Autoridades y personal. . (2024/177-17)
Resolución de 5 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se ofertan vacantes al personal aspirante seleccionado en el proceso selectivo de acceso libre para el ingreso, por el sistema de concurso, en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Medicina, correspondiente a la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General de la Junta de Andalucía para el año 2022.
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Número 177 - Miércoles, 11 de septiembre de 2024

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empleo temporal en la Administración General de la Junta de Andalucía para el año 2022
y el apartado 3 de la base novena de la resolución de convocatoria, la petición de destino
habrá de realizarse de manera exclusivamente electrónica, conforme a lo dispuesto en
el Decreto-ley 12/2022, de 29 de noviembre, de acuerdo con el modelo que se publica
como Anexo II de la presente resolución, debidamente firmado y cumplimentado.
2. La presentación electrónica se realizará en el Registro Electrónico Único de la Junta
de Andalucía, al que se accederá desde la Web de Emplead@, a través de la dirección
https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/, y conforme al procedimiento que
se detalla en el Manual explicativo que figura en la indicada página, sin perjuicio de lo
dispuesto en los apartados siguientes sobre la documentación a la que se refiere la base
novena, apartado 4, de la Resolución de 20 de diciembre de 2022.
Para utilizar el medio de presentación electrónico, se deberá disponer de un
certificado electrónico vigente y reconocido que sea válido, expedido por la FNMT-RCM,
si se accede fuera de la red corporativa, pudiendo utilizarse usuario y clave si se accede
desde dicha red.
La solicitud presentada ante el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía no
podrá ser modificada, en ningún caso, sin perjuicio de que pueda presentarse una nueva
solicitud que sustituirá a la anterior, generándose automáticamente un justificante de la
recepción de los documentos electrónicos presentados por las personas solicitantes, en
el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como
fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y su no rechazo.
3. Además de la petición de destino señalada en los párrafos anteriores, las personas
aspirantes deberán aportar la documentación a la que se refiere el apartado 4 de la
base novena contenida en la Resolución de la convocatoria, que habrá de presentarse
exclusivamente por medios electrónicos, en idéntico plazo de 5 días hábiles, a contar
desde la fecha de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía.
Asimismo, deberá aportar declaración responsable en la que haga constar, de
acuerdo con lo establecido en la disposición adicional trigésima séptima de la Ley 5/2023,
de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía los siguientes extremos:
- Que no ha sido propuesta para adquirir la condición de personal funcionario de
carrera o de personal laboral fijo en otro cuerpo, especialidad u opción, u otra categoría
profesional tanto en la Administración de la Junta de Andalucía como en las entidades
instrumentales integrantes del sector público andaluz, o que habiéndolo sido, opta por
continuar en el presente proceso selectivo.
- Que no ha sido nombrada personal funcionario de carrera o personal laboral fijo en
otro cuerpo, especialidad u opción, u otra categoría profesional tanto en la Administración
de la Junta de Andalucía como en las entidades instrumentales integrantes del sector
público andaluz.
En caso de no aportar esta declaración, la persona aspirante será excluida del
presente proceso de estabilización, quedando anuladas sus actuaciones, tal como se
determina en el apartado sexto de la parte dispositiva de la presente resolución.
La presentación electrónica de la referida documentación se realizará en el Registro
Electrónico Único de la Junta de Andalucía, al que se accederá desde la Presentación
Electrónica General, a través de la dirección
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientoDetalle.xhtml.
4. Respecto del documento indicado en la letra a) del apartado 4 de la base novena
deberá aportarse copia electrónica auténtica del título académico oficial o, en su defecto,
copia del mismo acompañada del documento obtenido a través de la «Consulta a los
Registros de Títulos Universitarios» en la sede electrónica del Ministerio de Educación y
Formación Profesional.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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