5. Anuncios. . (2024/189-59)
Anuncio de 23 de septiembre de 2024, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Málaga, de resoluciones con sanción relativos a procedimientos administrativos sancionadores en materia de agricultura, ganadería y pesca.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 189 - Viernes, 27 de septiembre de 2024

página 51097/1

5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Anuncio de 23 de septiembre de 2024, de la Delegación Territorial de
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Málaga, de resoluciones con
sanción relativos a procedimientos administrativos sancionadores en materia de
agricultura, ganadería y pesca.

NIF: X9909560X.
Expediente: MA/0010/24.
Acto notificado: Resolución definitiva procedimiento sancionador.
Plazo de recurso de alzada: Un mes, contado desde la notificación de la presente
resolución.
NIF: 79111628T.
Expediente: MA/0066/24.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00308046

Intentadas sin efecto las notificaciones de las resoluciones y liquidaciones formuladas en
los expedientes sancionadores que se detallan, por supuesta infracción a la normativa
que se cita, y en cumplimiento de lo previsto en los arts. 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
e intentadas, sin efecto, las notificaciones personales en los domicilios que constan en
dichos expedientes, se publican los presentes anuncios para que sirvan de notificaciones
de los mismos; significándoles que en el plazo de un mes, quedan de manifiesto los
expedientes, en la Sección de Sanciones de esta Delegación Territorial de Málaga,
Avda. de la Aurora 47, planta 5.ª, puerta 7; pudiendo formular recurso de alzada ante
la Excma. Sra. Consejera de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. Le comunico
que el importe de la sanción deberá hacerlo efectivo en periodo voluntario a partir del
día siguiente a la fecha en que esta resolución adquiera firmeza en vía administrativa.
La referida firmeza se producirá si transcurriese el plazo de un mes, contado desde la
fecha de la notificación de la presente resolución, sin que haya sido interpuesto contra la
misma el recurso de alzada a que se hace referencia en el párrafo anterior. En cuyo caso
el importe de la sanción deberá hacerlo efectivo en los plazos siguientes:
Las que sean firmes entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha en que adquiere
firmeza hasta el día 20 del mes posterior o si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil
siguiente.
Las que sean firmes entre los días 16 y último de cada mes, desde que adquieran
firmeza hasta el día 5 del segundo mes posterior o si éste no fuera hábil, hasta el
inmediato hábil siguiente.
En el supuesto de que se interponga recurso de alzada, el plazo para el pago en
periodo voluntario comenzará a contarse desde el día siguiente a la notificación de la
resolución recaída en el mencionado recurso, con similares plazos, a contar desde la
fecha de notificación.
La cuantía de la sanción impuesta deberá hacerse efectiva mediante ingreso en la
Caja General de la Delegación Provincial de la Consejería de Hacienda Industria y Energía
de Málaga o en cualquier entidad colaboradora, utilizando el impreso normalizado 048.
Con apercibimiento de que si no consta el pago de la sanción en el plazo señalado,
se procederá a certificar el descubierto para su cobro por la Consejería de Hacienda,
Industria y Energía en vía de apremio.