3. Otras disposiciones. . (2024/178-36)
Orden de 6 de septiembre de 2024, por la que se dispone la suplencia de la persona titular de la Dirección General de Fondos Europeos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 178 - Jueves, 12 de septiembre de 2024

página 50354/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Orden de 6 de septiembre de 2024, por la que se dispone la suplencia de la
persona titular de la Dirección General de Fondos Europeos.
El artículo 109 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía establece que los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos
temporalmente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad por quien designe
el órgano competente para el nombramiento de aquellos. Por su parte, el artículo 13 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, añade entre
las causas que dan lugar a la suplencia los casos en los que haya sido declarada la
abstención o recusación de los titulares de los órganos administrativos.
El Decreto 153/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, establece en su artículo 3 el
régimen de suplencias de las personas titulares de las Secretarías Generales y Direcciones
Generales, habilitando en el apartado 4 de dicho precepto a la persona titular de la Consejería
para que pueda designar para la suplencia a la persona titular del órgano directivo que estime
pertinente.
En su virtud, en cumplimiento de los principios de eficacia y agilidad administrativa,
resulta conveniente establecer un régimen de suplencia específico para el supuesto de
vacante, ausencia o enfermedad de la persona titular de la Dirección General de Fondos
Europeos. Por ello, en el ejercicio de las competencias que tengo conferidas,
DISPONGO
Primero. La suplencia de la persona titular de la Dirección General de Fondos
Europeos, en caso de vacante, ausencia, enfermedad o cuando haya sido declarada su
abstención o recusación será asumida por la persona titular de la Secretaría General de
Financiación Europea.
Segundo. En las resoluciones y actos administrativos que se dicten en ejercicio de
esta suplencia se hará constar expresamente esta circunstancia.
Tercero. La presente orden producirá efectos desde el día de su firma y se publicará
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su general conocimiento.
Sevilla, 6 de septiembre de 2024
CAROLINA ESPAÑA REINA

00307303

Consejera de Economía, Hacienda
y Fondos Europeos

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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