3. Otras disposiciones. . (2024/189-26)
Resolución de 5 de agosto de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz, por la que se concede autorización administrativa previa a la instalación eléctrica que se cita. (PP. 9541/2024).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 189 - Viernes, 27 de septiembre de 2024
página 50865/3
161 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades
de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización
de instalaciones de energía eléctrica. El peticionario responde que, además, el trazado
de la línea aérea 66kV cumple con lo indicado en el artículo 58 de la Ley del Sector
Eléctrico, puesto que el trazado de dicha línea se realiza por la linde norte las parcelas
propiedad del Alegante.
Asimismo, tal y como establece el citado Título VII del R.D. 1955/2000, se dio traslado
por plazo de treinta días de la solicitud y documentos técnicos, a la serie de organismos
que a continuación se enumeran, ya que según declara el promotor de la instalación,
pueden verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos presten su
conformidad u oposición, y en su caso, establezcan el condicionado técnico procedente:
• D.T. de Fomento, Infr. y Ordenación del Territorio en Cádiz. Sv. de Carreteras.
• Edistribución Redes Digitales, S.L.
• Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera.
• Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
• Red Eléctrica de España, S.A.
• Telefonica.
• D.T. de Agricultura, Pesca, Agua y Des. Rural en Cádiz. Demarcación Hidrográfica
Guadalete-Barbate.
• Viesgo Renovables, S.L.U.
• D.T. Economía, Hacienda, Fondos Europeos, Política Industrial y Energía. Dpto. Minas.
• Promotores Zede Arcos, C.B.
Desde el punto el punto de vista sectorial energético, se da la circunstancia de
que existe conformidad entre los organismos afectados y la peticionaria acorde con la
documentación aportada, y se manifiesta conformidad con las alegaciones e informes
presentados por los citados organismos afectados en los plazos reglamentarios durante
el procedimiento de tramitación, según obra en el expediente de referencia, en el ejercicio
de las competencias atribuidas a esta Delegación, a reserva de las demás licencias o
autorizaciones necesarias de otros organismos.
Quinto. Con fecha 3 de octubre de 2023 la sociedad mercantil Rolwind Andalucía
21, S.L. (B42918649), solicita una nueva modificación de la instalación aportando la
documentación preceptiva.
Habiendo formulado alegaciones de carácter medioambiental dentro del plazo
por Toniza Ecologistas en Acción Chiclana, con CIF G7******5, que fueron puestas a
disposición del órgano ambiental, junto con la respuesta de la peticionaria. Cabe
manifestar, no obstante, que esta Delegación Territorial registra con fecha 19 de octubre
de 2023, previa solicitud, del informe de compatibilidad ambiental del anteproyecto
modificado, emitido por la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y
Economía Azul en Cádiz, en el que se indica que a efectos ambientales no es necesaria
una nueva publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, por considerar ese
órgano la modificación no sustancial.
Asimismo, tal y como establece el citado Título VII del R.D. 1955/2000, se dio traslado
por plazo de treinta días de la solicitud y documentos técnicos, a la serie de organismos
que a continuación se enumeran, ya que según declara el promotor de la instalación,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307813
Sexto. De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización
de instalaciones de energía eléctrica (en adelante, R.D. 1955/2000), se sometió el
expediente a información pública, insertándose anuncios en:
BOP de Cádiz número 218, de fecha 16 de noviembre de 2023.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 189 - Viernes, 27 de septiembre de 2024
página 50865/3
161 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades
de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización
de instalaciones de energía eléctrica. El peticionario responde que, además, el trazado
de la línea aérea 66kV cumple con lo indicado en el artículo 58 de la Ley del Sector
Eléctrico, puesto que el trazado de dicha línea se realiza por la linde norte las parcelas
propiedad del Alegante.
Asimismo, tal y como establece el citado Título VII del R.D. 1955/2000, se dio traslado
por plazo de treinta días de la solicitud y documentos técnicos, a la serie de organismos
que a continuación se enumeran, ya que según declara el promotor de la instalación,
pueden verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos presten su
conformidad u oposición, y en su caso, establezcan el condicionado técnico procedente:
• D.T. de Fomento, Infr. y Ordenación del Territorio en Cádiz. Sv. de Carreteras.
• Edistribución Redes Digitales, S.L.
• Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera.
• Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
• Red Eléctrica de España, S.A.
• Telefonica.
• D.T. de Agricultura, Pesca, Agua y Des. Rural en Cádiz. Demarcación Hidrográfica
Guadalete-Barbate.
• Viesgo Renovables, S.L.U.
• D.T. Economía, Hacienda, Fondos Europeos, Política Industrial y Energía. Dpto. Minas.
• Promotores Zede Arcos, C.B.
Desde el punto el punto de vista sectorial energético, se da la circunstancia de
que existe conformidad entre los organismos afectados y la peticionaria acorde con la
documentación aportada, y se manifiesta conformidad con las alegaciones e informes
presentados por los citados organismos afectados en los plazos reglamentarios durante
el procedimiento de tramitación, según obra en el expediente de referencia, en el ejercicio
de las competencias atribuidas a esta Delegación, a reserva de las demás licencias o
autorizaciones necesarias de otros organismos.
Quinto. Con fecha 3 de octubre de 2023 la sociedad mercantil Rolwind Andalucía
21, S.L. (B42918649), solicita una nueva modificación de la instalación aportando la
documentación preceptiva.
Habiendo formulado alegaciones de carácter medioambiental dentro del plazo
por Toniza Ecologistas en Acción Chiclana, con CIF G7******5, que fueron puestas a
disposición del órgano ambiental, junto con la respuesta de la peticionaria. Cabe
manifestar, no obstante, que esta Delegación Territorial registra con fecha 19 de octubre
de 2023, previa solicitud, del informe de compatibilidad ambiental del anteproyecto
modificado, emitido por la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y
Economía Azul en Cádiz, en el que se indica que a efectos ambientales no es necesaria
una nueva publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, por considerar ese
órgano la modificación no sustancial.
Asimismo, tal y como establece el citado Título VII del R.D. 1955/2000, se dio traslado
por plazo de treinta días de la solicitud y documentos técnicos, a la serie de organismos
que a continuación se enumeran, ya que según declara el promotor de la instalación,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307813
Sexto. De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización
de instalaciones de energía eléctrica (en adelante, R.D. 1955/2000), se sometió el
expediente a información pública, insertándose anuncios en:
BOP de Cádiz número 218, de fecha 16 de noviembre de 2023.