3. Otras disposiciones. . (2024/188-48)
Resolución de 20 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Comercio, por la que se aprueba la redistribución de créditos presupuestarios asignados a la convocatoria de subvenciones para el ejercicio 2024, a conceder en régimen de concurrencia competitiva destinadas a impulsar el asociacionismo comercial y artesano, a promocionar y dinamizar el pequeño comercio urbano y a promocionar la artesanía en Andalucía.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 188 - Jueves, 26 de septiembre de 2024
página 50982/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 20 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Comercio,
por la que se aprueba la redistribución de créditos presupuestarios asignados a
la convocatoria de subvenciones para el ejercicio 2024, a conceder en régimen
de concurrencia competitiva destinadas a impulsar el asociacionismo comercial y
artesano, a promocionar y dinamizar el pequeño comercio urbano y a promocionar
la artesanía en Andalucía.
En su virtud, y de conformidad con el Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se
regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
y la disposición adicional única de la Orden de 7 de julio de 2021, por la que se aprueban
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva destinadas a impulsar el asociacionismo comercial y artesano, a promocionar
y dinamizar el pequeño comercio urbano y a promocionar la artesanía en Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307931
Mediante Resolución de 6 de mayo de 2024, de la Dirección General de Comercio
(BOJA núm. 91 de 13 de mayo de 2024) se convocaron, para el ejercicio 2024, las
subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva destinadas a impulsar
el asociacionismo comercial y artesano, a promocionar y dinamizar el pequeño comercio
urbano y a promocionar la artesanía en Andalucía.
En el apartado noveno de la resolución, relativo a los créditos presupuestarios
asignados a la convocatoria, se distribuyen los créditos disponibles en atención a los
ámbitos funcionales y territoriales de competitividad previstos en la orden.
En el punto 3 del apartado noveno se establece que si una vez finalizado el plazo de
presentación de solicitudes, a la vista de las solicitudes recibidas que cumplan los requisitos
para ser beneficiarias, se aprecia la existencia de un excedente de crédito en alguno de
los ámbitos funcionales o territoriales de competitividad y una carencia en alguno de los
restantes, el órgano que efectuó la convocatoria podrá dictar una resolución motivada de
redistribución de crédito entre los restantes ámbitos de competitividad, con anterioridad al
comienzo de la evaluación previa de las solicitudes presentadas, sin que en ningún caso
esta nueva redistribución afecte a los derechos de quienes han presentado su solicitud
conforme a la distribución inicial. La resolución por la que se redistribuya el crédito será
publicada en los mismos medios que la resolución de convocatoria.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, analizadas por los distintos
órganos instructores las solicitudes presentadas al amparo de la convocatoria en cada
uno de los ámbitos funcionales y territoriales de competitividad, se está en disposición
de redistribuir el crédito inicialmente asignado, con el fin de lograr incentivar el mayor
número de proyectos posibles y evitar la inejecución de crédito.
Del estudio previo de las solicitudes realizado con anterioridad al comienzo de la
evaluación previa de las mismas, se desprende que en alguno de los ámbitos funcionales
o territoriales de las modalidades financiadas con cargo a la aplicación presupuestaria
1200010000 G/76A/78403/00 01, proyecto de inversión 2024000083, existe un excedente
de crédito, mientras que en otros de los ámbitos financiados con cargo a la misma
aplicación hay necesidades de crédito para atender todas las solicitudes admitidas. Por ello
y atendiendo al crédito global disponible en dicha aplicación para la actual convocatoria,
se hace necesario realizar la presenta redistribución de crédito para atender a la mayoría
de las solicitudes recibidas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 188 - Jueves, 26 de septiembre de 2024
página 50982/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 20 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Comercio,
por la que se aprueba la redistribución de créditos presupuestarios asignados a
la convocatoria de subvenciones para el ejercicio 2024, a conceder en régimen
de concurrencia competitiva destinadas a impulsar el asociacionismo comercial y
artesano, a promocionar y dinamizar el pequeño comercio urbano y a promocionar
la artesanía en Andalucía.
En su virtud, y de conformidad con el Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se
regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
y la disposición adicional única de la Orden de 7 de julio de 2021, por la que se aprueban
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva destinadas a impulsar el asociacionismo comercial y artesano, a promocionar
y dinamizar el pequeño comercio urbano y a promocionar la artesanía en Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307931
Mediante Resolución de 6 de mayo de 2024, de la Dirección General de Comercio
(BOJA núm. 91 de 13 de mayo de 2024) se convocaron, para el ejercicio 2024, las
subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva destinadas a impulsar
el asociacionismo comercial y artesano, a promocionar y dinamizar el pequeño comercio
urbano y a promocionar la artesanía en Andalucía.
En el apartado noveno de la resolución, relativo a los créditos presupuestarios
asignados a la convocatoria, se distribuyen los créditos disponibles en atención a los
ámbitos funcionales y territoriales de competitividad previstos en la orden.
En el punto 3 del apartado noveno se establece que si una vez finalizado el plazo de
presentación de solicitudes, a la vista de las solicitudes recibidas que cumplan los requisitos
para ser beneficiarias, se aprecia la existencia de un excedente de crédito en alguno de
los ámbitos funcionales o territoriales de competitividad y una carencia en alguno de los
restantes, el órgano que efectuó la convocatoria podrá dictar una resolución motivada de
redistribución de crédito entre los restantes ámbitos de competitividad, con anterioridad al
comienzo de la evaluación previa de las solicitudes presentadas, sin que en ningún caso
esta nueva redistribución afecte a los derechos de quienes han presentado su solicitud
conforme a la distribución inicial. La resolución por la que se redistribuya el crédito será
publicada en los mismos medios que la resolución de convocatoria.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, analizadas por los distintos
órganos instructores las solicitudes presentadas al amparo de la convocatoria en cada
uno de los ámbitos funcionales y territoriales de competitividad, se está en disposición
de redistribuir el crédito inicialmente asignado, con el fin de lograr incentivar el mayor
número de proyectos posibles y evitar la inejecución de crédito.
Del estudio previo de las solicitudes realizado con anterioridad al comienzo de la
evaluación previa de las mismas, se desprende que en alguno de los ámbitos funcionales
o territoriales de las modalidades financiadas con cargo a la aplicación presupuestaria
1200010000 G/76A/78403/00 01, proyecto de inversión 2024000083, existe un excedente
de crédito, mientras que en otros de los ámbitos financiados con cargo a la misma
aplicación hay necesidades de crédito para atender todas las solicitudes admitidas. Por ello
y atendiendo al crédito global disponible en dicha aplicación para la actual convocatoria,
se hace necesario realizar la presenta redistribución de crédito para atender a la mayoría
de las solicitudes recibidas.