Autoridades y personal. . (2024/181-12)
Resolución de 9 de septiembre de 2024, de la Viceconsejería, por la que se anuncia convocatoria pública para la cobertura del puesto de trabajo Inspector General de Educación.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 181 - Martes, 17 de septiembre de 2024
página 50523/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 9 de septiembre de 2024, de la Viceconsejería, por la que se
anuncia convocatoria pública para la cobertura del puesto de trabajo Inspector
General de Educación.
Encontrándose vacante el puesto «Inspector General de Educación» y conforme a lo
previsto en el artículo 13 del Decreto 115/2002, de 25 de marzo (BOJA núm. 37, de 30
de marzo), por el que se regula la organización y el funcionamiento de la Inspección
Educativa, esta Viceconsejería, en virtud de las competencias que tiene atribuidas en
el artículo 15 de dicho decreto y en el artículo 4 del Decreto 164/2024, de 26 de agosto,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativa
y Formación Profesional, anuncia la provisión del citado puesto de trabajo de libre
designación, con sujeción a las siguientes
BASES
Primera. Se convoca la provisión del puesto de trabajo de libre designación «Inspector
General de Educación», dependiente de la Viceconsejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional, que se detalla en el anexo de la presente resolución.
Segunda. Podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario en
activo que reúna los requisitos para su desempeño establecidos en el citado Decreto
115/2002, de 25 de marzo.
Cuarta. La toma de posesión se efectuará en el plazo de tres días hábiles a contar
desde el día siguiente al de la publicación de la resolución del procedimiento en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307472
Tercera. Las solicitudes se dirigirán a la Viceconsejería de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional, Edificio Torretriana, Avda. Juan Antonio de Vizarrón, s/n, de
Sevilla (41092), dentro del plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de
la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
obligatoriamente a través de medios electrónicos, en la forma establecida para el sistema
de identificación y firma para los empleados públicos en el Decreto 622/2019, de 27 de
diciembre, y preferentemente a través del Registro Electrónico General de la Junta de
Andalucía, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En la solicitud figurarán los datos personales, acompañando «curriculum vitae» en
el que se hará constar el número de registro personal, cuerpo de pertenencia, títulos
académicos, puestos de trabajo desempeñados y cuantos otros méritos se relacionen
con el contenido del puesto ofertado.
Los méritos alegados deberán ser justificados con copias de la documentación
acreditativa. La documentación original de dichos méritos podrá ser requerida en
cualquier momento por esta Administración educativa.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 181 - Martes, 17 de septiembre de 2024
página 50523/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 9 de septiembre de 2024, de la Viceconsejería, por la que se
anuncia convocatoria pública para la cobertura del puesto de trabajo Inspector
General de Educación.
Encontrándose vacante el puesto «Inspector General de Educación» y conforme a lo
previsto en el artículo 13 del Decreto 115/2002, de 25 de marzo (BOJA núm. 37, de 30
de marzo), por el que se regula la organización y el funcionamiento de la Inspección
Educativa, esta Viceconsejería, en virtud de las competencias que tiene atribuidas en
el artículo 15 de dicho decreto y en el artículo 4 del Decreto 164/2024, de 26 de agosto,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativa
y Formación Profesional, anuncia la provisión del citado puesto de trabajo de libre
designación, con sujeción a las siguientes
BASES
Primera. Se convoca la provisión del puesto de trabajo de libre designación «Inspector
General de Educación», dependiente de la Viceconsejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional, que se detalla en el anexo de la presente resolución.
Segunda. Podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario en
activo que reúna los requisitos para su desempeño establecidos en el citado Decreto
115/2002, de 25 de marzo.
Cuarta. La toma de posesión se efectuará en el plazo de tres días hábiles a contar
desde el día siguiente al de la publicación de la resolución del procedimiento en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307472
Tercera. Las solicitudes se dirigirán a la Viceconsejería de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional, Edificio Torretriana, Avda. Juan Antonio de Vizarrón, s/n, de
Sevilla (41092), dentro del plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de
la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
obligatoriamente a través de medios electrónicos, en la forma establecida para el sistema
de identificación y firma para los empleados públicos en el Decreto 622/2019, de 27 de
diciembre, y preferentemente a través del Registro Electrónico General de la Junta de
Andalucía, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En la solicitud figurarán los datos personales, acompañando «curriculum vitae» en
el que se hará constar el número de registro personal, cuerpo de pertenencia, títulos
académicos, puestos de trabajo desempeñados y cuantos otros méritos se relacionen
con el contenido del puesto ofertado.
Los méritos alegados deberán ser justificados con copias de la documentación
acreditativa. La documentación original de dichos méritos podrá ser requerida en
cualquier momento por esta Administración educativa.