3. Otras disposiciones. . (2024/185-23)
Resolución de 11 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación Centro Andaluz de Investigaciones del Agua, Fundación Privada.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 185 - Lunes, 23 de septiembre de 2024

página 50765/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 11 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro
de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación
Centro Andaluz de Investigaciones del Agua, Fundación Privada.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones
de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Centro Andaluz de
Investigaciones del Agua, Fundación Privada, sobre la base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El 29.7.2024 tuvo entrada en la Consejería de Justicia, Administración
Local y Función Pública escrito de la Fundación, para la inscripción de la modificación
estatutaria adoptada por su Patronato.
Segundo. La modificación estatutaria afecta al artículo 2, por el traslado del domicilio
de la Fundación a la calle Periodista Federico Alba, 7, de Torremolinos (Málaga).
Tercero. Al expediente se ha aportado escritura pública otorgada el 19.6.2024, ante
la Notario doña María Armas Herráez del Ilustre Colegio de Andalucía, registrada con el
número 850 de su protocolo, a la que se incorpora certificación del acuerdo del Patronato
de 22.3.2024, relativo a la modificación de estatutos, en la que se contiene el texto de la
modificación acordada.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento lo
dispuesto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, en el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, aprobado por Decreto 32/2008, de 5 de febrero, así como en el Reglamento
de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado
por Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de
Andalucía.

Tercero. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado
cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos
previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, en el artículo 37 del
Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo
30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de
Andalucía.
Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.b) y n) del Reglamento de
organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, deberán
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00307713

Segundo. La modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue
comunicada al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo.