. El Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio (BOJA extraordinario
núm. 10 de 30 de julio de 2024), dispone en su artículo 1 la organización de la Junta
de Andalucía en diversas Consejerías, incluyéndose dentro de las mismas la Consejería
de Sostenibilidad y Medio Ambiente, mientras que en su artículo 9 queda recogido que
corresponden a la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente las competencias que
actualmente tiene atribuidas la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía
Azul, salvo las competencias en materia de puertos que se asignan a la Consejería de
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda y las competencias relativas al uso, gestión
y conservación sostenible de los recursos marinos que se asignan a la Consejería de
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
Asimismo, corresponde a la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente las
competencias en materia de cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible
(ODS) y la Agenda 2030, actualmente asignadas a la Consejería de la Presidencia,
Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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