Autoridades y personal. . (2024/171-8)
Resolución de 29 de agosto de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de méritos para la cobertura del puesto de cargo intermedio de Jefe/a de Equipo de Celadores en el Hospital Universitario de la Merced del Área de Gestión Sanitaria de Osuna de Sevilla.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 171 - Martes, 3 de septiembre de 2024
página 49965/8
ANEXO I
1. Méritos profesionales (máximo 60 puntos).
1.1. Méritos de gestión (máximo 40 puntos).
Experiencia profesional:
1.1.1. La experiencia en el desempeño de Celador, Celador Conductor, Jefe Personal
Subalterno o Celador Encargado de Turno en el Sistema Nacional de Salud, mediante
concurso público se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios: 2,5 puntos por año,
hasta un máximo de 20 puntos.
La experiencia debe venir expresamente acreditada por la Dirección Gerencia del
centro correspondiente y debe constar que ha superado las evaluaciones periódicas.
1.1.2. La experiencia en puestos directivos del Sistema Nacional de Salud de:
Dirección Económico-Administrativa y/o de Servicios Generales, Subdirecciones
Económico-Administrativa y/o de Servicios Generales a través de nombramiento o
concurso público, habiendo alcanzado los objetivos planteados, todo ello acreditado
por la Dirección Gerencia del centro correspondiente o del responsable superior en la
Consejería de Salud o el Servicio Andaluz de Salud: 2 puntos por año, hasta un máximo
de 10 puntos.
1.1.3. La experiencia en puestos de gestión y servicios en el Sistema Nacional de
Salud, a través de nombramiento o concurso público, habiendo alcanzado los objetivos
planteados, se valorará de acuerdo con los siguientes criterios: 1 punto por año de
servicios prestados para los grupos de A1/A2/C1/ y 2 punto por año para el grupo E.
Máximo 15 puntos.
1.1.4. Servicios prestados en el Sistema Nacional de Salud en cualquier otra
categoría básica, puesto Directivo o Cargo Intermedio no descrito anteriormente, a través
de nombramiento o concurso público, habiendo alcanzado los objetivos planteados: 0,50
puntos por año de servicios prestados hasta un máximo de 5 puntos.
1.1.5. Servicios prestados en cualquier otra categoría básica, puesto Directivo o
Cargo Intermedio similares en otras administraciones públicas, a través de nombramiento
o concurso público: 0,50 puntos por año de servicios prestados hasta un máximo de 5
puntos.
Desempeño:
1.1.6. Cumplimiento de los objetivos individuales en la UGC, el Servicio o centro en el
que ha desarrollado su trabajo, se valoraran de acuerdo con los siguientes criterios:
a) 1 punto por año si el cumplimiento está entre 70% y 80%, hasta un máximo de 5
puntos.
b) 2 puntos por año si el cumplimiento es superior al 80%, hasta un máximo de 10
puntos.
En caso de no disponer de Objetivos individuales se tomará el de la UGC, el Servicio
o centro.
Se contabilizará a partir de los acuerdos de gestión de los últimos 5 años.
1.1.7. Cumplimiento de los objetivos globales de la UGC, el Servicio o centro en el
que ha desarrollado su trabajo, una vez aplicado el factor de corrección, se valoraran de
acuerdo con los siguientes criterios:
a) 0,5 puntos por año si el cumplimiento está entre 65% y 70%, hasta un máximo de
2,5 puntos.
b) 1 punto por año si el cumplimiento es superior al 70%, hasta un máximo de 5
puntos.
Se contabilizará a partir de los acuerdos de gestión de los últimos 5 años y para
tiempos inferiores a un año, de forma proporcional.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306915
BAREMO DE MÉRITOS PROFESIONALES PARA JEFE/A EQUIPO DE CELADORES
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 171 - Martes, 3 de septiembre de 2024
página 49965/8
ANEXO I
1. Méritos profesionales (máximo 60 puntos).
1.1. Méritos de gestión (máximo 40 puntos).
Experiencia profesional:
1.1.1. La experiencia en el desempeño de Celador, Celador Conductor, Jefe Personal
Subalterno o Celador Encargado de Turno en el Sistema Nacional de Salud, mediante
concurso público se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios: 2,5 puntos por año,
hasta un máximo de 20 puntos.
La experiencia debe venir expresamente acreditada por la Dirección Gerencia del
centro correspondiente y debe constar que ha superado las evaluaciones periódicas.
1.1.2. La experiencia en puestos directivos del Sistema Nacional de Salud de:
Dirección Económico-Administrativa y/o de Servicios Generales, Subdirecciones
Económico-Administrativa y/o de Servicios Generales a través de nombramiento o
concurso público, habiendo alcanzado los objetivos planteados, todo ello acreditado
por la Dirección Gerencia del centro correspondiente o del responsable superior en la
Consejería de Salud o el Servicio Andaluz de Salud: 2 puntos por año, hasta un máximo
de 10 puntos.
1.1.3. La experiencia en puestos de gestión y servicios en el Sistema Nacional de
Salud, a través de nombramiento o concurso público, habiendo alcanzado los objetivos
planteados, se valorará de acuerdo con los siguientes criterios: 1 punto por año de
servicios prestados para los grupos de A1/A2/C1/ y 2 punto por año para el grupo E.
Máximo 15 puntos.
1.1.4. Servicios prestados en el Sistema Nacional de Salud en cualquier otra
categoría básica, puesto Directivo o Cargo Intermedio no descrito anteriormente, a través
de nombramiento o concurso público, habiendo alcanzado los objetivos planteados: 0,50
puntos por año de servicios prestados hasta un máximo de 5 puntos.
1.1.5. Servicios prestados en cualquier otra categoría básica, puesto Directivo o
Cargo Intermedio similares en otras administraciones públicas, a través de nombramiento
o concurso público: 0,50 puntos por año de servicios prestados hasta un máximo de 5
puntos.
Desempeño:
1.1.6. Cumplimiento de los objetivos individuales en la UGC, el Servicio o centro en el
que ha desarrollado su trabajo, se valoraran de acuerdo con los siguientes criterios:
a) 1 punto por año si el cumplimiento está entre 70% y 80%, hasta un máximo de 5
puntos.
b) 2 puntos por año si el cumplimiento es superior al 80%, hasta un máximo de 10
puntos.
En caso de no disponer de Objetivos individuales se tomará el de la UGC, el Servicio
o centro.
Se contabilizará a partir de los acuerdos de gestión de los últimos 5 años.
1.1.7. Cumplimiento de los objetivos globales de la UGC, el Servicio o centro en el
que ha desarrollado su trabajo, una vez aplicado el factor de corrección, se valoraran de
acuerdo con los siguientes criterios:
a) 0,5 puntos por año si el cumplimiento está entre 65% y 70%, hasta un máximo de
2,5 puntos.
b) 1 punto por año si el cumplimiento es superior al 70%, hasta un máximo de 5
puntos.
Se contabilizará a partir de los acuerdos de gestión de los últimos 5 años y para
tiempos inferiores a un año, de forma proporcional.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306915
BAREMO DE MÉRITOS PROFESIONALES PARA JEFE/A EQUIPO DE CELADORES