3. Otras disposiciones. . (2024/190-54)
Orden de 23 de septiembre de 2024, por la que se dispone la publicación de la Orden de 20 de noviembre de 2023, por la que se resuelve la aprobación definitiva de la Modificación del PGOU de Córdoba relativa a la zona para ampliación del PP I-8 «El Álamo» con usos logísticos.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 190 - Lunes, 30 de septiembre de 2024
página 51185/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Orden de 23 de septiembre de 2024, por la que se dispone la publicación de
la Orden de 20 de noviembre de 2023, por la que se resuelve la aprobación
definitiva de la Modificación del PGOU de Córdoba relativa a la zona para
ampliación del PP I-8 «El Álamo» con usos logísticos.
1. La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda dispuso, mediante
Orden de 20 de noviembre de 2023, aprobar definitivamente la Modificación del PGOU
de Córdoba relativa a la Zona para ampliación del PP I-8 «El Álamo» con usos logísticos,
según el documento aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Córdoba en sesión de 2
de noviembre de 2022, de acuerdo con el artículo 33.2.b) de la Ley 7/2002, de 17 de
diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía, debiendo no obstante realizarse
las subsanaciones técnicas en el documento señaladas en el informe del Servicio de
Planeamiento Urbanístico de 7 de noviembre de 2023.
2. El Pleno de dicho Ayuntamiento, en sesión ordinaria de 11 de abril de 2024, acordó
tomar conocimiento del «documento de correcciones de deficiencias técnicas de la
innovación del PGOU Zona para Ampliación del PP I.8 "El Álamo" con usos logísticos
señaladas en el informe del Servicio de Planeamiento Urbanístico de la Dirección
General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda urbana, en cumplimiento de
la Orden de la Consejera de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de fecha 20
de noviembre de 2023», acordando su remisión a la Dirección General de Ordenación del
Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana de esta Consejería para su verificación.
3. Dicha Dirección General, mediante Resolución de 27 de junio de 2024, ha tomado
conocimiento del documento técnico sometido a toma de conocimiento del Pleno del
Ayuntamiento en sesión de 11 de abril de 2024 y ha resuelto tener por subsanadas, a la
vista del informe del Servicio de Planeamiento Urbanístico de dicha Dirección General,
de 21 de junio de 2024, las deficiencias señaladas en la Orden de 20 de noviembre de
2023 de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.
4. La Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, de
aplicación en virtud de la disposición transitoria tercera de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre,
de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, establece en su artículo
41.1 que los acuerdos de aprobación definitiva de los instrumentos de planeamiento que
correspondan a la Administración de la Comunidad Autónoma, así como el contenido del
articulado de sus normas, se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía por
disposición del órgano que los aprobó. El depósito de los instrumentos de planeamiento y
sus innovaciones en el registro administrativo correspondiente será condición legal para
su publicación, de acuerdo con el artículo 40.3 de la misma ley.
5. De conformidad con el artículo 14 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, que regula
los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, con fecha de 20 de agosto
de 2024, la Delegación Territorial de esta Consejería en Córdoba ha inscrito y depositado
el presente instrumento en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos,
asignándole el número de registro 10.164 en la Sección de Instrumentos de Planeamiento
del Libro Registro de Córdoba de la Unidad Registral de Córdoba.
Según el artículo 21 del citado decreto, la condición legal de depósito prevista a
efectos de publicación en el boletín oficial se tendrá por realizada mediante la inscripción
del correspondiente instrumento urbanístico en el registro de la Administración que lo
haya aprobado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308134
A NTECEDENTES
BOJA
Número 190 - Lunes, 30 de septiembre de 2024
página 51185/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Orden de 23 de septiembre de 2024, por la que se dispone la publicación de
la Orden de 20 de noviembre de 2023, por la que se resuelve la aprobación
definitiva de la Modificación del PGOU de Córdoba relativa a la zona para
ampliación del PP I-8 «El Álamo» con usos logísticos.
1. La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda dispuso, mediante
Orden de 20 de noviembre de 2023, aprobar definitivamente la Modificación del PGOU
de Córdoba relativa a la Zona para ampliación del PP I-8 «El Álamo» con usos logísticos,
según el documento aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Córdoba en sesión de 2
de noviembre de 2022, de acuerdo con el artículo 33.2.b) de la Ley 7/2002, de 17 de
diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía, debiendo no obstante realizarse
las subsanaciones técnicas en el documento señaladas en el informe del Servicio de
Planeamiento Urbanístico de 7 de noviembre de 2023.
2. El Pleno de dicho Ayuntamiento, en sesión ordinaria de 11 de abril de 2024, acordó
tomar conocimiento del «documento de correcciones de deficiencias técnicas de la
innovación del PGOU Zona para Ampliación del PP I.8 "El Álamo" con usos logísticos
señaladas en el informe del Servicio de Planeamiento Urbanístico de la Dirección
General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda urbana, en cumplimiento de
la Orden de la Consejera de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de fecha 20
de noviembre de 2023», acordando su remisión a la Dirección General de Ordenación del
Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana de esta Consejería para su verificación.
3. Dicha Dirección General, mediante Resolución de 27 de junio de 2024, ha tomado
conocimiento del documento técnico sometido a toma de conocimiento del Pleno del
Ayuntamiento en sesión de 11 de abril de 2024 y ha resuelto tener por subsanadas, a la
vista del informe del Servicio de Planeamiento Urbanístico de dicha Dirección General,
de 21 de junio de 2024, las deficiencias señaladas en la Orden de 20 de noviembre de
2023 de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.
4. La Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, de
aplicación en virtud de la disposición transitoria tercera de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre,
de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, establece en su artículo
41.1 que los acuerdos de aprobación definitiva de los instrumentos de planeamiento que
correspondan a la Administración de la Comunidad Autónoma, así como el contenido del
articulado de sus normas, se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía por
disposición del órgano que los aprobó. El depósito de los instrumentos de planeamiento y
sus innovaciones en el registro administrativo correspondiente será condición legal para
su publicación, de acuerdo con el artículo 40.3 de la misma ley.
5. De conformidad con el artículo 14 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, que regula
los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, con fecha de 20 de agosto
de 2024, la Delegación Territorial de esta Consejería en Córdoba ha inscrito y depositado
el presente instrumento en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos,
asignándole el número de registro 10.164 en la Sección de Instrumentos de Planeamiento
del Libro Registro de Córdoba de la Unidad Registral de Córdoba.
Según el artículo 21 del citado decreto, la condición legal de depósito prevista a
efectos de publicación en el boletín oficial se tendrá por realizada mediante la inscripción
del correspondiente instrumento urbanístico en el registro de la Administración que lo
haya aprobado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308134
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