5. Anuncios. . (2024/172-27)
Anuncio de 22 de agosto de 2024, del Ayuntamiento de Puerto Real (Cádiz), de bases generales reguladoras de los procesos de selección de personal mediante acceso libre. (PP. 9354/2024).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 172 - Miércoles, 4 de septiembre de 2024
página 49759/3
2. Requisitos de las personas aspirantes.
2.1. Requisitos.
Para la admisión a la realización de las pruebas selectivas, se deberá cumplir los
siguientes requisitos generales, además de los especificados para cada plaza o grupo de
plazas en las correspondientes bases específicas:
a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de los estados miembros de la Unión
Europea, o ser, cualquiera que sea su nacionalidad, cónyuge de las personas españolas
y de las personas nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea siempre
que no estén separados de derechos, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre
que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha
edad dependiente, o ser persona incluida en el ámbito de aplicación de la libre circulación
de trabajadoras y trabajadores, en los términos establecidos en el artículo 57 del Real
Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre (TREBEP).
En las convocatorias para personal laboral, además de lo indicado en el párrafo
anterior, los extranjeros con residencia legal en España, en los términos establecidos en el
apartado 4 del artículo 57 del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre (TREBEP).
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas inherentes a la
plaza convocada. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto
Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de
la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social,
deberán aportar certificado acreditativo, con anterioridad a la iniciación de las pruebas
selectivas, expedido por el órgano competente del Ministerio de Trabajo e Inmigración
o de la Consejería competente en razón de la materia, de su condición de persona con
discapacidad igual o superior al 33%, así como la compatibilidad para el desempeño
de las tareas o funciones de la Subescala a la que pertenece la plaza objeto de la
convocatoria.
c) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306709
También será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón
de Anuncios de la sede electrónica, la lista de personas aspirantes admitidas y excluidas,
composición de los tribunales, lugares y fecha de celebración de la primera prueba
selectiva.
Una vez realizadas las publicaciones anteriores no será obligatoria la publicación
en el Boletín Oficial de la Provincia de los sucesivos anuncios correspondientes a las
restantes actuaciones, bastando con su publicación en el tablón de anuncios de la sede
electrónica.
Finalizados los procesos selectivos, se publicarán los nombramientos de personal
funcionario de carrera y la contratación como personal laboral fijo en el Boletín Oficial de
la Provincia.
1.6. Reserva de vacantes para personas con discapacidad.
Se reservará un cupo del 7% de las vacantes para personas con discapacidad,
según lo dispuesto en el artículo 59 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre
(TREBEP).
1.7. Igualdad de oportunidades.
Se tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por
lo que se refiere el acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución
Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad de Mujeres y
Hombres, el acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015 por el que
se aprueba el II Plan para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en la Administración
del Estado y sus Organismos Públicos, el Plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres
y Hombres en Andalucía 2022-2028, así como, el Plan de Igualdad de Oportunidades
vigente en el Ayuntamiento de Puerto Real.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 172 - Miércoles, 4 de septiembre de 2024
página 49759/3
2. Requisitos de las personas aspirantes.
2.1. Requisitos.
Para la admisión a la realización de las pruebas selectivas, se deberá cumplir los
siguientes requisitos generales, además de los especificados para cada plaza o grupo de
plazas en las correspondientes bases específicas:
a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de los estados miembros de la Unión
Europea, o ser, cualquiera que sea su nacionalidad, cónyuge de las personas españolas
y de las personas nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea siempre
que no estén separados de derechos, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre
que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha
edad dependiente, o ser persona incluida en el ámbito de aplicación de la libre circulación
de trabajadoras y trabajadores, en los términos establecidos en el artículo 57 del Real
Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre (TREBEP).
En las convocatorias para personal laboral, además de lo indicado en el párrafo
anterior, los extranjeros con residencia legal en España, en los términos establecidos en el
apartado 4 del artículo 57 del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre (TREBEP).
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas inherentes a la
plaza convocada. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto
Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de
la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social,
deberán aportar certificado acreditativo, con anterioridad a la iniciación de las pruebas
selectivas, expedido por el órgano competente del Ministerio de Trabajo e Inmigración
o de la Consejería competente en razón de la materia, de su condición de persona con
discapacidad igual o superior al 33%, así como la compatibilidad para el desempeño
de las tareas o funciones de la Subescala a la que pertenece la plaza objeto de la
convocatoria.
c) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306709
También será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón
de Anuncios de la sede electrónica, la lista de personas aspirantes admitidas y excluidas,
composición de los tribunales, lugares y fecha de celebración de la primera prueba
selectiva.
Una vez realizadas las publicaciones anteriores no será obligatoria la publicación
en el Boletín Oficial de la Provincia de los sucesivos anuncios correspondientes a las
restantes actuaciones, bastando con su publicación en el tablón de anuncios de la sede
electrónica.
Finalizados los procesos selectivos, se publicarán los nombramientos de personal
funcionario de carrera y la contratación como personal laboral fijo en el Boletín Oficial de
la Provincia.
1.6. Reserva de vacantes para personas con discapacidad.
Se reservará un cupo del 7% de las vacantes para personas con discapacidad,
según lo dispuesto en el artículo 59 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre
(TREBEP).
1.7. Igualdad de oportunidades.
Se tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por
lo que se refiere el acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución
Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad de Mujeres y
Hombres, el acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015 por el que
se aprueba el II Plan para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en la Administración
del Estado y sus Organismos Públicos, el Plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres
y Hombres en Andalucía 2022-2028, así como, el Plan de Igualdad de Oportunidades
vigente en el Ayuntamiento de Puerto Real.