5. Anuncios. . (2024/174-40)
Resolución de 20 de junio de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Huelva, para conceder autorización administrativa previa para el proyecto de instalación de energía eléctrica. (PP. 9238/2024).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 174 - Viernes, 6 de septiembre de 2024

página 48972/2

Entre los condicionados recibidos se tiene:
La Subdirección General de Planificación Ferroviaria del Ministerio de Transporte y
Movilidad Sostenible en su informe de 4 de junio de 2024 establece:
- «Por el término municipal de Trigueros discurre el trazado del estudio informativo
del proyecto de línea ferroviaria de alta velocidad Sevilla-Huelva, que fue aprobado
definitivamente el 4 de septiembre de 2008 (BOE de 27 de septiembre de 2008) [...] esta
Unidad ha redactado un nuevo estudio informativo, aprobado provisionalmente en julio de
2018, estando actualmente en tramitación ambiental a falta de día [...] En la aprobación
provisional del estudio la alternativa seleccionada como óptima fue la 3.1. Sin embargo, a
causa de afecciones ambientales que se han puesto de manifiesto durante la tramitación
ambiental, no es descartable que la alternativa finalmente propuesta pase a ser la 2.1.
Las alternativas 2.1 y 3.1 del estudio informativo en redacción discurren, en el ámbito
de la actuación, atravesando la ubicación proyectada para la Planta Solar FV Camino
de Indias 19. Se recomienda que este hecho se tenga en cuenta puesto que, tal y como
establece el artículo 5.7 de la LSF, el acto formal de aprobación del estudio informativo
supondrá la inclusión de la futura línea en la RFIG. En consecuencia, la instalación
proyectada estaría afectada por las limitaciones a la propiedad contempladas en la LSF
[...] no hay inconveniente en que se continúe con la tramitación del expediente, si bien se
recomienda que se tenga en cuenta lo recogido [...] »

En el informe del Excmo. Ayuntamiento de Trigueros, expediente núm. URB/2022/31/INF
COMPATIBILIDAD, Procedimiento: 1154/2022, se considera compatible la implantación
con el régimen de suelo afectado, aunque su compatibilidad se considera condicionada a
la presentación del proyecto técnico dónde deberá justificarse la correcta implantación de
las instalaciones en los terrenos clasificados como rústicos con categoría de preservados
por ordenación urbanística forestal. Esto significa que deberá definirse debidamente
si existen zonas con especies arbóreas a preservar (encinar), impidiéndose en dichas
localizaciones su implantación al objeto de preservar los valores que suscitaron su
protección. Todo lo anterior se considera sin perjuicio del control posterior que se debe
establecerse junto con el preceptivo proceso de otorgamiento de licencia según se
establece en el artículo 137 de la Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de
Andalucía. Cód.
La Oficina de Ordenación del Territorio de la Consejería de Fomento, Articulación del
Territorio y Vivienda estableció el 25 de mayo de 2023 que la evaluación de la afección
al paisaje se realizaría en el marco del Informe de Incidencia territorial de la actuación, a
partir de la documentación aportada por el promotor a estos efectos. El promotor aceptó
remitir una memoria en la que se evaluaran las afecciones a los Planes de Ordenación de
ámbito subregional así como la afección al paisaje de la zona.
El Servicio de Carreteras de la Junta de Andalucía estableció en sus informes de 14
de abril de 2023 y de 2 de mayo de 2024 que el acceso a la PSF se realiza mediante un
camino de titularidad municipal denominado «Camino de Beas a Calañas» el cual tiene
su acceso en la carretera A-472 (p.k. 55+000, margen derecho, t.m. de San Juan del
Puerto, para la mejora del acceso por cambio de uso:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00305922

El Departamento de Protección del Patrimonio considera necesario el 4 de octubre
de 2002, Expte.: 241-22, la siguiente cautela arqueológica para la correcta protección y
conservación del patrimonio: control Arqueológico de movimientos de tierra (artículo 3.c
del Reglamento de Actividades Arqueológicas aprobado mediante Decreto 168/2003, de
17 de junio) durante la ejecución de las obras [...] Iguamente si durante el transcurso de
cualquier actividad relacionada con el proyecto de referencia se produjera un hallazgo
arqueológico casual, será obligada la comunicación a la Delegación Territorial competente
en materia de Cultura y Patrimonio Histórico en el transcurso de 24 horas.