Disposiciones generales. . (2024/190-1)
Orden de 23 de septiembre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro y universidades públicas andaluzas, para el desarrollo de proyectos en materia de conciliación y corresponsabilidad en el marco del Plan Corresponsables, en el ámbito de las competencias de la Consejería, y se efectúa su convocatoria en el año 2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 190 - Lunes, 30 de septiembre de 2024
página 51192/48
14.b) Tipo y soporte de documentos admitidos:
Tipo:
Originales.
Copias auténticas.
Copias autenticadas.
Otro: Copia simple
Soporte:
Papel.
Electrónico.
Otros:
15.- Plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento (Artículo 19): Tres meses a partir
del día siguiente al de la fecha en la que la solicitud haya tenido entrada en el Registro indicado en el
apartado 10.e) del Cuadro Resumen.
16.- Necesidad de aceptación expresa de la subvención concedida (Artículo 19):
Si.
No.
17.- Posibilidad de terminación convencional (Artículo 20).
17.a) Posibilidad de terminación convencional:
No.
Sí.
17.b) Particularidades que, en su caso, se establecen para formalizar el acuerdo:
Las resoluciones previstas en los artículos 5.5 y 12.2 del Texto articulado serán publicadas en:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308141
18.- Resoluciones que afecten a la convocatoria (artículo 5 y 12).
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 190 - Lunes, 30 de septiembre de 2024
página 51192/48
14.b) Tipo y soporte de documentos admitidos:
Tipo:
Originales.
Copias auténticas.
Copias autenticadas.
Otro: Copia simple
Soporte:
Papel.
Electrónico.
Otros:
15.- Plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento (Artículo 19): Tres meses a partir
del día siguiente al de la fecha en la que la solicitud haya tenido entrada en el Registro indicado en el
apartado 10.e) del Cuadro Resumen.
16.- Necesidad de aceptación expresa de la subvención concedida (Artículo 19):
Si.
No.
17.- Posibilidad de terminación convencional (Artículo 20).
17.a) Posibilidad de terminación convencional:
No.
Sí.
17.b) Particularidades que, en su caso, se establecen para formalizar el acuerdo:
Las resoluciones previstas en los artículos 5.5 y 12.2 del Texto articulado serán publicadas en:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308141
18.- Resoluciones que afecten a la convocatoria (artículo 5 y 12).