5. Anuncios. . (2024/172-26)
Anuncio de 22 de agosto de 2024, del Ayuntamiento de Puerto Real (Cádiz), de bases específicas de dos plazas de Arquitecto/a mediante acceso libre. (PP. 9353/2024).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 172 - Miércoles, 4 de septiembre de 2024
página 49758/7
Dicha relación será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y elevada
con propuesta de nombramiento como personal funcionario de carrera a la AlcaldíaPresidencia del Ayuntamiento de Puerto Real. Dicha propuesta, que tendrá carácter
vinculante, no podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un número de
aspirantes superior al de las plazas convocadas.
Contra esta relación cabe interponer recurso de reposición ante la AlcaldíaPresidencia del Ayuntamiento de Puerto Real en el plazo de un mes, de conformidad
con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso
contencioso-administrativo, en plazo de dos meses, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 46 de la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Novena.- Presentación de documentos.
En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a aquel en que
se hiciera pública la relación definitiva de personas aprobadas a que se refiere la Base
anterior, las personas aspirantes propuestas deberán presentar en la U.A. de RR.HH. del
Ayuntamiento los documentos originales que a continuación se relacionan:
Conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo,
quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen
la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos
exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus
solicitudes de participación.
Con el fin de asegurar la cobertura de la totalidad de las plazas ofertadas, cuando
se produzcan renuncias o cuando alguna de las personas propuestas carezca de los
requisitos señalados en la base tercera, seleccionadas antes de su nombramiento
o toma de posesión, la Presidencia podrá requerir al Tribunal de Selección relación
complementaria, con las personas aspirantes que sigan a las propuestas. Todo ello
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.8 del Real Decreto 5/2015, de 30 de
octubre (TREBEP).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306708
a) Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identidad de extranjero
en vigor.
b) Título académico oficial exigido en las bases específicas, o justificante de haber
abonado los derechos para su expedición. En el caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero se deberá aportar la credencial que acredite su homologación.
c) Certificado médico de aptitud expedido por el Servicio de Prevención y Salud
Laboral del Ayuntamiento, que acredite poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas habituales del Cuerpo a que se aspira.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para
el ejercicio de funciones públicas mediante sentencia judicial firme.
e) Declaración jurada de no estar incurso en causa alguna de incompatibilidad
para el desempeño de cargo público o empleo público y no desempeñar ninguna
actividad, pública o privada, que sea incompatible, de acuerdo al vigente régimen de
incompatibilidades.
f) Las personas aspirantes que hayan hecho valer su condición de personas con
discapacidad, deberán presentar certificado vigente acreditativo de la misma, expedido
por el órgano competente, especificando el grado que padece y su compatibilidad con el
desempeño de las funciones propias de las plazas convocadas.
g) En su caso, documentación acreditativa del cumplimento de los restantes requisitos.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 172 - Miércoles, 4 de septiembre de 2024
página 49758/7
Dicha relación será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y elevada
con propuesta de nombramiento como personal funcionario de carrera a la AlcaldíaPresidencia del Ayuntamiento de Puerto Real. Dicha propuesta, que tendrá carácter
vinculante, no podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un número de
aspirantes superior al de las plazas convocadas.
Contra esta relación cabe interponer recurso de reposición ante la AlcaldíaPresidencia del Ayuntamiento de Puerto Real en el plazo de un mes, de conformidad
con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso
contencioso-administrativo, en plazo de dos meses, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 46 de la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Novena.- Presentación de documentos.
En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a aquel en que
se hiciera pública la relación definitiva de personas aprobadas a que se refiere la Base
anterior, las personas aspirantes propuestas deberán presentar en la U.A. de RR.HH. del
Ayuntamiento los documentos originales que a continuación se relacionan:
Conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo,
quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen
la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos
exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus
solicitudes de participación.
Con el fin de asegurar la cobertura de la totalidad de las plazas ofertadas, cuando
se produzcan renuncias o cuando alguna de las personas propuestas carezca de los
requisitos señalados en la base tercera, seleccionadas antes de su nombramiento
o toma de posesión, la Presidencia podrá requerir al Tribunal de Selección relación
complementaria, con las personas aspirantes que sigan a las propuestas. Todo ello
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.8 del Real Decreto 5/2015, de 30 de
octubre (TREBEP).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306708
a) Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identidad de extranjero
en vigor.
b) Título académico oficial exigido en las bases específicas, o justificante de haber
abonado los derechos para su expedición. En el caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero se deberá aportar la credencial que acredite su homologación.
c) Certificado médico de aptitud expedido por el Servicio de Prevención y Salud
Laboral del Ayuntamiento, que acredite poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas habituales del Cuerpo a que se aspira.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para
el ejercicio de funciones públicas mediante sentencia judicial firme.
e) Declaración jurada de no estar incurso en causa alguna de incompatibilidad
para el desempeño de cargo público o empleo público y no desempeñar ninguna
actividad, pública o privada, que sea incompatible, de acuerdo al vigente régimen de
incompatibilidades.
f) Las personas aspirantes que hayan hecho valer su condición de personas con
discapacidad, deberán presentar certificado vigente acreditativo de la misma, expedido
por el órgano competente, especificando el grado que padece y su compatibilidad con el
desempeño de las funciones propias de las plazas convocadas.
g) En su caso, documentación acreditativa del cumplimento de los restantes requisitos.