Disposiciones generales. . (2024/518-1)
Corrección de errata del Decreto 197/2024, de 3 de septiembre, por el que se regula el Sistema Local de Protección Civil en los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 174, de 6.9.2024).
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Extraordinario núm. 18 - Viernes, 6 de septiembre de 2024

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de la citada ley, en lo relativo a derechos y obligaciones de las personas voluntarias, que
tendrán carácter de mínimos. Esta ley se aplicará en todo caso con carácter supletorio.
Por su parte, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,
preceptúa en su artículo 25.2.f) que el municipio ejercerá en todo caso como competencia
propia, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas,
la materia de protección civil, regulando en su artículo 26.1.c) que los municipios con
población superior a 20.000 habitantes deberán prestar, en todo caso, el Servicio de
Protección Civil.
Por último, la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía contempla,
como competencia propia de los municipios andaluces, la ordenación de las condiciones
de seguridad en las actividades organizadas en espacios públicos y en los lugares de
concurrencia pública.
De un análisis de la normativa vigente en materia de protección civil es destacable
el espíritu de cooperación que las distintas Administraciones Territoriales muestran en
la consecución de los objetivos de protección y seguridad civil. Esta tendencia es clara
expresión de un arraigado principio de reciprocidad en nuestro territorio. Es evidente que
la Comunidad Autónoma de Andalucía no puede desentenderse de ninguna situación
de riesgo que afecte a su población, del mismo modo que las entidades locales ponen
a disposición de la administración autonómica todos los recursos movilizables de que
disponen en las situaciones de emergencia o riesgo colectivo.
La colaboración y cooperación supramunicipal, a través de la constitución de
entidades públicas y la creación de instrumentos jurídicos, resulta un medio idóneo
para concretar el compromiso de las distintas Administraciones Públicas andaluzas por
la búsqueda de la calidad y la excelencia en la gestión municipal de las emergencias,
creando sinergias que desemboquen en la unificación de criterios y respuesta activa en
materia de emergencias y protección civil.
Como consecuencia de la situación de emergencia sanitaria provocada por el
COVID-19, la actividad económica, social y laboral se ha visto limitada con respecto a
su funcionamiento habitual. Ello ha provocado que las diferentes Agrupaciones Locales
del Voluntariado de Protección Civil de Andalucía hayan colaborado diariamente en los
momentos más críticos de la pandemia y lo siguen haciendo para ayudar a paliar los
efectos de la crisis sanitaria en sus pueblos y ciudades. Esta dedicación ha animado
a otros muchos entes locales a seguir su ejemplo, dinamizando y dando vida a nuevas
Agrupaciones, por lo que, desde estas circunstancias excepcionales, la Junta de Andalucía
ha valorado ese esfuerzo continuado por adecuar su estructura y funcionamiento a las
condiciones que se presentan, respondiendo ante ello con responsabilidad y lealtad
institucional.
La legislación aplicable en materia local obliga a los municipios y a las entidades
locales autónomas con competencias delegadas, a prestar determinados servicios a su
vecindad en materia de protección civil. Dichos servicios no pueden dejar de ser prestados,
al ser básicos y obligatorios. La colaboración y participación ciudadana, coordinada,
fomentada y encauzada a través de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de
Protección Civil, es un soporte básico en la autoprotección y en la solidaridad social.
Este colectivo ha supuesto un incremento de la capacidad operativa ante situaciones de
emergencia en nuestra Comunidad Autónoma. De hecho, en la estructura operativa de
los planes de emergencia de la Junta de Andalucía, al igual que en aquellos aprobados
por la Administración Local, las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección
Civil están contempladas dentro de los grupos operativos, suponiendo un considerable
apoyo a la gestión de las emergencias.
Habida cuenta del ámbito funcional que pueden desarrollar las Agrupaciones es
importante su impulso y mantenimiento por parte de la Junta de Andalucía, colaborar en
su formación en materia de protección civil y lograr una adecuada integración en el marco
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía