Autoridades y personal. . (2024/175-12)
Resolución de 4 de septiembre de 2024, de la Universidad de Málaga, por la que se publica la Oferta de Empleo Público del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios para el año 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 175 - Lunes, 9 de septiembre de 2024

página 50158/2

para 2024; en el artículo 13 de la Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de
la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024, así como en el artículo 119 del
Decreto 464/2019, de 14 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad
de Málaga, este Rectorado
RESU ELV E
Primero. Publicar la Oferta de Empleo Público del Personal Técnico, de Gestión y
de Administración y Servicios de la Universidad de Málaga para el año 2024, aprobada
por acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de julio de 2024, previa negociación con los
órganos de representación, cuyo número de plazas y distribución por escalas, categorías,
grupos y subgrupos se especifica en los anexos I y II a esta resolución.
Esta Oferta de Empleo Público incluye las necesidades de recursos humanos de
carácter permanente con asignación presupuestaria, tanto las que no pueden ser cubiertas
con los efectivos de personal existentes y que deben proveerse mediante personal de
nuevo ingreso, como aquellas que serán objeto de provisión mediante procesos selectivos
de promoción interna, dentro del contexto global de restricción presupuestaria que afecta
a todas las administraciones públicas y sin que ello afecte al cumplimiento de los objetivos
de estabilidad presupuestaria establecidos para dicha Universidad, ni de los demás
límites fijados en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera.
El conjunto de plazas que conforman esta Oferta de Empleo, incluidas las
correspondientes a la aplicación del 120% de la tasa de reposición de efectivos, para su
convocatoria mediante acceso libre (44), y aquellas cuya provisión se operará mediante
procesos selectivos de promoción interna (45), suman un total de 89 plazas.

Tercero. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 28 de la Ley 4/2017, de 25 de
septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía,
se reservará en las convocatorias de plazas incluidas en esta Oferta de Empleo Público,
un cupo no inferior al 10% del conjunto de las plazas de nuevo ingreso y de promoción
interna (9 plazas) para su cobertura entre personas con discapacidad. De las cuales el
2% son para personas con discapacidad intelectual (2 plazas), el 1% para personas con
enfermedad mental (1 plaza) y el 7% son para el cupo general de plazas para personas
discapacitadas (6 plazas). Todo ello siempre que superen los procesos selectivos y
acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas propias
del puesto objeto de convocatoria. Asimismo, en caso de no cubrirse las plazas vacantes
reservadas para el turno de discapacidad, se acumularán a posteriores ofertas hasta un
límite del 10%.
En las respectivas convocatorias se determinarán las plazas correspondientes a
los porcentajes relativos a los distintos grados de discapacidad: discapacidad general,
discapacidad intelectual y enfermedad mental.
Málaga, 4 de septiembre de 2024.- El Rector, Juan Teodomiro López Navarrete.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00307107

Segundo. Las convocatorias de las plazas de nuevo ingreso derivadas de esta Oferta
de Empleo se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía para garantizar la publicidad exigida en el artículo 91 de la Ley Orgánica
2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. Por su parte, los procesos selectivos de
promoción interna del personal al servicio de la Universidad de Málaga se llevarán a cabo
mediante convocatorias independientes de las de acceso libre, que se publicarán en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Las convocatorias se ejecutarán dentro del plazo máximo establecido en el artículo 70
del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.