Disposiciones generales. . (2024/173-1)
Resolución de 28 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento del deporte para personas con discapacidad para la adquisición de equipamiento y material deportivo inventariables en la actividad desarrollada por los clubes deportivos y secciones deportivas de Andalucía (FDD).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 173 - Jueves, 5 de septiembre de 2024

página 50054/3

Ámbito/Provincia

Cuantía máxima provincial

Sevilla

46.000 €

Total

250.000 €

Sexto. En la presente convocatoria no se podrán adquirir compromisos de gasto
de carácter plurianual, de conformidad con lo establecido en el artículo 40 del Texto
Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
Séptimo. La subvención por beneficiario tendrá una cuantía mínima de 500 euros y
una cuantía máxima de 6.000 euros. En el caso de que el importe global máximo destinado
a las subvenciones no fuese suficiente para cubrir todas las subvenciones solicitadas,
se procederá al prorrateo del importe global máximo destinado en la convocatoria en
función a la proporción que le corresponde a cada entidad según la valoración por puntos
obtenida, entre las entidades beneficiarias. Si quedase una cantidad sobrante tras el
reparto se realizarán sucesivas redistribuciones de la misma forma descrita hasta la
distribución total del crédito. La fórmula que se utilizará para el prorrateo será la siguiente:
Importe total de la convocatoria
Importe de la ayuda = -------------------------------------------- x Puntos de cada beneficiario
Suma de los puntos de todos
los beneficiarios
Octavo. La forma y secuencia de los pagos será la siguiente:
FORMA DE PAGO
Forma de pago
PAGO ANTICIPADO
Pago del 100% del importe de la subvención

Supuesto objetivo
Tras la publicación de la resolución de concesión

SECUENCIA DEL PAGO ANTICIPADO
IMPORTE O
NÚM. DE
PORCENTAJE
PAGO
DE PAGO
1 de 1

100%

MOMENTO O FECHA DE PAGO

Tras la publicación de la resolución
de concesión

PLAZO DE JUSTIFICACIÓN DEL
PAGO

IMPORTE O
PORCENTAJE
JUSTIFICADO DE
PAGOS ANTERIORES

El plazo máximo para la presentación
de la justificación será de 15 días
a contar desde el final del plazo de
ejecución

0%

Noveno. El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento
será el establecido en el apartado 16 del Cuadro Resumen, esto es, tres meses desde el
día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Undécimo. Las solicitudes tramitadas al amparo de esta convocatoria se regirán en
todos sus aspectos, entre ellos, los requisitos para solicitar la subvención y forma de
acreditarlos y los órganos competentes para instruir y resolver, por lo establecido en la
Orden de 27 de octubre de 2022.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00307004

Décimo. Los actos que deban notificarse de forma conjunta a todas las personas o
entidades interesadas y, en particular, los de requerimiento de subsanación, el trámite de
audiencia y el de resolución del procedimiento, se publicarán en la siguiente dirección:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24973.html.
En todo caso, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos
efectos.