Disposiciones generales. . (2024/179-1)
Orden de 5 de septiembre de 2024, por la que se da publicidad al incremento del crédito disponible en la Orden de 18 de diciembre de 2023, por la que se convocan para el año 2024 las ayudas destinadas a inversiones productivas en la acuicultura marina y continental en Andalucía y a la creación de empresas acuícolas sostenibles, previstas en la orden que se cita.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 179 - Viernes, 13 de septiembre de 2024

página 50373/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 5 de septiembre de 2024, por la que se da publicidad al incremento
del crédito disponible en la Orden de 18 de diciembre de 2023, por la que se
convocan para el año 2024 las ayudas destinadas a inversiones productivas en
la acuicultura marina y continental en Andalucía y a la creación de empresas
acuícolas sostenibles, previstas en la orden que se cita.
Mediante Orden de 18 de diciembre de 2023, modificada por la Orden de 10 de mayo de
2024, se convocan para el año 2024 las ayudas destinadas a inversiones productivas en
la acuicultura marina y continental en Andalucía y a la creación de empresas acuícolas
sostenibles, previstas en la Orden de 13 de julio de 2023, por la que se establecen las
bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva,
para el desarrollo sostenible de la acuicultura marina y continental en la Comunidad
Autónoma de Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo
Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027 (disponibles en el código de procedimiento
25272, a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica
general de la Administración de la Junta de Andalucía, a través del siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25272.html), y
que cuenta con el siguiente crédito máximo disponible:
a) Primera convocatoria de ayudas para inversiones productivas en la acuicultura
marina y continental en Andalucía:
Partida presupuestaria
1400120000 G/71P/77300/00 G4210202A6 2023000723

2024

Cuantía máxima (€)
2025

2026

600.000

1.800.000

0,0

Partida presupuestaria
1400120000 G/71P/77300/00 G4210202A6 2023000723

2024

Cuantía máxima (€)
2025

2026

1.100.000

4.200.000

400.000

En el punto 3 del Resuelvo primero de la citada orden de convocatoria se recoge que,
además del crédito máximo disponible para esta convocatoria, excepcionalmente se podrá
contar con una cuantía adicional, cuya aplicación a la concesión no requerirá una nueva
convocatoria, que podrá incorporarse a la cuantía máxima indicada, con anterioridad a
que se dicte la resolución de concesión, como consecuencia de un aumento de crédito
disponible derivado de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.d) del Reglamento del Procedimiento de
Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por
Decreto 282/2010, de 4 de mayo. En este mismo sentido se pronuncia el artículo 58.5 del
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado
por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Una vez publicada la orden de convocatoria se ha comprobado que existe saldo
suficiente para poder aumentar el crédito disponible en la cuantía que se señala, además
de realizar un ajuste de las cuantías convocadas en cada anualidad:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00307321

b) Segunda convocatoria de ayudas para inversiones productivas en la acuicultura
marina y continental en Andalucía: