Autoridades y personal. . (2024/180-24)
Resolución de 9 de septiembre de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso en la escala Administrativa, especialidad Informática, de la Universidad de Cádiz, mediante turno libre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 180 - Lunes, 16 de septiembre de 2024
página 50407/10
El Tribunal queda facultado para establecer, con anterioridad a la identificación de
las personas aspirantes, los criterios de valoración y el mínimo requerido para superar el
ejercicio.
I.B. Fase de concurso.
La fase de concurso se aplicará a los aspirantes que hayan superado la fase de
oposición.
a) Formación: Nivel de formación académica. Se valorará la posesión de la mayor de
las siguientes titulaciones académicas:
a.1. Titulación de Técnico/a Superior o equivalente: 0,242 puntos.
a.2. Titulación de Técnico/a Superior Informática o equivalente: 0,484 puntos.
a.3. D
iplomatura universitaria, Ingeniería técnica, Arquitectura técnica o
equivalente: 0,484 puntos.
a.4. D
iplomatura universitaria, Ingeniería Técnica, en Informática o equivalente:
0,727 puntos.
a.5. G
rado, Licenciatura, Ingeniería Superior, Arquitectura, equivalente o superior:
0,727 puntos.
a.6. Grado, Licenciatura, Ingeniería Superior, en Informática o equivalente: 0,969
puntos.
b) Cursos de formación.
b.1. C
ursos de formación recibidos. Se valorará la suma total de horas de
formación recibida en aquellos cursos de formación y perfeccionamiento que
tengan relación directa con las funciones propias de puestos del subgrupo C1
especialidad informática, organizados y/u homologados por Universidades y
centros públicos y privados, conforme se indica a continuación.
b.1.1.
Por la participación en cursos de formación y perfeccionamiento
organizados por Universidades y centros públicos de formación de
funcionarios, se otorgará la siguiente puntuación:
- De 1 a 100 horas acumuladas: 0,565 puntos.
- De 101 a 200 horas acumuladas: 1,131 puntos.
- De 201 a 300 horas acumuladas: 1,696 puntos.
- Más de 300 horas acumuladas: 2,261 puntos.
b.1.2.
Por la participación en cursos de formación y perfeccionamiento
organizados por centros privados se otorgará la siguiente puntuación:
- De 1 a 100 horas acumuladas: 0,283 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307355
Segundo ejercicio. De carácter práctico. Consistirá en la resolución de dos supuestos
prácticos, desglosados, cada uno de ellos, en un máximo de diez preguntas o cuestiones,
a elegir de entre tres propuestos por el Tribunal. Las preguntas de los supuestos deberán
abarcar el mayor número posible de temas del bloque específico del programa. A criterio
del tribunal, este ejercicio se podrá realizar mediante ordenador, lo cual será anunciado
con la antelación suficiente. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de 150 minutos.
El Tribunal informará, antes de la realización de los ejercicios, de los aspectos
necesarios para el desarrollo de los mismos, así como de los criterios específicos de
corrección.
Los ejercicios de la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio, siendo necesario
para realizar el siguiente ejercicio haber obtenido la puntuación mínima exigida en el
anterior, tal y como se señala a continuación. El primer y segundo ejercicio se calificarán
de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlos obtener una puntuación mínima de 5
puntos en cada uno de ellos.
Será necesario para superar la fase de oposición obtener un mínimo de 10 puntos
entre los dos ejercicios, conforme a lo indicado en el párrafo anterior.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 180 - Lunes, 16 de septiembre de 2024
página 50407/10
El Tribunal queda facultado para establecer, con anterioridad a la identificación de
las personas aspirantes, los criterios de valoración y el mínimo requerido para superar el
ejercicio.
I.B. Fase de concurso.
La fase de concurso se aplicará a los aspirantes que hayan superado la fase de
oposición.
a) Formación: Nivel de formación académica. Se valorará la posesión de la mayor de
las siguientes titulaciones académicas:
a.1. Titulación de Técnico/a Superior o equivalente: 0,242 puntos.
a.2. Titulación de Técnico/a Superior Informática o equivalente: 0,484 puntos.
a.3. D
iplomatura universitaria, Ingeniería técnica, Arquitectura técnica o
equivalente: 0,484 puntos.
a.4. D
iplomatura universitaria, Ingeniería Técnica, en Informática o equivalente:
0,727 puntos.
a.5. G
rado, Licenciatura, Ingeniería Superior, Arquitectura, equivalente o superior:
0,727 puntos.
a.6. Grado, Licenciatura, Ingeniería Superior, en Informática o equivalente: 0,969
puntos.
b) Cursos de formación.
b.1. C
ursos de formación recibidos. Se valorará la suma total de horas de
formación recibida en aquellos cursos de formación y perfeccionamiento que
tengan relación directa con las funciones propias de puestos del subgrupo C1
especialidad informática, organizados y/u homologados por Universidades y
centros públicos y privados, conforme se indica a continuación.
b.1.1.
Por la participación en cursos de formación y perfeccionamiento
organizados por Universidades y centros públicos de formación de
funcionarios, se otorgará la siguiente puntuación:
- De 1 a 100 horas acumuladas: 0,565 puntos.
- De 101 a 200 horas acumuladas: 1,131 puntos.
- De 201 a 300 horas acumuladas: 1,696 puntos.
- Más de 300 horas acumuladas: 2,261 puntos.
b.1.2.
Por la participación en cursos de formación y perfeccionamiento
organizados por centros privados se otorgará la siguiente puntuación:
- De 1 a 100 horas acumuladas: 0,283 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307355
Segundo ejercicio. De carácter práctico. Consistirá en la resolución de dos supuestos
prácticos, desglosados, cada uno de ellos, en un máximo de diez preguntas o cuestiones,
a elegir de entre tres propuestos por el Tribunal. Las preguntas de los supuestos deberán
abarcar el mayor número posible de temas del bloque específico del programa. A criterio
del tribunal, este ejercicio se podrá realizar mediante ordenador, lo cual será anunciado
con la antelación suficiente. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de 150 minutos.
El Tribunal informará, antes de la realización de los ejercicios, de los aspectos
necesarios para el desarrollo de los mismos, así como de los criterios específicos de
corrección.
Los ejercicios de la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio, siendo necesario
para realizar el siguiente ejercicio haber obtenido la puntuación mínima exigida en el
anterior, tal y como se señala a continuación. El primer y segundo ejercicio se calificarán
de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlos obtener una puntuación mínima de 5
puntos en cada uno de ellos.
Será necesario para superar la fase de oposición obtener un mínimo de 10 puntos
entre los dos ejercicios, conforme a lo indicado en el párrafo anterior.