Disposiciones generales. . (2024/171-2)
Acuerdo de 11 de julio de 2024, de la Dirección General de Espacios Naturales Protegidos, por el que se inicia el procedimiento para declarar la prescripción de reconocimiento y liquidación de compromisos de gasto derivados de expedientes de subvención tramitados al amparo de la Orden de 25 de febrero de 2008, modificada por la Orden de 29 de octubre de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para acciones y actividades sostenibles en los Parques Naturales y Nacionales de Andalucía incluidos en la Red Natura 2000 y sus Áreas de Influencia Socioeconómica y se efectúa su convocatoria para 2008 (BOJA núm. 106, de 29 de mayo de 2008).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 171 - Martes, 3 de septiembre de 2024
página 49954/3
Tercero. La competencia la tiene atribuida la Dirección General de Espacios Naturales
Protegidos, en virtud de lo establecido en el artículo 10 del Decreto 162/2022, de 9 de
agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad,
Medio Ambiente y Economía Azul, modificado por el Decreto 96/2023, de 25 de abril.
Cuarto. De conformidad con lo establecido en la disposición final tercera de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a la presente subvención le es
de aplicación la citada norma.
En cuanto al procedimiento también es de aplicación supletoria la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
según se desprende de su disposición transitoria tercera.
Quinto. Según lo establecido en el artículo 24.6 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
las propuestas de resolución provisional y definitiva no crean derecho alguno a favor del
beneficiario propuesto, frente a la Administración, mientras no se le haya notificado la
resolución de concesión.
Sexto. El procedimiento es el establecido en el artículo 30 del Texto Refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, así como en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Séptimo. De los hechos descritos en los antecedentes, así como de la documentación
obrante en esta Consejería, se aprecia que los compromisos de gasto detallados en el
Anexo I se encuentran incursos en un supuesto de prescripción extintiva, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 30 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública
de la Junta de Andalucía, procediendo como consecuencia, su baja en contabilidad.
En virtud de los antecedentes y fundamentos de derecho detallados anteriormente,
esta Dirección General
ACUERDA
Primero. Iniciar el procedimiento para declarar la prescripción del derecho al
reconocimiento y liquidación de las obligaciones derivadas de los compromisos de
gasto detallados en el Anexo I, y relativas a los expedientes de subvención tramitados al
amparo de la Orden de 25 de febrero de 2008, modificada por la Orden de 29 de octubre
de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para acciones
y actividades sostenibles en los Parques Naturales y Nacionales de Andalucía incluidos
en la Red Natura 2000 y sus Áreas de Influencia Socioeconómica y se efectúa su
convocatoria para 2008 (BOJA núm. 106, de 29 de mayo de 2008), al haber transcurrido
el plazo estipulado en el artículo 30 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía, y como consecuencia, dar de baja en la contabilidad de
la Junta de Andalucía los citados documentos contables.
Tercero. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en
aplicación del art. 45.1.a) y 45.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sevilla, 11 de julio de 2024.- El Director General, José Enrique Borrallo Romero.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306904
Segundo. Conceder a los interesados un plazo de 15 días hábiles, a contar desde el
día siguiente a la fecha de notificación de este acuerdo, para que alegue o presente los
documentos y justificaciones que estime pertinentes de conformidad con lo previsto en el
artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 171 - Martes, 3 de septiembre de 2024
página 49954/3
Tercero. La competencia la tiene atribuida la Dirección General de Espacios Naturales
Protegidos, en virtud de lo establecido en el artículo 10 del Decreto 162/2022, de 9 de
agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad,
Medio Ambiente y Economía Azul, modificado por el Decreto 96/2023, de 25 de abril.
Cuarto. De conformidad con lo establecido en la disposición final tercera de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a la presente subvención le es
de aplicación la citada norma.
En cuanto al procedimiento también es de aplicación supletoria la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
según se desprende de su disposición transitoria tercera.
Quinto. Según lo establecido en el artículo 24.6 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
las propuestas de resolución provisional y definitiva no crean derecho alguno a favor del
beneficiario propuesto, frente a la Administración, mientras no se le haya notificado la
resolución de concesión.
Sexto. El procedimiento es el establecido en el artículo 30 del Texto Refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, así como en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Séptimo. De los hechos descritos en los antecedentes, así como de la documentación
obrante en esta Consejería, se aprecia que los compromisos de gasto detallados en el
Anexo I se encuentran incursos en un supuesto de prescripción extintiva, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 30 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública
de la Junta de Andalucía, procediendo como consecuencia, su baja en contabilidad.
En virtud de los antecedentes y fundamentos de derecho detallados anteriormente,
esta Dirección General
ACUERDA
Primero. Iniciar el procedimiento para declarar la prescripción del derecho al
reconocimiento y liquidación de las obligaciones derivadas de los compromisos de
gasto detallados en el Anexo I, y relativas a los expedientes de subvención tramitados al
amparo de la Orden de 25 de febrero de 2008, modificada por la Orden de 29 de octubre
de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para acciones
y actividades sostenibles en los Parques Naturales y Nacionales de Andalucía incluidos
en la Red Natura 2000 y sus Áreas de Influencia Socioeconómica y se efectúa su
convocatoria para 2008 (BOJA núm. 106, de 29 de mayo de 2008), al haber transcurrido
el plazo estipulado en el artículo 30 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía, y como consecuencia, dar de baja en la contabilidad de
la Junta de Andalucía los citados documentos contables.
Tercero. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en
aplicación del art. 45.1.a) y 45.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sevilla, 11 de julio de 2024.- El Director General, José Enrique Borrallo Romero.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306904
Segundo. Conceder a los interesados un plazo de 15 días hábiles, a contar desde el
día siguiente a la fecha de notificación de este acuerdo, para que alegue o presente los
documentos y justificaciones que estime pertinentes de conformidad con lo previsto en el
artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.