3. Otras disposiciones. . (2024/177-25)
Orden de 25 de julio de 2024, por la que se modifica la autorización de enseñanzas del centro docente privado de educación secundaria «Yucatal» de Posadas (Córdoba). (PP. 9274/2024).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 177 - Miércoles, 11 de septiembre de 2024

página 49284/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Orden de 25 de julio de 2024, por la que se modifica la autorización de
enseñanzas del centro docente privado de educación secundaria «Yucatal» de
Posadas (Córdoba). (PP. 9274/2024).
Visto el expediente tramitado a instancia de doña María Nieves Ramírez Ramírez, como
representante de la Federación de Escuelas Familiares Agrarias de Andalucía, titular
del centro docente privado de educación secundaria «Yucatal», con domicilio en Avda.
María Auxiliadora, 10, de Posadas (Córdoba), por el que solicita modificar la autorización
administrativa con la que cuenta el mismo, por la ampliación de sus enseñanzas en un
ciclo formativo de formación profesional de grado superior de Integración social, según lo
dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.
Primero: Resultando que el citado centro, con código 14005559, tiene autorización
para impartir cuatro unidades de educación secundaria obligatoria, cuatro unidades de
bachillerato (dos en la modalidad de Ciencias y tecnología y dos en la de humanidades
y ciencias sociales), tres ciclos formativos de formación profesional de grado medio (uno
de gestión administrativa, uno de farmacia y parafarmacia y uno de atención a personas
en situación de dependencia) y cuatro ciclos formativos de formación profesional de
grado superior (dos de Educación infantil, uno de asistencia a la dirección y uno de
administración y finanzas).

Vistas la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a
la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4), de Educación; la Ley
17/2007, de 10 de diciembre (BOJA de 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de
1 de octubre (BOE de 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que
se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del
segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el
Real Decreto 659/2023, de 18 de julio (BOE de 22), por el que se desarrolla la ordenación
del sistema de formación profesional; el Real Decreto 1074/2012, de 13 de julio (BOE de
15 de agosto), por el que se establece el título de Técnico Superior en Integración Social
y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA de
12), por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la formación profesional
inicial que forma parte del sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA
de 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir Enseñanzas de
Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.
Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos
exigidos por la normativa vigente en esta materia.
En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00306234

Segundo: Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes
favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de
Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e
Innovación de Córdoba y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de
Educación.