3. Otras disposiciones. . (2024/176-34)
Resolución de 3 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se procede a la publicación de las tablas salariales para el año 2024, adoptadas por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la empresa Andaluza de Gestión de Servicios Especializados, S.L.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 176 - Martes, 10 de septiembre de 2024

página 50193/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 3 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo,
Seguridad y Salud Laboral, por la que se procede a la publicación de las
tablas salariales para el año 2024, adoptadas por la Comisión Negociadora
del Convenio Colectivo de la empresa Andaluza de Gestión de Servicios
Especializados, S.L.
Visto el Acuerdo de 5 de abril de 2024, relativo a las tablas salariales para el año 2024,
adoptado por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la empresa Andaluza
de Gestión de Servicios Especializados, S.L., cod. 71001122012006, y de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015,
de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de
convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad.
RESU ELVO
Primero: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 3 de septiembre de 2024.- El Director General, Luis Roda Oliveira.
ACUERDOS
Anexo I del Convenio de Agise, S.L. y sus trabajadores/as, referido a la tabla salarial,
queda con la siguiente redacción:
Las siguientes tablas salariales serán de aplicación a partir del día 1 de febrero de
2024, hasta 31 de enero de 2025, y para los siguientes años de vigencia; las tablas
salariales se irán revisando conforme al siguiente baremo:
A partir del día 1 de febrero de 2025, lo salarios se actualizarán conforme al IPC que
publique el INE u organismo que le sustituya, referido a los doce meses anteriores al que
proceda la revisión. Este mismo sistema se utilizará para los siguientes años de vigencia
de este Convenio.
SALARIO BASE
2.535,04€

A Director/a

2.168,19€

A Abogada/o

1.857,28€

A Psicológa/o

1.857,28€

A Coordinación técnica

2.168,19€

B Trabajador/a social

1.785,15€

C PATES

1.431,76€

C Monitor/a

1.215,03€

D Oficial administrativa/o

1.184,47€

D Administrativa/o

1.136,11€

D Auxiliar administrativa/o

1.103,60€

E Personal de oficios varios

1.096,70€

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00307141

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A Gerencia

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