3. Otras disposiciones. . (2024/189-47)
Decreto 217/2024, de 24 de septiembre, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, a la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior y a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 189 - Viernes, 27 de septiembre de 2024
página 51158/2
al Desarrollo, para el desempeño de las tareas correspondientes a la gestión de las
subvenciones públicas, asegurando el adecuado desarrollo de esos procedimientos
administrativos con la debida seguridad jurídica.
Por último, en el actual ámbito competencial de la Consejería de Turismo y Andalucía
Exterior, se crea una unidad administrativa de promoción exterior y marca Andalucía
en la Dirección General de Andalucía Global, a la que compete el establecimiento de
los criterios generales para el desarrollo, proyección, difusión y fomento de la imagen
de Andalucía, la coordinación e impulso de medidas dirigidas a favorecer la difusión y
defensa de la identidad, imagen y valores de Andalucía, así como, la de los andaluces y
andaluzas en el exterior.
Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de
las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la
Administración General de la Junta de Andalucía.
En aplicación del artículo 9.3.d) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la
Administración General de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación de la
presente modificación de la relación de puestos de trabajo en la Comisión del Convenio.
La Dirección General de Presupuestos ha informado favorablemente, desde el punto
de vista económico-financiero, esta modificación parcial de la relación de puestos de
trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía.
La presente modificación de la relación de puestos de trabajo supone la ampliación
de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía en
los términos previstos en los apartados 6 y 7 del artículo 26 de la Ley 12/2023, de 26 de
diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 del Decreto
390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la
relación de puestos de trabajo, a propuesta del Consejero de Justicia, Administración
Local y Función Pública, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del
día 24 de septiembre de 2024,
DISPONGO
Artículo 1. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración
General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de la Presidencia,
Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, a la Consejería de Turismo y
Andalucía Exterior y a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de
Andalucía, correspondiente a la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social
y Simplificación Administrativa, a la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior y a la
Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, queda modificada en los
términos indicados en el anexo.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos económicos y administrativos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308106
Artículo 2. Ampliación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de
la Junta de Andalucía.
La plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía se
amplía en treinta y un puestos de trabajo dotados, en los términos indicados en el anexo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 189 - Viernes, 27 de septiembre de 2024
página 51158/2
al Desarrollo, para el desempeño de las tareas correspondientes a la gestión de las
subvenciones públicas, asegurando el adecuado desarrollo de esos procedimientos
administrativos con la debida seguridad jurídica.
Por último, en el actual ámbito competencial de la Consejería de Turismo y Andalucía
Exterior, se crea una unidad administrativa de promoción exterior y marca Andalucía
en la Dirección General de Andalucía Global, a la que compete el establecimiento de
los criterios generales para el desarrollo, proyección, difusión y fomento de la imagen
de Andalucía, la coordinación e impulso de medidas dirigidas a favorecer la difusión y
defensa de la identidad, imagen y valores de Andalucía, así como, la de los andaluces y
andaluzas en el exterior.
Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de
las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la
Administración General de la Junta de Andalucía.
En aplicación del artículo 9.3.d) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la
Administración General de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación de la
presente modificación de la relación de puestos de trabajo en la Comisión del Convenio.
La Dirección General de Presupuestos ha informado favorablemente, desde el punto
de vista económico-financiero, esta modificación parcial de la relación de puestos de
trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía.
La presente modificación de la relación de puestos de trabajo supone la ampliación
de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía en
los términos previstos en los apartados 6 y 7 del artículo 26 de la Ley 12/2023, de 26 de
diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 del Decreto
390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la
relación de puestos de trabajo, a propuesta del Consejero de Justicia, Administración
Local y Función Pública, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del
día 24 de septiembre de 2024,
DISPONGO
Artículo 1. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración
General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de la Presidencia,
Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, a la Consejería de Turismo y
Andalucía Exterior y a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de
Andalucía, correspondiente a la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social
y Simplificación Administrativa, a la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior y a la
Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, queda modificada en los
términos indicados en el anexo.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos económicos y administrativos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308106
Artículo 2. Ampliación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de
la Junta de Andalucía.
La plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía se
amplía en treinta y un puestos de trabajo dotados, en los términos indicados en el anexo.