Autoridades y personal. . (2024/185-15)
Resolución de 13 septiembre de 2024, de la Universidad de Almería, por la que se convocan concursos públicos para la contratación de personal de investigación científica/técnica con cargo a subvenciones de investigación (convocatoria septiembre 2024).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 185 - Lunes, 23 de septiembre de 2024

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6.5. Las Comisiones de Selección, remitirán un listado que contendrá la puntuación
obtenida por los aspirantes admitidos en cada apartado del baremo, así como la
correspondiente propuesta de adjudicación. En el caso de que exista el mismo número
de candidatos admitidos que dotación para cada una de las plazas ofertadas, la Comisión
podrá presentar la propuesta de adjudicación sin necesidad de baremar a dichos
candidatos. En este caso, se continuará el procedimiento de acuerdo a lo indicado en
el apartado 6.8 de esta convocatoria. En el supuesto de haber varios candidatos para
una de las plazas ofertadas, los resultados de la evaluación por parte de la Comisión
junto con la propuesta de adjudicación serán publicados en el tablón electrónico oficial
de la Universidad de Almería y servirá de notificación a los participantes en el concurso,
de conformidad a la base 4 de la convocatoria. La indicación de la puntuación obtenida
en cada apartado del baremo, se considera motivación suficiente, conforme al artículo
35.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Toda la documentación del expediente administrativo quedará
depositada en el Servicio de Gestión de Recursos Humanos.
6.6. Las Comisiones de valoración podrán resolver, de manera motivada, los
respectivos concursos con la no provisión de plazas. Del mismo modo, la Comisión
podrá no baremar a aquellos candidatos que considere que no reúnen un mínimo de la
experiencia o conocimientos que se indiquen en el perfil del contrato.
6.7. Contra la relación baremada de aspirantes y la consiguiente propuesta de
adjudicación, los interesados podrán presentar reclamación ante la Comisión de
Selección en el plazo de tres días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación
en el tablón electrónico oficial de la Universidad de Almería de dichos documentos.
6.8. Resueltas las posibles reclamaciones, o transcurrido el plazo establecido al efecto
sin que se hayan producido, se elevarán las propuestas de adjudicación definitivas al
Rector, que dictará Resolución aprobando, en su caso, dichas propuestas y adjudicando
los contratos en cuestión, adjudicación que se hará pública en el tablón electrónico oficial
de la Universidad de Almería.
6.9. A efectos del cómputo de plazos, se considerarán inhábiles los periodos así
declarados por Resolución de la Universidad de Almería de 30 de noviembre de 2023
(BOJA núm. 234, de 7 de diciembre de 2023), sobre declaración de períodos inhábil a
efectos de cómputo de plazos en los procedimientos señalados en la misma en el ámbito
de la Universidad.

8. Cuantía del contrato/retribuciones.
8.1. La retribución a percibir por el trabajador será la detallada para cada una de
las plazas en el Anexo II de esta convocatoria. El contrato implicará además el alta en
el Régimen General de la Seguridad Social. Las cuantías contempladas en los anexos
podrán sufrir las variaciones que establezcan las normas que les sean de aplicación, o
por causas sobrevenidas no previstas inicialmente.
9. Duración del contrato.
9.1. La duración estimada de los contratos suscritos será la establecida para cada
una de las plazas en el Anexo II de la presente convocatoria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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7. Carácter del contrato.
7.1. El disfrute de un contrato queda sometido en cuanto a su régimen de
incompatibilidades, a lo previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de
Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y en el
Reglamento de la Universidad de Almería para la contratación de personal laboral con
cargo a créditos de investigación (Consejo de Gobierno de 18.11.2022).
7.2. La adjudicación del contrato no implica por parte de la Universidad de Almería
ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación del interesado a su plantilla.