Autoridades y personal. . (2024/179-7)
Resolución de 10 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifica la Resolución de 17 de junio de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que, a propuesta de la Comisión de Valoración que ha valorado el concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes de Médico/a de Familia, se aprueba la resolución definitiva de dicho concurso.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 179 - Viernes, 13 de septiembre de 2024

página 50383/1

2. Autoridades y personal
2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 10 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Personal
del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifica la Resolución de 17 de
junio de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de
Salud, por la que, a propuesta de la Comisión de Valoración que ha valorado el
concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes de Médico/a
de Familia, se aprueba la resolución definitiva de dicho concurso.

De conformidad con lo establecido en las bases 3.4, 6 y 7 del Anexo I de la Resolución
de 8 de enero de 2024 (BOJA núm. 8, de 11 de enero), de la Dirección General de
Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de traslado para
la provisión de plazas básicas vacantes de la categoría Médico/a de Familia, dependiente
del Servicio Andaluz de Salud; a propuesta de la respectiva Comisión de Valoración que,
en aplicación de lo establecido en la base 4 de la convocatoria, ha valorado los méritos
de acuerdo con el baremo establecido en el Anexo II de la citada Resolución de 8 de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00307331

Habiéndose estimado por esta Dirección General de Personal recursos de reposición
interpuestos contra la Resolución de 17 de junio de 2024 (BOJA núm. 121, de 24 de
junio), de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que, a
propuesta de la Comisión de Valoración que ha valorado el concurso de traslado para la
provisión de plazas básicas vacantes de Médico/a de Familia, se aprueba la resolución
definitiva de dicho concurso, procede modificar la citada resolución.
De otra parte, por Resolución de 17 de junio de 2024, de la Dirección General de
Personal del Servicio Andaluz de Salud, a propuesta de la Comisión de Valoración que
ha valorado el concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes de
Médico/a de Familia, se aprueba la resolución definitiva de dicho concurso (BOJA núm.
121, de 24 de junio). En su aparado octavo se dispone que: «Conforme a lo establecido en
la base 3.4 de la convocatoria, los efectos del cese establecidos en la presente resolución
de aquellas personas adjudicatarias a las que se les ha concedido la participación
condicionada por razones de convivencia familiar que figuran en el Anexo III, quedarán
demorados, produciendo efectos conforme se disponga en una posterior resolución de
este concreto proceso de traslado dictada por de esta Dirección General de Personal,
la cual que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en coordinación
con la resolución definitiva del concurso de traslado del cónyuge o pareja de hecho».
Por lo que, habiéndose resuelto la convocatoria del concurso de traslado del cónyuge
o pareja de hecho de la persona concursante que figura en el Anexo III de la Resolución
de 17 de junio de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud
(BOJA núm. 121, de 24 de junio), mediante Resolución de 23 de agosto de 2024, de la
Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 168, de 29 de
agosto), por la que, a propuesta de la comisión de valoración que ha valorado el concurso
de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes de Facultativo/a Especialista de
Área Pediatría, se aprueba la resolución definitiva de dicho concurso, al figurar cónyuge
o pareja de hecho sin condicionar la participación por razones de convivencia familiar,
es por lo que, procede dejar sin efecto la participación condicionada formulada por don
Francisco Javier Castro Martínez, con DNI ***4399**, en la convocatoria de concurso de
traslado de Médico/a de Familia, y por la que se desestima, a la persona concursante
que se cita, la participación condicionada por razones de convivencia familiar a obtener
destino en el mismo municipio.