Disposiciones generales. . (2024/182-2)
Resolución de 10 de septiembre de 2024, de la Viceconsejería, por la que se efectúa la convocatoria pública de la XVIII Edición de los Premios de Andalucía de Agricultura y Pesca.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 182 - Miércoles, 18 de septiembre de 2024
página 50566/2
de agricultura, pesca y desarrollo rural, ajustándose al modelo de formulario que figura
como anexo a la Orden de 4 de octubre de 2023, y se podrán presentar en el Registro
Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, a través del enlace citado en
el apartado 3 del resuelvo primero, sin perjuicio del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, y en los artículos 82 a 84 de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
2. El plazo de presentación de solicitudes de las candidaturas será de un mes, a
contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
3. Las solicitudes deberán ir acompañadas, al menos, por la documentación que se
cita en el artículo 5.2 de la Orden de 20 de julio de 2018.
Tercero. Plazo máximo para resolver.
Conforme a lo previsto en el artículo 8.1 de la Orden de 20 de julio de 2018, la
resolución de concesión de los Premios se efectuará por la persona titular de la
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, en el plazo máximo de tres
meses, contados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación
de solicitudes de las candidaturas.
Cuarto. Régimen jurídico.
La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en el Decreto 68/1999, de 16 de
marzo, que crea los premios de Andalucía de Agricultura y Pesca, y por la Orden de 28
de julio de 2018, por la que se establecen las categorías de los Premios de Andalucía de
Agricultura y Pesca y su procedimiento de concesión, modificada por Orden de 30 de
agosto de 2019, y por Orden de 4 de octubre de 2023.
Quinto. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
00307515
Sevilla, 10 de septiembre de 2024.- La Viceconsejera, Consolación Vera Sánchez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 182 - Miércoles, 18 de septiembre de 2024
página 50566/2
de agricultura, pesca y desarrollo rural, ajustándose al modelo de formulario que figura
como anexo a la Orden de 4 de octubre de 2023, y se podrán presentar en el Registro
Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, a través del enlace citado en
el apartado 3 del resuelvo primero, sin perjuicio del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, y en los artículos 82 a 84 de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
2. El plazo de presentación de solicitudes de las candidaturas será de un mes, a
contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
3. Las solicitudes deberán ir acompañadas, al menos, por la documentación que se
cita en el artículo 5.2 de la Orden de 20 de julio de 2018.
Tercero. Plazo máximo para resolver.
Conforme a lo previsto en el artículo 8.1 de la Orden de 20 de julio de 2018, la
resolución de concesión de los Premios se efectuará por la persona titular de la
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, en el plazo máximo de tres
meses, contados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación
de solicitudes de las candidaturas.
Cuarto. Régimen jurídico.
La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en el Decreto 68/1999, de 16 de
marzo, que crea los premios de Andalucía de Agricultura y Pesca, y por la Orden de 28
de julio de 2018, por la que se establecen las categorías de los Premios de Andalucía de
Agricultura y Pesca y su procedimiento de concesión, modificada por Orden de 30 de
agosto de 2019, y por Orden de 4 de octubre de 2023.
Quinto. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
00307515
Sevilla, 10 de septiembre de 2024.- La Viceconsejera, Consolación Vera Sánchez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja