Disposiciones generales. . (2024/178-1)
Resolución de 8 de agosto de 2024, de la Secretaría General de Vivienda, por la que se acuerda la redistribución provincial del crédito de la convocatoria de ayudas al alquiler a los jóvenes: Bono Alquiler Joven en Andalucía, aprobada por Orden de la Consejería de 26 de octubre de 2022 (BOJA núm. 209, de 31 de octubre de 2022).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 178 - Jueves, 12 de septiembre de 2024
página 50334/3
superaría el crédito necesario para atender las solicitudes pendientes, por lo que se
ajustaría la redistribución en esta provincia al crédito necesario y el resto del crédito se
repartiría entre las provincias de Málaga y Sevilla. Y en la provincia de Almería, dado
que el crédito actual es suficiente para atender todas las solicitudes, no será necesario
incorporar más crédito.
En su virtud, en atribución de la competencia conferida en la Orden de 26 de octubre
de 2022, por la que se convocan ayudas al alquiler a los jóvenes: Bono Alquiler Joven en
Andalucía, esta Secretaría General de Vivienda
RESU ELV E
Primero. Asignar el crédito disponible por importe de 2.979.186,98 €, con cargo a la
partida presupuestaria 1700180000 G/43A/48307/00 S0719 «Bono Alquiler Joven», a los
ámbitos territoriales de Granada, Málaga y Sevilla, para la tramitación de las solicitudes
presentadas al amparo de la Orden de 26 de octubre de 2022, por la que se convocan
ayudas al alquiler a los jóvenes: Bono Alquiler Joven en Andalucía, en régimen de
concurrencia no competitiva, que cumpliendo requisitos, no han sido atendidas por no
disponer de crédito asignado en su ámbito territorial, todo ello conforme al procedimiento
de concesión previsto en las bases reguladoras y a la convocatoria efectuada, según el
siguiente cuadro de distribución por ámbitos territoriales:
PROVINCIA
ALMERÍA
CÁDIZ
CÓRDOBA
GRANADA
HUELVA
JAÉN
MÁLAGA
SEVILLA
TOTAL
INICIAL
3.406.942,57
8.235.000,00
6.121.680,35
11.796.533,95
2.578.348,60
3.726.645,68
12.750.493,11
19.784.355,74
68.400.000,00
CRÉDITO
VARIACIÓN
0,00
-1.267.228,89
-754.726,73
323.636,61
-202.670,74
-754.560,62
600.819,60
2.054.730,77
0,00
FINAL
3.406.942,57
6.967.771,11
5.366.953,62
12.120.170,56
2.375.677,86
2.972.085,06
13.351.312,71
21.839.086,51
68.400.000,00
Segundo. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para
conocimiento general.
La presente resolución surtirá efectos desde el mismo día de su aprobación.
00307283
Sevilla, 8 de agosto de 2024.- La Secretaria General, Alicia Martínez Martín.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 178 - Jueves, 12 de septiembre de 2024
página 50334/3
superaría el crédito necesario para atender las solicitudes pendientes, por lo que se
ajustaría la redistribución en esta provincia al crédito necesario y el resto del crédito se
repartiría entre las provincias de Málaga y Sevilla. Y en la provincia de Almería, dado
que el crédito actual es suficiente para atender todas las solicitudes, no será necesario
incorporar más crédito.
En su virtud, en atribución de la competencia conferida en la Orden de 26 de octubre
de 2022, por la que se convocan ayudas al alquiler a los jóvenes: Bono Alquiler Joven en
Andalucía, esta Secretaría General de Vivienda
RESU ELV E
Primero. Asignar el crédito disponible por importe de 2.979.186,98 €, con cargo a la
partida presupuestaria 1700180000 G/43A/48307/00 S0719 «Bono Alquiler Joven», a los
ámbitos territoriales de Granada, Málaga y Sevilla, para la tramitación de las solicitudes
presentadas al amparo de la Orden de 26 de octubre de 2022, por la que se convocan
ayudas al alquiler a los jóvenes: Bono Alquiler Joven en Andalucía, en régimen de
concurrencia no competitiva, que cumpliendo requisitos, no han sido atendidas por no
disponer de crédito asignado en su ámbito territorial, todo ello conforme al procedimiento
de concesión previsto en las bases reguladoras y a la convocatoria efectuada, según el
siguiente cuadro de distribución por ámbitos territoriales:
PROVINCIA
ALMERÍA
CÁDIZ
CÓRDOBA
GRANADA
HUELVA
JAÉN
MÁLAGA
SEVILLA
TOTAL
INICIAL
3.406.942,57
8.235.000,00
6.121.680,35
11.796.533,95
2.578.348,60
3.726.645,68
12.750.493,11
19.784.355,74
68.400.000,00
CRÉDITO
VARIACIÓN
0,00
-1.267.228,89
-754.726,73
323.636,61
-202.670,74
-754.560,62
600.819,60
2.054.730,77
0,00
FINAL
3.406.942,57
6.967.771,11
5.366.953,62
12.120.170,56
2.375.677,86
2.972.085,06
13.351.312,71
21.839.086,51
68.400.000,00
Segundo. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para
conocimiento general.
La presente resolución surtirá efectos desde el mismo día de su aprobación.
00307283
Sevilla, 8 de agosto de 2024.- La Secretaria General, Alicia Martínez Martín.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja