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Resolución de 20 de junio de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Huelva, para conceder autorización administrativa previa para el proyecto de instalación de energía eléctrica. (PP. 9238/2024).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 174 - Viernes, 6 de septiembre de 2024
página 48972/4
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de
Industria, Energía y Minas en Huelva es competente para dictar la presente resolución
según lo dispuesto en los artículos 49 y 58.2.3.º de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de
marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, de acuerdo al artículo 13
del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías,
y de conformidad con el artículo 6 del Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que
se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía. Esta
Consejería ha pasado a denominarse Consejería de Industria, Energía y Minas, por el
Decreto 4/2023, de 11 de abril, que modifica el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de
julio, sobre reestructuración de Consejerías, y con lo previsto en la Resolución de 11 de
marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas
competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia
de energía.
Segundo. Se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII
del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regula las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, en desarrollo de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
del Sector Eléctrico, así como en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que
se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía
renovables, cogeneración y residuos.
Tercero. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión
Integrada de la Calidad Ambiental, en relación con su anexo primero, así como el artículo
30 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, la actuación objeto de la presente resolución
está sometida al requisito de informe vinculante sobre autorización ambiental unificada,
el cual se resolvió favorablemente con fecha de 25 de mayo de 2024. Su texto íntegro
se encuentra a disposición de los administrados en la página web de la Consejería
competente en materia de medio ambiente, en el siguiente enlace:
http://www.cma.junta-andalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/
Cuarto. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, establece en su artículo 21 que la Administración está
obligada a dictar resolución expresa y a notificarla en todos los procedimientos cualquiera
que sea su forma de iniciación.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación,
Primero. Conceder a favor de Arena Power Ren 4, S.L., y número de identificación
B16988255, autorización administrativa previa para el proyecto de instalación de energía
eléctrica denominada Camino de Indias 19, cuyas características principales son las
siguientes:
Término municipal afectado: Trigueros (Huelva).
Emplazamiento de la instalación: Parcela 2, polígono 29.
Finalidad de la instalación: Central de generación.
Proyecto de la ingenería Astrom Technical Advisors, S.L.
- Planta solar fotovoltaica Camino de Indias 19, de 6,502 MWp.
- Potencia máxima de módulos (bifacial) 10,728 MW.
- Evacuación mediante red subterránea 33 kV hasta SET elevadora.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305922
RESU ELV E
BOJA
Número 174 - Viernes, 6 de septiembre de 2024
página 48972/4
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de
Industria, Energía y Minas en Huelva es competente para dictar la presente resolución
según lo dispuesto en los artículos 49 y 58.2.3.º de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de
marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, de acuerdo al artículo 13
del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías,
y de conformidad con el artículo 6 del Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que
se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía. Esta
Consejería ha pasado a denominarse Consejería de Industria, Energía y Minas, por el
Decreto 4/2023, de 11 de abril, que modifica el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de
julio, sobre reestructuración de Consejerías, y con lo previsto en la Resolución de 11 de
marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas
competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia
de energía.
Segundo. Se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII
del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regula las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, en desarrollo de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
del Sector Eléctrico, así como en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que
se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía
renovables, cogeneración y residuos.
Tercero. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión
Integrada de la Calidad Ambiental, en relación con su anexo primero, así como el artículo
30 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, la actuación objeto de la presente resolución
está sometida al requisito de informe vinculante sobre autorización ambiental unificada,
el cual se resolvió favorablemente con fecha de 25 de mayo de 2024. Su texto íntegro
se encuentra a disposición de los administrados en la página web de la Consejería
competente en materia de medio ambiente, en el siguiente enlace:
http://www.cma.junta-andalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/
Cuarto. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, establece en su artículo 21 que la Administración está
obligada a dictar resolución expresa y a notificarla en todos los procedimientos cualquiera
que sea su forma de iniciación.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación,
Primero. Conceder a favor de Arena Power Ren 4, S.L., y número de identificación
B16988255, autorización administrativa previa para el proyecto de instalación de energía
eléctrica denominada Camino de Indias 19, cuyas características principales son las
siguientes:
Término municipal afectado: Trigueros (Huelva).
Emplazamiento de la instalación: Parcela 2, polígono 29.
Finalidad de la instalación: Central de generación.
Proyecto de la ingenería Astrom Technical Advisors, S.L.
- Planta solar fotovoltaica Camino de Indias 19, de 6,502 MWp.
- Potencia máxima de módulos (bifacial) 10,728 MW.
- Evacuación mediante red subterránea 33 kV hasta SET elevadora.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305922
RESU ELV E