3. Otras disposiciones. . (2024/169-32)
Resolución de 26 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Federación Andaluza de Actividades Subacuáticas.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 169 - Viernes, 30 de agosto de 2024

página 49861/9

TÍTULO III
LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
CAPÍTULO I
Organos federativos
Artículo 32. Órganos federativos.
En la FAAS existen los siguientes órganos directivos:
- La Asamblea General.
- La Presidencia.
- La Junta Directiva.
- La Secretaría General.
- La Intervención.
- El Comité de Transparencia y Buen Gobierno.
- Los Órganos Disciplinarios.
- La Comisión Electoral.
- La Comisión de Mujer y Deporte.
- El Comisionado del Menor Deportista.
- Las Delegaciones Territoriales.
Además existen el Comité Técnico de Árbitros o Jueces, el Comité de Entrenadores
y los Comités
Específicos que se establezcan.
Artículo 33. Los órganos colegiados se podrán constituir, convocar, celebrar sus
sesiones y adoptar acuerdos tanto de forma presencial como a distancia, salvo que
la normativa aplicable o los estatutos y reglamentos federativos recojan expresa y
excepcionalmente lo contrario. En las sesiones celebradas a distancia, sus miembros
podrán encontrarse en distintos lugares siempre que se asegure por medios electrónicos
o audiovisuales la identidad de los mismos o de las personas que los suplan, el contenido
de sus manifestaciones, el momento en que éstas se producen, así como la interactividad
e intercomunicación entre ellos en tiempo real y la disponibilidad de los medios durante
la sesión.
CAPÍTULO II
La Asamblea General
Artículo 34. La Asamblea General.
La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno y representación y está
integrada por clubes y secciones deportivas, deportistas, entrenadores, técnicos, jueces y
árbitros.

Artículo 36. Elección a miembros de la Asamblea General.
Los miembros de la Asamblea General serán elegidos, cada cuatro años, coincidiendo
con los años de celebración de los Juegos Olímpicos, mediante sufragio personal, libre,
secreto y directo, por y entre los componentes de cada estamento de la Federación y de
conformidad con las proporciones que se establezcan en el reglamento electoral federativo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00306811

Artículo 35. Composición.
Estará compuesta por el número de miembros que se determine en el reglamento
electoral federativo, de conformidad con lo dispuesto en la normativa electoral deportiva de
la Junta de Andalucía.