Autoridades y personal. . (2024/176-6)
Resolución de 4 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de méritos para la cobertura del puesto de cargo intermedio de Jefe/a de Servicio de Gestión y Servicios en el Hospital Universitario Virgen del Rocío de Sevilla.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 176 - Martes, 10 de septiembre de 2024

página 50168/7

6.3. Las personas que ocupen las vocalías de la Comisión de Selección, así como
sus suplentes, deberán estar en posesión de una titulación de igual o superior nivel
académico que la exigida para el acceso al puesto convocado.
6.4. La composición de la Comisión de Selección respetará el principio de presencia
equilibrada de hombres y mujeres, de forma que ninguno de los sexos esté representado
en más del 60% ni menos del 40% de los miembros designados.

8. Funciones a desarrollar.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 132/2021, de 6 de abril, la persona
designada, realizará, además de las funciones propias de su categoría profesional de
gestión y servicios, las funciones de planificación, ejecución y control de la actuación de
los equipos de trabajo de carácter multiprofesional, para que desarrollen las actuaciones
necesarias conducentes a la consecución de las metas, objetivos y resultados
establecidos por la Consejería competente en materia de Salud, asignados al Servicio
Andaluz de Salud a través del contrato programa previsto en las leyes del presupuesto
de la Comunidad Autónoma, o por los instrumentos que en cada momento lo sustituyan.
Además de las funciones que tenga asignadas y que se describen en el Anexo II de
esta convocatoria, las que puedan serle atribuidas en su ámbito funcional por la Dirección
a la que está adscrito y las que corresponden al desarrollo del área que motivan la
convocatoria del puesto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00307117

7. Nombramiento.
7.1. La Comisión de Selección elevará a la persona titular de la Dirección Gerencia
del Centro Sanitario la propuesta de resolución provisional del concurso, con indicación
de la puntuación obtenida por cada una de las personas concursantes.
7.2. La Dirección Gerencia del Centro Sanitario dictará resolución provisional, que será
publicada en la página web del SAS (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud) y
en los tablones de anuncios de dicho centro.
7.3. Dicha publicación surtirá los efectos de la notificación, de acuerdo con el artículo
45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, concediendo a los interesados un plazo de quince días
naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma para presentar
alegaciones.
7.4. Transcurrido el plazo previsto en el apartado anterior, y una vez resueltas las
alegaciones, la persona titular de la Dirección Gerencia del Centro Sanitario dictará
resolución definitiva del concurso y se procederá al nombramiento de la persona
concursante que haya obtenido mayor puntuación. Dicha resolución definitiva se publicará
en la página web del SAS (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud) y se le dará
publicidad en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
7.5. Contra esta resolución cabe interponer recurso de alzada ante la Dirección
General competente en materia de Personal del SAS en el plazo de un mes, conforme a lo
establecido en los artículos 121 y 122 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El recurso de alzada en vía administrativa deberá presentarse a través de medios
electrónicos, debiendo formularse través de la VEC, cumplimentando el formulario
electrónico correspondiente al sistema normalizado de recursos en vía administrativa
del proceso selectivo. La persona aspirante se responsabilizará de la veracidad de los
documentos adjuntados.
Para realizar dicho recurso, la persona interesada deberá acreditarse a través de
la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos
(certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedida
por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y
clave de acceso).