3. Otras disposiciones. . (2024/188-48)
Resolución de 20 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Comercio, por la que se aprueba la redistribución de créditos presupuestarios asignados a la convocatoria de subvenciones para el ejercicio 2024, a conceder en régimen de concurrencia competitiva destinadas a impulsar el asociacionismo comercial y artesano, a promocionar y dinamizar el pequeño comercio urbano y a promocionar la artesanía en Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 188 - Jueves, 26 de septiembre de 2024
página 50982/3
d) Subvenciones dirigidas a asociaciones, federaciones y confederaciones del sector
artesanal cuyo ámbito de actuación superior al provincial:
1.º Cuantía inicial
ENTIDADES ARTESANAS DE ÁMBITO SUPERIOR
AL PROVINCIAL
ANUALIDAD
CUANTÍA MÁXIMA
2024
33.745,00
2025
8.436,00
TOTAL
42.181,00
2.º Cuantía redistribuida
ENTIDADES ARTESANAS DE ÁMBITO SUPERIOR
AL PROVINCIAL
ANUALIDAD
CUANTÍA MÁXIMA
2024
0,00
2025
0,00
TOTAL
0,00
La redistribución de créditos propuesta no supone aumento de los créditos asignados
específicamente a la convocatoria efectuada mediante Resolución de 6 de mayo de 2024,
de la Dirección General de Comercio, en el presupuesto de gastos de la Consejería
de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, dentro del programa presupuestario 76 A
«Ordenación y Promoción Comercial» con cargo a la partida presupuestaria 1200010000
G/76A/78403/00 01, proyecto de inversión 2024000083.
La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de la publicación en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la misma, de conformidad con
lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
00307931
Sevilla, 20 de septiembre de 2024.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo
Autónomo, P.D. (Orden de 28.5.2024, BOJA núm. 106, de 3.6.2024), la Directora General,
Cecilia Ortiz Carrasco.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 188 - Jueves, 26 de septiembre de 2024
página 50982/3
d) Subvenciones dirigidas a asociaciones, federaciones y confederaciones del sector
artesanal cuyo ámbito de actuación superior al provincial:
1.º Cuantía inicial
ENTIDADES ARTESANAS DE ÁMBITO SUPERIOR
AL PROVINCIAL
ANUALIDAD
CUANTÍA MÁXIMA
2024
33.745,00
2025
8.436,00
TOTAL
42.181,00
2.º Cuantía redistribuida
ENTIDADES ARTESANAS DE ÁMBITO SUPERIOR
AL PROVINCIAL
ANUALIDAD
CUANTÍA MÁXIMA
2024
0,00
2025
0,00
TOTAL
0,00
La redistribución de créditos propuesta no supone aumento de los créditos asignados
específicamente a la convocatoria efectuada mediante Resolución de 6 de mayo de 2024,
de la Dirección General de Comercio, en el presupuesto de gastos de la Consejería
de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, dentro del programa presupuestario 76 A
«Ordenación y Promoción Comercial» con cargo a la partida presupuestaria 1200010000
G/76A/78403/00 01, proyecto de inversión 2024000083.
La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de la publicación en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la misma, de conformidad con
lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
00307931
Sevilla, 20 de septiembre de 2024.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo
Autónomo, P.D. (Orden de 28.5.2024, BOJA núm. 106, de 3.6.2024), la Directora General,
Cecilia Ortiz Carrasco.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja