3. Otras disposiciones. . (2024/188-50)
Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Fútbol Americano.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 188 - Jueves, 26 de septiembre de 2024
página 50963/15
3. Los recursos TIC puestos a disposición de los usuarios de la Federación, son de
titularidad de la FAFA y cumplen con la finalidad principal de asegurar la prestación de
servicios por parte de dichos usuarios. Por ello, los recursos TIC serán utilizados por
los usuarios para fines estrictamente profesionales y atendiendo en todo momento a las
condiciones generales de uso que se indiquen al respecto.
Artículo 30. Restricciones en cuanto a la naturaleza de los datos.
En ningún caso se admitirá el almacenamiento en los recursos TIC de la Federación, de:
a) Archivos con contenidos de naturaleza ofensiva, intimidatoria u hostil en relación
con la raza, sexo, religión, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad o cualquier otra
condición de la persona, así como los que realicen proselitismo religioso, político o de
cualquier otro carácter.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307912
Artículo 29. Propiedad, confidencialidad y uso profesional de la información
almacenada en los sistemas corporativos.
1. La información relacionada con la actividad laboral de la Federación, deberá
ser obligatoriamente almacenada en los sistemas de red puestos a disposición de los
usuarios (carpetas de red para el almacenamiento de datos departamentales, gestores
documentales, así como espacios de trabajo en red), y dado que se trata de información
profesional, la Federación podrá tener acceso a la misma respetando en cualquier caso
la legalidad vigente.
2. La mencionada información tendrá como mínimo la categoría de restringida,
y en ningún caso podrá ser objeto de comunicación a terceros cuando la remisión no
quede justificada por motivos profesionales. Asimismo, la documentación que deban
analizar auditores, consultores u otros externos contratados por la Federación para
cualquier proyecto, deberá analizarse en la medida de lo posible en las instalaciones
de la Federación (sin la entrega de copias digitales o impresas), y en todo caso, previa
autorización expresa de la Dirección de Asesoría Jurídica y la firma de una cláusula de
confidencialidad que se deberá solicitar a dicha Dirección.
3. Los usuarios guardarán especial diligencia en relación a la confidencialidad de
aquellos ficheros que contengan datos cuya naturaleza esté afectada por las leyes de
protección de datos vigentes en cada momento. Aquellos usuarios que tengan acceso
a dichos ficheros deberán respetar, en todo momento, las medidas de seguridad
establecidas para cada caso y extremarán las precauciones a fin de evitar la exposición
de información y preservar su confidencialidad frente a terceros no autorizados.
4. El ordenador es vulnerable, por lo que cada vez que un usuario deje su ordenador,
ya sea en su escritorio o en cualquier otro lugar, estará obligado a cerrar la sesión o
bloquear el ordenador antes de salir, incluso si va a estar fuera durante unos pocos
minutos. Se recomienda cerrar la sesión en lugar de bloquear si se deja de utilizar el
ordenador para largos periodos de tiempo, como durante la noche o los fines de semana.
5. Asimismo, al objeto de preservar la seguridad de la información, las mesas de
trabajo deberán mantenerse despejadas y libres de documentos, especialmente en las
salas de reuniones y lugares de paso. Los expedientes confidenciales y los documentos
de trabajo especialmente sensibles -tales como aquellos que contengan datos relativos a
la salud-, deberán ser guardados en un lugar seguro (tales como armarios y cajones bajo
llave), cuando no se estén utilizando, evitando así cualquier acceso no autorizado.
6. Las obligaciones de confidencialidad a las que se hace referencia en el presente
documento se entienden por tiempo indefinido, debiendo los usuarios guardar la máxima
reserva de la información a la que tenga acceso en el ejercicio de sus funciones
profesionales en la Federación, incluso hasta después de finalizar la relación laboral con
ésta, no pudiendo en ningún caso divulgar ni utilizar, directa o indirectamente, los datos,
documentos, metodologías, claves y demás información perteneciente a la Federación o
a terceros a esta vinculada.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 188 - Jueves, 26 de septiembre de 2024
página 50963/15
3. Los recursos TIC puestos a disposición de los usuarios de la Federación, son de
titularidad de la FAFA y cumplen con la finalidad principal de asegurar la prestación de
servicios por parte de dichos usuarios. Por ello, los recursos TIC serán utilizados por
los usuarios para fines estrictamente profesionales y atendiendo en todo momento a las
condiciones generales de uso que se indiquen al respecto.
Artículo 30. Restricciones en cuanto a la naturaleza de los datos.
En ningún caso se admitirá el almacenamiento en los recursos TIC de la Federación, de:
a) Archivos con contenidos de naturaleza ofensiva, intimidatoria u hostil en relación
con la raza, sexo, religión, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad o cualquier otra
condición de la persona, así como los que realicen proselitismo religioso, político o de
cualquier otro carácter.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307912
Artículo 29. Propiedad, confidencialidad y uso profesional de la información
almacenada en los sistemas corporativos.
1. La información relacionada con la actividad laboral de la Federación, deberá
ser obligatoriamente almacenada en los sistemas de red puestos a disposición de los
usuarios (carpetas de red para el almacenamiento de datos departamentales, gestores
documentales, así como espacios de trabajo en red), y dado que se trata de información
profesional, la Federación podrá tener acceso a la misma respetando en cualquier caso
la legalidad vigente.
2. La mencionada información tendrá como mínimo la categoría de restringida,
y en ningún caso podrá ser objeto de comunicación a terceros cuando la remisión no
quede justificada por motivos profesionales. Asimismo, la documentación que deban
analizar auditores, consultores u otros externos contratados por la Federación para
cualquier proyecto, deberá analizarse en la medida de lo posible en las instalaciones
de la Federación (sin la entrega de copias digitales o impresas), y en todo caso, previa
autorización expresa de la Dirección de Asesoría Jurídica y la firma de una cláusula de
confidencialidad que se deberá solicitar a dicha Dirección.
3. Los usuarios guardarán especial diligencia en relación a la confidencialidad de
aquellos ficheros que contengan datos cuya naturaleza esté afectada por las leyes de
protección de datos vigentes en cada momento. Aquellos usuarios que tengan acceso
a dichos ficheros deberán respetar, en todo momento, las medidas de seguridad
establecidas para cada caso y extremarán las precauciones a fin de evitar la exposición
de información y preservar su confidencialidad frente a terceros no autorizados.
4. El ordenador es vulnerable, por lo que cada vez que un usuario deje su ordenador,
ya sea en su escritorio o en cualquier otro lugar, estará obligado a cerrar la sesión o
bloquear el ordenador antes de salir, incluso si va a estar fuera durante unos pocos
minutos. Se recomienda cerrar la sesión en lugar de bloquear si se deja de utilizar el
ordenador para largos periodos de tiempo, como durante la noche o los fines de semana.
5. Asimismo, al objeto de preservar la seguridad de la información, las mesas de
trabajo deberán mantenerse despejadas y libres de documentos, especialmente en las
salas de reuniones y lugares de paso. Los expedientes confidenciales y los documentos
de trabajo especialmente sensibles -tales como aquellos que contengan datos relativos a
la salud-, deberán ser guardados en un lugar seguro (tales como armarios y cajones bajo
llave), cuando no se estén utilizando, evitando así cualquier acceso no autorizado.
6. Las obligaciones de confidencialidad a las que se hace referencia en el presente
documento se entienden por tiempo indefinido, debiendo los usuarios guardar la máxima
reserva de la información a la que tenga acceso en el ejercicio de sus funciones
profesionales en la Federación, incluso hasta después de finalizar la relación laboral con
ésta, no pudiendo en ningún caso divulgar ni utilizar, directa o indirectamente, los datos,
documentos, metodologías, claves y demás información perteneciente a la Federación o
a terceros a esta vinculada.