Disposiciones generales. . (2024/183-1)
Resolución de 10 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas al Fomento de los Campeonatos de Andalucía Universitarios.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 183 - Jueves, 19 de septiembre de 2024
página 50616/2
Se puede acceder a los citados formularios a través del Sistema Nacional de
Publicidad de Subvenciones en la web:
https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/inicio
Tercero. La solicitud se deberá cumplimentar exclusivamente a través del acceso
establecido al efecto en la página web de la Consejería Cultura y Deporte en la dirección
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25680.html
e irán dirigidas a la persona titular del órgano indicado en el apartado 10.b) del cuadro
resumen de las bases reguladoras aprobadas por la Orden de 25 de julio de 2024. Se
presentarán en los lugares indicados en el apartado 10.c) del citado cuadro resumen de
las bases reguladoras.
Cuarto. Las subvenciones concedidas en virtud de la Orden de 25 de julio de 2024,
por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones,
en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al Fomento de los Campeonatos
de Andalucía Universitarios (FCAU), se financiarán en el ejercicio 2024 con cargo a la
partida presupuestaria 1600010000 G/46B/44101/00 01, siendo la cuantía total máxima
destinada a la presente convocatoria de 100.000 €, encontrándose limitada en todo caso
la concesión de las ayudas objeto de la presente convocatoria por las disponibilidades
presupuestarias.
Quinto. La subvención podrá alcanzar hasta un 100% de la cantidad solicitada, con
una cuantía máxima de 70.000 € por beneficiario, de acuerdo con el apartado 5.a) del
cuadro resumen de la citada orden.
Sexto. Las entidades que soliciten la subvención deberán cumplir todos los requisitos
indicados en el apartado 4.a) del cuadro resumen de las bases reguladoras aprobadas
por la Orden de 25 de julio de 2024, debiendo tener la condición de Universidades
andaluzas, públicas o privadas que dispongan de la autorización del inicio de su actividad
mediante decreto del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de conformidad con
lo previsto en el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, aprobado por
Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero.
Séptimo. La Comisión de Valoración estará formada por:
Una Presidencia, que corresponderá a la persona titular del Servicio de Programas
y Actividades Deportivas; tres Vocalías, elegidas de entre el personal funcionario de
la Dirección General competente en materia de fomento del deporte universitario,
designadas por la persona titular de la referida Dirección General; y una Secretaría, con
voz y sin voto, designada por la persona titular del Servicio con competencia en materia
de Programas y Actividades Deportivas, entre el personal funcionario adscrito a la citada
Dirección General.
2024 Primer Pago (50%)
2024 Segundo Pago (50%)
Total €
50.000 €
50.000 €
100.000
SUBVENCIONES FCAU
Noveno. Según lo establecido en la Orden de de 25 de julio de 2024, el procedimiento
de concesión se realizará en régimen de concurrencia competitiva y el plazo máximo
para la resolución del procedimiento será el establecido en el apartado 16 del cuadro
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307565
Octavo. En la presente convocatoria, de conformidad con lo establecido en el
artículo 124 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía y su normativa de desarrollo, se adquirirán compromisos de gastos conforme a
la distribución e importes máximos que se indica a continuación.
BOJA
Número 183 - Jueves, 19 de septiembre de 2024
página 50616/2
Se puede acceder a los citados formularios a través del Sistema Nacional de
Publicidad de Subvenciones en la web:
https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/inicio
Tercero. La solicitud se deberá cumplimentar exclusivamente a través del acceso
establecido al efecto en la página web de la Consejería Cultura y Deporte en la dirección
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25680.html
e irán dirigidas a la persona titular del órgano indicado en el apartado 10.b) del cuadro
resumen de las bases reguladoras aprobadas por la Orden de 25 de julio de 2024. Se
presentarán en los lugares indicados en el apartado 10.c) del citado cuadro resumen de
las bases reguladoras.
Cuarto. Las subvenciones concedidas en virtud de la Orden de 25 de julio de 2024,
por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones,
en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al Fomento de los Campeonatos
de Andalucía Universitarios (FCAU), se financiarán en el ejercicio 2024 con cargo a la
partida presupuestaria 1600010000 G/46B/44101/00 01, siendo la cuantía total máxima
destinada a la presente convocatoria de 100.000 €, encontrándose limitada en todo caso
la concesión de las ayudas objeto de la presente convocatoria por las disponibilidades
presupuestarias.
Quinto. La subvención podrá alcanzar hasta un 100% de la cantidad solicitada, con
una cuantía máxima de 70.000 € por beneficiario, de acuerdo con el apartado 5.a) del
cuadro resumen de la citada orden.
Sexto. Las entidades que soliciten la subvención deberán cumplir todos los requisitos
indicados en el apartado 4.a) del cuadro resumen de las bases reguladoras aprobadas
por la Orden de 25 de julio de 2024, debiendo tener la condición de Universidades
andaluzas, públicas o privadas que dispongan de la autorización del inicio de su actividad
mediante decreto del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de conformidad con
lo previsto en el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, aprobado por
Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero.
Séptimo. La Comisión de Valoración estará formada por:
Una Presidencia, que corresponderá a la persona titular del Servicio de Programas
y Actividades Deportivas; tres Vocalías, elegidas de entre el personal funcionario de
la Dirección General competente en materia de fomento del deporte universitario,
designadas por la persona titular de la referida Dirección General; y una Secretaría, con
voz y sin voto, designada por la persona titular del Servicio con competencia en materia
de Programas y Actividades Deportivas, entre el personal funcionario adscrito a la citada
Dirección General.
2024 Primer Pago (50%)
2024 Segundo Pago (50%)
Total €
50.000 €
50.000 €
100.000
SUBVENCIONES FCAU
Noveno. Según lo establecido en la Orden de de 25 de julio de 2024, el procedimiento
de concesión se realizará en régimen de concurrencia competitiva y el plazo máximo
para la resolución del procedimiento será el establecido en el apartado 16 del cuadro
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307565
Octavo. En la presente convocatoria, de conformidad con lo establecido en el
artículo 124 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía y su normativa de desarrollo, se adquirirán compromisos de gastos conforme a
la distribución e importes máximos que se indica a continuación.