Disposiciones generales. . (2024/170-4)
Extracto de la Resolución de 30 de julio de 2024, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se convocan para el año 2024 las subvenciones previstas en la Orden de 19 de abril de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la adquisición de equipamiento y a la realización de actuaciones en edificios, edificaciones e instalaciones de titularidad pública, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 170 - Lunes, 2 de septiembre de 2024
página 49242/3
Esta cuantía será la cantidad total máxima prevista para esta convocatoria; no
obstante, según lo dispuesto en el artículo 9 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que
se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las
subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias
administrativas y de régimen especial, tras la resolución de concesión, los sobrantes de
los créditos estimados en alguno de los ámbitos territoriales, podrán posibilitar que se
dicte resolución complementaria de concesión de la subvención que incluya solicitudes,
respetando su orden de evaluación, de ámbitos territoriales que, aún cumpliendo todos los
requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del crédito disponible en dichos
ámbitos, de conformidad con lo que se establece en el apartado e) del artículo 10 del
Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales a partir del día
siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la
presente resolución, conforme a lo previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios que se utilizarán en la tramitación telemática de la convocatoria
estarán disponibles, se cumplimentarán y se presentarán telemáticamente, a través de la
Oficina Virtual de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, en la
siguiente dirección electrónica:
https://ws072.juntadeandalucia.es/ofvirtual/auth/loginjs?procedimiento=590&conCertificado=1
00306192
Sevilla.- La Secretaria General de Administración Local, María Luisa Ceballos Casas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 170 - Lunes, 2 de septiembre de 2024
página 49242/3
Esta cuantía será la cantidad total máxima prevista para esta convocatoria; no
obstante, según lo dispuesto en el artículo 9 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que
se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las
subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias
administrativas y de régimen especial, tras la resolución de concesión, los sobrantes de
los créditos estimados en alguno de los ámbitos territoriales, podrán posibilitar que se
dicte resolución complementaria de concesión de la subvención que incluya solicitudes,
respetando su orden de evaluación, de ámbitos territoriales que, aún cumpliendo todos los
requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del crédito disponible en dichos
ámbitos, de conformidad con lo que se establece en el apartado e) del artículo 10 del
Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales a partir del día
siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la
presente resolución, conforme a lo previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios que se utilizarán en la tramitación telemática de la convocatoria
estarán disponibles, se cumplimentarán y se presentarán telemáticamente, a través de la
Oficina Virtual de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, en la
siguiente dirección electrónica:
https://ws072.juntadeandalucia.es/ofvirtual/auth/loginjs?procedimiento=590&conCertificado=1
00306192
Sevilla.- La Secretaria General de Administración Local, María Luisa Ceballos Casas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja