Autoridades y personal. . (2024/180-26)
Resolución de 6 de septiembre de 2024, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca concurso público de acceso para la adjudicación de plazas de Profesor/a Contratado/a Doctor/a.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 180 - Lunes, 16 de septiembre de 2024

página 50320/4

título informativo en la página web del Servicio de Personal, las relaciones completas de
personas admitidas y excluidas al concurso, con indicación de la causa de exclusión y plazo
de subsanación. Transcurrido dicho plazo, sin que se hubieran presentado reclamaciones
o resueltas las que, en su caso, hubieran podido presentarse, el Rector dictará resolución
elevando a definitivas las listas de aspirantes. Esta resolución se publicará por igual cauce
y pondrá fin a la vía administrativa.
Los derechos de examen serán reintegrados a los/as aspirantes que hayan sido
excluidos/as definitivamente de las pruebas selectivas. A tal efecto, será necesario
solicitud expresa de la persona interesada en la que deberán figurar inexcusablemente
los siguientes datos: nombre y apellidos, NIF, domicilio y cuenta bancaria donde ha de
realizarse la transferencia bancaria de devolución.

6. Procedimiento selectivo.
6.1. Los méritos de las personas candidatas serán evaluados por las correspondientes
Comisiones de Selección, que valorarán la calidad y pertinencia de los mismos al
ámbito de conocimiento de la plaza convocada. El/la presidente/a de la Comisión de
Contratación podrá disponer la incorporación a la misma de personas especialistas o de
informes elaborados por éstas. No se valorará ningún mérito de fecha posterior a la de fin
de presentación de instancias de esta convocatoria.
Las plazas podrán quedar desiertas cuando, a juicio de la Comisión de Contratación,
los currículums de las personas aspirantes no se ajusten al perfil o actividad docente
e investigadora de la plaza o cuando no se adecuen mínimamente a las exigencias
académicas de las mismas.
6.2. El sistema de selección de las personas aspirantes será el de concurso, con
arreglo a lo establecido en el Reglamento de la Universidad de Jaén que regula el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00307269

5. Comisiones de Selección.
5.1. En el procedimiento de selección actuarán la Comisión de Contratación
conformada según lo establecido en el art. 115 de los Estatutos de la Universidad de
Jaén, y una Comisión de Selección, cuyas funciones se recogen en el artículo 5.6 del
Reglamento de la Universidad de Jaén que regula el procedimiento para los concursos de
acceso a plazas de Profesorado Permanente Laboral/Profesorado Contratado Doctor. Su
composición y demás datos de los miembros se relacionan en el Anexo II de la presente
convocatoria.
5.2. Los miembros de las Comisiones deberán abstenerse de intervenir y las
personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran
las circunstancias previstas en los arts. 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, así como en el art. 32.4 del Real Decreto 678/2023,
de 18 de julio.
La sustitución por este motivo, así como por recusación o cese, se realizará siguiendo
el orden de suplencia establecido en el sorteo público para los/as miembros de las
comisiones sorteados, y por el Departamento para la suplencia.
5.3. Para la válida constitución de la Comisión de Contratación, a efectos de la
celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia,
presencial o a distancia, del presidente/a y secretario/a o en su caso, de quienes les
suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros. Las Comisiones de Selección,
podrán constituirse de forma presencial, virtual o híbrida, siendo necesaria la presencia
de todos/as los/as miembros titulares.
5.4. Las Comisiones de Selección se constituirán en el plazo de 3 meses, a contar
desde el día siguiente al de la publicación de la relación definitiva de personas candidatas
admitidas al concurso.
5.5. Los currículos de las personas integrantes de las comisiones de Selección se
podrán consultar en el siguiente enlace https://bit.ly/3L6eZoW