Autoridades y personal. . (2024/175-6)
Resolución de 2 de septiembre de 2024, del Presidente de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se nombra personal funcionario de carrera del Cuerpo de Auditores de esta Institución.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 175 - Lunes, 9 de septiembre de 2024

página 50131/1

2. Autoridades y personal
2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias
CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA
Resolución de 2 de septiembre de 2024, del Presidente de la Cámara de
Cuentas de Andalucía, por la que se nombra personal funcionario de carrera del
Cuerpo de Auditores de esta Institución.
Vista la propuesta formulada por el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas
de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Auditores de esta Institución,
convocadas por Resolución de 1 de junio de 2023, de la Presidenta de la Cámara de
Cuentas de Andalucía (BOJA núm. 107, de 7 de junio de 2023), y verificada la concurrencia
de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, procede el nombramiento de
funcionarios de carrera en el citado Cuerpo.
En su virtud, el Presidente de la Cámara de Cuentas, en uso de la competencia que le
confiere el artículo 21.f) de la Ley 1/1988, de 17 de marzo, resuelve:
Primero. Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Auditores de la Cámara de
Cuentas de Andalucía a los siguientes aspirantes, con expresión del destino adjudicado,
el carácter de ocupación del mismo, y de acuerdo con la puntuación total obtenida.
ASPIRANTE

DNI

PUESTO DEPARTAMENTO

CARÁCTER
OCUPACIÓN

POZO MÁRMOL, JOSÉ MARÍA (DEL)

***8758** AUDITOR

FISCALIZACIÓN

DEFINITIVO

SALGUERO CARRETERO, NATALIA

***5080** AUDITOR

FISCALIZACIÓN

DEFINITIVO

TORRE PARRA, M.ª DE LOS ÁNGELES (DE LA)

***1697**

FISCALIZACIÓN

DEFINITIVO

AUDITOR

Segundo. La toma de posesión deberán efectuarla ante el Secretario General de la
Cámara de Cuentas de Andalucía, en el plazo de tres días hábiles contados a partir del
día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía.
Tercero. De conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, para adquirir la condición de funcionarios de carrera, deberán realizar
acto de acatamiento de la Constitución, del Estatuto de Autonomía de Andalucía, del
resto del Ordenamiento Jurídico y tomar posesión dentro del plazo antes establecido.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Pleno de esta
Institución en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del
Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Cámara de Cuentas de Andalucía
y en los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
Sevilla, 2 de septiembre de 2024.- El Presidente, Manuel Alejandro Cardenete Flores.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00307080

Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de
diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas,
y en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, de Incompatibilidades del
personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los
Organismos y empresas dependientes, el personal aspirante aprobado relacionado en el
Resuelvo primero, para tomar posesión, deberá realizar la declaración a que se refiere el
segundo de los preceptos citados, o la opción o solicitud de compatibilidad contemplados
en el artículo 10 de la Ley 53/1984.