3. Otras disposiciones. . (2024/176-36)
Resolución de 3 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Karate y Disciplinas Asociadas.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 176 - Martes, 10 de septiembre de 2024
página 50163/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Resolución de 3 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sistemas
y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen
Gobierno de la Federación Andaluza de Karate y Disciplinas Asociadas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto 41/2022, de 8 de marzo, por
el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía y se establece la estructura y
régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas, por Resolución
de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte de 14 de junio de 2024, se
ratificó el Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Karate y Disciplinas
Asociadas y se acordó su inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas, así
como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En su virtud, se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación
Andaluza de Karate y Disciplinas Asociadas, que figura como anexo a la presente
resolución.
Sevilla, 3 de septiembre de 2024.- La Directora General, María Auxiliadora de Nova Pozuelo.
FEDERACIÓN ANDALUZA DE KARATE Y DISCIPLINAS ASOCIADAS
Introducción.
El Consejo de Ministros del Consejo de Europa, en fecha 24 de septiembre de 1992,
aprobó un Código de Ética Deportiva, para que los Estados miembros y las federaciones
deportivas de los mismos lo tuvieran en consideración.
Posteriormente, en el mes de octubre de 2004, los Ministros de Deporte de los
Estados miembros del Consejo de Europa aprobaron unos principios de buen gobierno,
habida cuenta del importante papel del deporte dentro de la sociedad moderna y en el
deseo de ser el espejo de pulcritud en que puedan mirarse los millones de jóvenes que
practican deporte.
En el ámbito del deporte español, el Consejo Superior de Deportes, en fecha
18 de octubre de 2004, aprobó una resolución que lleva como anexo un «Código de
Buen Gobierno de las Federaciones Deportivas Españolas», siguiendo las normas
anteriormente citadas.
La Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, en su artículo 64 establece
que las federaciones deportivas andaluzas deberán adoptar un código en el que se
recojan las prácticas de buen gobierno inspiradas en los principios de democracia y
participación, y preferentemente aquellas que afectan a la gestión y control de todas
las transacciones económicas que efectúen, independientemente de que estas estén
financiadas o no con ayudas públicas.
La Confederación Andaluza de Federaciones Deportivas ha redactado para sus
Federaciones adscritas el presente Código de Buen Gobierno que regulará internamente
su quehacer cotidiano y que permitirá que el mundo exterior vea cómo el deporte andaluz
no solo se autorregula sino que, además, recoge todos los principios legales europeos,
españoles y autonómicos, establecidos en orden a alcanzar una mayor transparencia
y ética, y una óptima integración de la organización federativa en la sociedad que, en
ocasiones, se ha echado en falta por algunos estratos sociales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307112
CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO
BOJA
Número 176 - Martes, 10 de septiembre de 2024
página 50163/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Resolución de 3 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sistemas
y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen
Gobierno de la Federación Andaluza de Karate y Disciplinas Asociadas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto 41/2022, de 8 de marzo, por
el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía y se establece la estructura y
régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas, por Resolución
de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte de 14 de junio de 2024, se
ratificó el Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Karate y Disciplinas
Asociadas y se acordó su inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas, así
como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En su virtud, se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación
Andaluza de Karate y Disciplinas Asociadas, que figura como anexo a la presente
resolución.
Sevilla, 3 de septiembre de 2024.- La Directora General, María Auxiliadora de Nova Pozuelo.
FEDERACIÓN ANDALUZA DE KARATE Y DISCIPLINAS ASOCIADAS
Introducción.
El Consejo de Ministros del Consejo de Europa, en fecha 24 de septiembre de 1992,
aprobó un Código de Ética Deportiva, para que los Estados miembros y las federaciones
deportivas de los mismos lo tuvieran en consideración.
Posteriormente, en el mes de octubre de 2004, los Ministros de Deporte de los
Estados miembros del Consejo de Europa aprobaron unos principios de buen gobierno,
habida cuenta del importante papel del deporte dentro de la sociedad moderna y en el
deseo de ser el espejo de pulcritud en que puedan mirarse los millones de jóvenes que
practican deporte.
En el ámbito del deporte español, el Consejo Superior de Deportes, en fecha
18 de octubre de 2004, aprobó una resolución que lleva como anexo un «Código de
Buen Gobierno de las Federaciones Deportivas Españolas», siguiendo las normas
anteriormente citadas.
La Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, en su artículo 64 establece
que las federaciones deportivas andaluzas deberán adoptar un código en el que se
recojan las prácticas de buen gobierno inspiradas en los principios de democracia y
participación, y preferentemente aquellas que afectan a la gestión y control de todas
las transacciones económicas que efectúen, independientemente de que estas estén
financiadas o no con ayudas públicas.
La Confederación Andaluza de Federaciones Deportivas ha redactado para sus
Federaciones adscritas el presente Código de Buen Gobierno que regulará internamente
su quehacer cotidiano y que permitirá que el mundo exterior vea cómo el deporte andaluz
no solo se autorregula sino que, además, recoge todos los principios legales europeos,
españoles y autonómicos, establecidos en orden a alcanzar una mayor transparencia
y ética, y una óptima integración de la organización federativa en la sociedad que, en
ocasiones, se ha echado en falta por algunos estratos sociales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307112
CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO