Autoridades y personal. . (2024/188-26)
Resolución de 20 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se acuerda la propuesta de contratación indefinida en la categoría de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Dermatología Médico Quirúrgica y Venereología, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso-oposición, convocado mediante Resolución de 23 de diciembre de 2022, de las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias, y se anuncia la apertura de audiencia previa para las personas candidatas que se citan.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 188 - Jueves, 26 de septiembre de 2024
página 50967/2
Oficial de la Junta de Andalucía. Perderán los derechos derivados de su participación en
las pruebas selectivas quienes, transcurrido dicho plazo, no se hayan incorporado a su
destino, salvo causa justificada así apreciada por esta Dirección General.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de
un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
o directamente demanda ante la jurisdicción laboral conforme al artículo 69 de la Ley
36/2011, reguladora de la Jurisdicción Social, en el plazo de dos meses, contados desde
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307916
Tercero. Conceder, a fin de no causar indefensión y de conformidad con lo establecido
en la base 11.6, un plazo de diez días hábiles a partir del día hábil siguiente al de
publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía a la
persona candidata que se cita en el Anexo II de esta resolución para subsanar la falta de
presentación de declaración responsable de que:
- No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos, y autorizar la consulta en el Registro Central de
delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia. En caso de no autorizarla, opta por
presentar original de la certificación negativa en vigor del mismo en el acto de firma del
contrato para adquirir la condición de personal laboral fijo conociendo que es requisito
indispensable para ello.
- No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni se halla
inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
- No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibilite para el ejercicio de sus
funciones teniendo en su poder original del certificado médico en vigor que así lo acredita
y que presentará en el acto de firma del contrato para adquirir la condición de personal
laboral fijo. En caso de tener reconocida la condición de discapacidad, que no padece
enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus funciones y posee
la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de la especialidad a
la que se opta, teniendo en su poder original del certificado médico en vigor que así lo
acredita y que presentará en el acto de firma del contrato para adquirir la condición de
personal laboral fijo.
Aquella persona candidata que, transcurrido el plazo de audiencia concedido, no
subsanara la falta de declaración responsable del cumplimiento de los requisitos, no
podrá adquirir la condición de personal fijo, y perderá los derechos derivados de su
participación en el proceso selectivo, sin perjuicio, en su caso, de la responsabilidad
en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud, de conformidad con lo
establecido en la base 11.6.
La documentación debe presentarla a través del formulario electrónico disponible en
la Ventanilla Electrónica de Profesionales (VEC), a través de la utilidad de presentación
de Formularios DGP/Registro Solicitudes, seleccionando el Tipo de Solicitud «Registro
de documentación en un Proceso de OEP y traslados», dentro del proceso selectivo
correspondiente, seleccionando «Documentación requerida en trámite de audiencia»
(https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/profesionales/ventanillaelectronica-de-profesionales).
De conformidad con lo establecido en la citada base 11, en estos supuestos se
podrá llevar a cabo la publicación de la propuesta de contratación de aquellos que hayan
presentado en tiempo y forma la documentación requerida, sin esperar a la presentación
de documentación por parte del nuevo aspirante que se proponga.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 188 - Jueves, 26 de septiembre de 2024
página 50967/2
Oficial de la Junta de Andalucía. Perderán los derechos derivados de su participación en
las pruebas selectivas quienes, transcurrido dicho plazo, no se hayan incorporado a su
destino, salvo causa justificada así apreciada por esta Dirección General.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de
un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
o directamente demanda ante la jurisdicción laboral conforme al artículo 69 de la Ley
36/2011, reguladora de la Jurisdicción Social, en el plazo de dos meses, contados desde
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307916
Tercero. Conceder, a fin de no causar indefensión y de conformidad con lo establecido
en la base 11.6, un plazo de diez días hábiles a partir del día hábil siguiente al de
publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía a la
persona candidata que se cita en el Anexo II de esta resolución para subsanar la falta de
presentación de declaración responsable de que:
- No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos, y autorizar la consulta en el Registro Central de
delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia. En caso de no autorizarla, opta por
presentar original de la certificación negativa en vigor del mismo en el acto de firma del
contrato para adquirir la condición de personal laboral fijo conociendo que es requisito
indispensable para ello.
- No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni se halla
inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
- No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibilite para el ejercicio de sus
funciones teniendo en su poder original del certificado médico en vigor que así lo acredita
y que presentará en el acto de firma del contrato para adquirir la condición de personal
laboral fijo. En caso de tener reconocida la condición de discapacidad, que no padece
enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus funciones y posee
la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de la especialidad a
la que se opta, teniendo en su poder original del certificado médico en vigor que así lo
acredita y que presentará en el acto de firma del contrato para adquirir la condición de
personal laboral fijo.
Aquella persona candidata que, transcurrido el plazo de audiencia concedido, no
subsanara la falta de declaración responsable del cumplimiento de los requisitos, no
podrá adquirir la condición de personal fijo, y perderá los derechos derivados de su
participación en el proceso selectivo, sin perjuicio, en su caso, de la responsabilidad
en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud, de conformidad con lo
establecido en la base 11.6.
La documentación debe presentarla a través del formulario electrónico disponible en
la Ventanilla Electrónica de Profesionales (VEC), a través de la utilidad de presentación
de Formularios DGP/Registro Solicitudes, seleccionando el Tipo de Solicitud «Registro
de documentación en un Proceso de OEP y traslados», dentro del proceso selectivo
correspondiente, seleccionando «Documentación requerida en trámite de audiencia»
(https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/profesionales/ventanillaelectronica-de-profesionales).
De conformidad con lo establecido en la citada base 11, en estos supuestos se
podrá llevar a cabo la publicación de la propuesta de contratación de aquellos que hayan
presentado en tiempo y forma la documentación requerida, sin esperar a la presentación
de documentación por parte del nuevo aspirante que se proponga.