Disposiciones generales. . (2024/184-4)
Extracto de la Orden de 17 de septiembre de 2024, por la que se convocan, para el período 2024-2025, las ayudas dirigidas a la transferencia de conocimientos e información a agricultores y ganaderos a través de la celebración de certámenes agroganaderos y agrícolas relacionados con el olivar, previstas en la Orden de 4 de mayo de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la transferencia de conocimientos e información a agricultores y ganaderos en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 1.2).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 184 - Viernes, 20 de septiembre de 2024
página 50800/2
agrícolas relacionados con el olivar o agroganaderos en los términos establecidos en las
bases reguladoras.
• Entidades sin ánimo de lucro, que puedan prestar el servicio de transferencia
de conocimiento e información mediante la organización de certámenes agrícolas
relacionados con el olivar o agroganaderos en los términos establecido en las bases
reguladoras.
Para la operación 1.2.3 (actuación certámenes agroganaderos), los destinatarios
finales de las actividades serán las personas que desarrollen sus actividades en el sector
agrario, alimentario y forestal, a los gestores de tierras y a otros agentes económicos que
constituyan PYME cuyo ámbito de actuación sean las zonas rurales.
Para la operación 1.2.1 (actuación certámenes agrícolas de olivar), los destinatarios
finales de las actividades serán las personas que desarrollen sus actividades en el sector
del olivar, a los gestores de tierras y a otros agentes económicos que constituyan PYME
cuyo ámbito de actuación sean las zonas rurales de los territorios de olivar.
Tercero. Objeto.
Fomento de actuaciones que redundan en la transferencia de conocimientos e
información relevantes para el sector agrario a través de la celebración de certámenes
agroganaderos, de forma general y específicamente en el sector del olivar.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 4 de mayo de 2016, por la que
se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, dirigidas a la transferencia de conocimientos e información a
agricultores y ganaderos, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía
2014-2020 (submedida 1.2) (BOJA núm. 87, de 10 de mayo de 2016), modificada mediante
la Orden de 31 de julio de 2017 (BOJA núm. 150, de 7 de agosto de 2017), y por la
Orden de 3 de octubre de 2019 (BOJA núm. 196, de 10 de octubre de 2019), modificada
esta última mediante corrección de errores publicada en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía, número 223, de 19 de noviembre de 2019.
Quinto. Cuantía.
El importe total de la presente convocatoria para cada tipo de operación 1.2.3
(actuación certámenes agroganaderos) y operación 1.2.1 (actuación certámenes agrícolas
de olivar) se establece en el apartado primero del presente extracto. Cada entidad podrá
ser beneficiaria de ayuda para 3 certámenes al año. La cuantía de la subvención se
determinará a partir del número de expositores de medios de producción agrarios y las
jornadas que se realicen en el mismo. Se diferencian los siguientes tipos de certámenes
siendo su cuantía máxima:
Cuantía máxima:
Cuantía máxima:
Cuantía máxima:
Cuantía máxima:
Cuantía máxima:
Cuantía máxima:
7.500 euros.
20.000 euros.
48.000 euros.
7.500 euros.
20.000 euros.
40.000 euros.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente al
que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el extracto previsto en el
artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Cuando
durante el plazo de presentación una persona interesada presente varias solicitudes de
ayuda, se considerará que la última presentada en plazo anula a todas las anteriores.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307749
1. Certamen ganadero tipo A.
2. Certamen ganadero tipo B.
3. Certamen ganadero tipo C.
4. Certamen agrícola tipo A.
5. Certamen agrícola tipo B.
6. Certamen agrícola tipo C.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 184 - Viernes, 20 de septiembre de 2024
página 50800/2
agrícolas relacionados con el olivar o agroganaderos en los términos establecidos en las
bases reguladoras.
• Entidades sin ánimo de lucro, que puedan prestar el servicio de transferencia
de conocimiento e información mediante la organización de certámenes agrícolas
relacionados con el olivar o agroganaderos en los términos establecido en las bases
reguladoras.
Para la operación 1.2.3 (actuación certámenes agroganaderos), los destinatarios
finales de las actividades serán las personas que desarrollen sus actividades en el sector
agrario, alimentario y forestal, a los gestores de tierras y a otros agentes económicos que
constituyan PYME cuyo ámbito de actuación sean las zonas rurales.
Para la operación 1.2.1 (actuación certámenes agrícolas de olivar), los destinatarios
finales de las actividades serán las personas que desarrollen sus actividades en el sector
del olivar, a los gestores de tierras y a otros agentes económicos que constituyan PYME
cuyo ámbito de actuación sean las zonas rurales de los territorios de olivar.
Tercero. Objeto.
Fomento de actuaciones que redundan en la transferencia de conocimientos e
información relevantes para el sector agrario a través de la celebración de certámenes
agroganaderos, de forma general y específicamente en el sector del olivar.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 4 de mayo de 2016, por la que
se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, dirigidas a la transferencia de conocimientos e información a
agricultores y ganaderos, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía
2014-2020 (submedida 1.2) (BOJA núm. 87, de 10 de mayo de 2016), modificada mediante
la Orden de 31 de julio de 2017 (BOJA núm. 150, de 7 de agosto de 2017), y por la
Orden de 3 de octubre de 2019 (BOJA núm. 196, de 10 de octubre de 2019), modificada
esta última mediante corrección de errores publicada en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía, número 223, de 19 de noviembre de 2019.
Quinto. Cuantía.
El importe total de la presente convocatoria para cada tipo de operación 1.2.3
(actuación certámenes agroganaderos) y operación 1.2.1 (actuación certámenes agrícolas
de olivar) se establece en el apartado primero del presente extracto. Cada entidad podrá
ser beneficiaria de ayuda para 3 certámenes al año. La cuantía de la subvención se
determinará a partir del número de expositores de medios de producción agrarios y las
jornadas que se realicen en el mismo. Se diferencian los siguientes tipos de certámenes
siendo su cuantía máxima:
Cuantía máxima:
Cuantía máxima:
Cuantía máxima:
Cuantía máxima:
Cuantía máxima:
Cuantía máxima:
7.500 euros.
20.000 euros.
48.000 euros.
7.500 euros.
20.000 euros.
40.000 euros.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente al
que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el extracto previsto en el
artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Cuando
durante el plazo de presentación una persona interesada presente varias solicitudes de
ayuda, se considerará que la última presentada en plazo anula a todas las anteriores.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307749
1. Certamen ganadero tipo A.
2. Certamen ganadero tipo B.
3. Certamen ganadero tipo C.
4. Certamen agrícola tipo A.
5. Certamen agrícola tipo B.
6. Certamen agrícola tipo C.