5. Anuncios. . (2024/172-26)
Anuncio de 22 de agosto de 2024, del Ayuntamiento de Puerto Real (Cádiz), de bases específicas de dos plazas de Arquitecto/a mediante acceso libre. (PP. 9353/2024).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 172 - Miércoles, 4 de septiembre de 2024
página 49758/6
- Máster 2 puntos.
- Grado 1,5 puntos.
No se valorarán las titulaciones académicas exigidas por el artículo 76 del RDL 5/2015
de 30 de octubre (TREBEP), ni los cursos encaminados a la obtención de las mismas.
En el caso de equivalencias con las titulaciones arriba referenciadas se estará a
las equivalencias que el Ministerio de Educación o Universidades competente tenga
así interpretadas mediante resoluciones, órdenes, etc. del órgano competente y siendo
consideradas situaciones a extinguir.
B.2. Formación continua (máximo 5 puntos).
Los cursos o jornadas de formación y perfeccionamiento organizados, impartidos
u homologados por Administraciones Públicas, Organismos y Entidades de Derecho
Público de dichas Administraciones, Universidades y Colegios Profesionales, y los
realizados en el ámbito de la Formación continua directamente relacionados con la plaza
objeto de la convocatoria a juicio del Tribunal.
Entre 03 y 09 horas ............................................... 0,10 punto.
Entre 10 y 29 horas ............................................... 0,20 punto.
Entre 30 y 49 horas ............................................... 0,40 punto.
Entre 50 y 99 horas ............................................... 0,60 punto.
Entre 100 y 120 horas ........................................... 0,80 punto.
Más de 120 horas ...................................................... 1 punto.
En los cursos o jornadas donde no se acredite el número de horas se asignará la
puntuación mínima.
Aquellos otros que expresen el número de días y no indiquen número de horas se
valorarán a razón de tres horas por día de formación.
La participación a título de docente en alguna de las acciones formativas indicadas
en los números anteriores, otorgará el doble de la puntuación que corresponda en cada
caso.
La puntuación final de la fase de concurso será la suma de la puntuación obtenida en
los apartados A y B (B.1+B.2), siendo la puntuación máxima para alcanzar en esta fase
de concurso de 40 puntos.
Octava. Lista de personas aprobadas.
Finalizada la calificación, el Tribunal calificador publicará en el Tablón de Anuncios
de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Puerto Real la lista provisional de personas
aprobadas, con indicación de la puntuación obtenida en la fase de oposición y en la fase
de concurso. Dicha lista irá ordenada por orden alfabético.
Contra esta lista podrán presentarse alegaciones ante el Tribunal Calificador, en el
plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de
la misma. Dichas alegaciones no tendrán carácter de recurso y serán resueltas en la
relación definitiva de personas aprobadas.
Transcurrido el plazo indicado en el párrafo anterior y resueltas las alegaciones en
su caso presentadas, el Tribunal Calificador hará pública, en el Tablón de Anuncios
municipal la relación definitiva de personas aprobadas por orden de puntuación con las
calificaciones obtenidas en cada una de las fases del proceso selectivo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306708
Séptima. Puntuación definitiva.
La puntuación global obtenida en la fase de concurso se adicionará a la calificación
de la fase de oposición.
La nota máxima del concurso-oposición se fija en 100 puntos, constituidos por los 60
puntos máximos de la fase de oposición y los 40 puntos máximos de la fase de concurso.
En el supuesto de que se produzca empate en la puntuación final, se actuará
conforme a lo dispuesto en las Bases Generales.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 172 - Miércoles, 4 de septiembre de 2024
página 49758/6
- Máster 2 puntos.
- Grado 1,5 puntos.
No se valorarán las titulaciones académicas exigidas por el artículo 76 del RDL 5/2015
de 30 de octubre (TREBEP), ni los cursos encaminados a la obtención de las mismas.
En el caso de equivalencias con las titulaciones arriba referenciadas se estará a
las equivalencias que el Ministerio de Educación o Universidades competente tenga
así interpretadas mediante resoluciones, órdenes, etc. del órgano competente y siendo
consideradas situaciones a extinguir.
B.2. Formación continua (máximo 5 puntos).
Los cursos o jornadas de formación y perfeccionamiento organizados, impartidos
u homologados por Administraciones Públicas, Organismos y Entidades de Derecho
Público de dichas Administraciones, Universidades y Colegios Profesionales, y los
realizados en el ámbito de la Formación continua directamente relacionados con la plaza
objeto de la convocatoria a juicio del Tribunal.
Entre 03 y 09 horas ............................................... 0,10 punto.
Entre 10 y 29 horas ............................................... 0,20 punto.
Entre 30 y 49 horas ............................................... 0,40 punto.
Entre 50 y 99 horas ............................................... 0,60 punto.
Entre 100 y 120 horas ........................................... 0,80 punto.
Más de 120 horas ...................................................... 1 punto.
En los cursos o jornadas donde no se acredite el número de horas se asignará la
puntuación mínima.
Aquellos otros que expresen el número de días y no indiquen número de horas se
valorarán a razón de tres horas por día de formación.
La participación a título de docente en alguna de las acciones formativas indicadas
en los números anteriores, otorgará el doble de la puntuación que corresponda en cada
caso.
La puntuación final de la fase de concurso será la suma de la puntuación obtenida en
los apartados A y B (B.1+B.2), siendo la puntuación máxima para alcanzar en esta fase
de concurso de 40 puntos.
Octava. Lista de personas aprobadas.
Finalizada la calificación, el Tribunal calificador publicará en el Tablón de Anuncios
de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Puerto Real la lista provisional de personas
aprobadas, con indicación de la puntuación obtenida en la fase de oposición y en la fase
de concurso. Dicha lista irá ordenada por orden alfabético.
Contra esta lista podrán presentarse alegaciones ante el Tribunal Calificador, en el
plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de
la misma. Dichas alegaciones no tendrán carácter de recurso y serán resueltas en la
relación definitiva de personas aprobadas.
Transcurrido el plazo indicado en el párrafo anterior y resueltas las alegaciones en
su caso presentadas, el Tribunal Calificador hará pública, en el Tablón de Anuncios
municipal la relación definitiva de personas aprobadas por orden de puntuación con las
calificaciones obtenidas en cada una de las fases del proceso selectivo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306708
Séptima. Puntuación definitiva.
La puntuación global obtenida en la fase de concurso se adicionará a la calificación
de la fase de oposición.
La nota máxima del concurso-oposición se fija en 100 puntos, constituidos por los 60
puntos máximos de la fase de oposición y los 40 puntos máximos de la fase de concurso.
En el supuesto de que se produzca empate en la puntuación final, se actuará
conforme a lo dispuesto en las Bases Generales.