5. Anuncios. . (2024/190-85)
Acuerdo de 24 de septiembre de 2024, de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Córdoba, por el que se ordena la notificación por edicto de la resolución de régimen de relaciones familiares aprobado por la Comisión Provincial de Tutela y Guarda en relación con el menor I.C.A.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 190 - Lunes, 30 de septiembre de 2024
página 51209/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Acuerdo de 24 de septiembre de 2024, de la Delegación Territorial de Inclusión
Social, Juventud, Familias e Igualdad en Córdoba, por el que se ordena la
notificación por edicto de la resolución de régimen de relaciones familiares
aprobado por la Comisión Provincial de Tutela y Guarda en relación con el
menor I.C.A.
Acuerdo de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
en Córdoba, por el que se ordena la notificación por edicto de la Resolución de Régimen
de Relaciones Familiares en relación al (DPCO) 352-2013-00004328-1 a don Ismael
Abdel-Lah Hammadi, con respecto a I.C.A. Contra esta resolución podrá formularse
oposición ante el Juzgado de Primera Instancia (Familia) de Córdoba, por los trámites
que establecen los arts. 779 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que sea necesario
formular reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en
el art. 780 de la citada ley procesal.
Para la formulación de la citada oposición ante el Juzgado de Primera Instancia, los
interesados podrán solicitar ante el Ilustre Colegio de Abogados de esta localidad, el
reconocimiento del derecho la asistencia jurídica gratuita regulado en la Ley 1/1996 de 10
de enero, el cual comprende, ente sus prestaciones la defensa y representación gratuita
por Abogado y Procurador en el procedimiento judicial, cuando la intervención de estos
profesionales sea legalmente preceptiva, como ocurre en el presente supuesto. Si el
solicitante cumpliera los requisitos que para ello establece la citada ley, se le reconocerá
tal derecho de gratuidad.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se le significa que
puede personarse en el Servicio de Protección de Menores de la Delegación Territorial
de Inclusión Social, Juventud, Familiase Igualdad, sito en c/ Blanco Soler, 4, de Córdoba,
para la notificación del citado trámite de audiencia en un plazo de diez días desde la
presente publicación.
00308158
Córdoba, 24 de septiembre de 2024.- La Delegada, Dolores Sánchez Moreno.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 190 - Lunes, 30 de septiembre de 2024
página 51209/1
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5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Acuerdo de 24 de septiembre de 2024, de la Delegación Territorial de Inclusión
Social, Juventud, Familias e Igualdad en Córdoba, por el que se ordena la
notificación por edicto de la resolución de régimen de relaciones familiares
aprobado por la Comisión Provincial de Tutela y Guarda en relación con el
menor I.C.A.
Acuerdo de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
en Córdoba, por el que se ordena la notificación por edicto de la Resolución de Régimen
de Relaciones Familiares en relación al (DPCO) 352-2013-00004328-1 a don Ismael
Abdel-Lah Hammadi, con respecto a I.C.A. Contra esta resolución podrá formularse
oposición ante el Juzgado de Primera Instancia (Familia) de Córdoba, por los trámites
que establecen los arts. 779 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que sea necesario
formular reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en
el art. 780 de la citada ley procesal.
Para la formulación de la citada oposición ante el Juzgado de Primera Instancia, los
interesados podrán solicitar ante el Ilustre Colegio de Abogados de esta localidad, el
reconocimiento del derecho la asistencia jurídica gratuita regulado en la Ley 1/1996 de 10
de enero, el cual comprende, ente sus prestaciones la defensa y representación gratuita
por Abogado y Procurador en el procedimiento judicial, cuando la intervención de estos
profesionales sea legalmente preceptiva, como ocurre en el presente supuesto. Si el
solicitante cumpliera los requisitos que para ello establece la citada ley, se le reconocerá
tal derecho de gratuidad.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se le significa que
puede personarse en el Servicio de Protección de Menores de la Delegación Territorial
de Inclusión Social, Juventud, Familiase Igualdad, sito en c/ Blanco Soler, 4, de Córdoba,
para la notificación del citado trámite de audiencia en un plazo de diez días desde la
presente publicación.
00308158
Córdoba, 24 de septiembre de 2024.- La Delegada, Dolores Sánchez Moreno.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja