3. Otras disposiciones. . (2024/166-11)
Orden de 19 de agosto de 2024, por la que se aprueba la solicitud de modificación normal del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida «Sierras de Málaga».
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 166 - Martes, 27 de agosto de 2024

página 49749/2

Cuarto. En la gestión del expediente se han seguido todos los trámites previstos en
el Reglamento (UE) 2024/1143, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril,
y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Quinto. En virtud de los artículos 48 y 83 del Estatuto de Autonomía para Andalucía,
corresponde a esta Comunidad Autónoma, respetando lo dispuesto en el artículo
149.1.13.ª de la Constitución, la competencia exclusiva sobre denominaciones de origen
y otras menciones de calidad, cuyas zonas geográficas no excedan del ámbito territorial
andaluz. Asimismo, hay que tener en cuenta las competencias sectoriales en la materia
que tiene asignadas esta Consejería en virtud del Decreto del Presidente 10/2022, de 25
de julio, sobre reestructuración de Consejerías, y del Decreto 157/2022, de 9 de agosto,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo Rural, cuyo artículo 1 asigna a la misma el ejercicio de las competencias
atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de agricultura, ganadería,
pesca y agroalimentación, de agua y de desarrollo rural.
De acuerdo con las disposiciones citadas, y las demás normas de general y pertinente
aplicación,
RESU ELVO
Primero. Aprobar y publicar la decisión de aprobación de la modificación normal del
pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida «Sierra de Málaga».
Segundo. Dar publicidad a la referencia electrónica donde se encuentra publicada
la versión del pliego de condiciones y del documento único consolidado en los que se
ha basado esta decisión, en la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural, bajo el nombre de la Denominación de Origen Protegida «Sierra de
Málaga», en el siguiente enlace: https://lajunta.es/4vriy
O bien, a través de la ruta siguiente:
(https://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaaguaydesarrollorural.html),
siguiendo la siguiente ruta de acceso: «Temas» / «Industrias, Innovación y Cadena
Agroalimentaria» / «Calidad agroalimentaria» / «Denominaciones de Calidad» / «Vinos» /
«Vinos con Denominación de Origen».
Tercero. Con la presente publicación la modificación normal será aplicable en el
Estado miembro, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.2 del Reglamento
Delegado (UE) 2019/33, de la Comisión, de 17 de octubre de 2018.

Quinto. Efectos.
La presente orden surtirá efecto al día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía y será aplicable en el Estado miembro, de conformidad con el
artículo 17.2 del Reglamento Delegado (UE) 2019/33, de la Comisión, de 17 de octubre
de 2018.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00306699

Cuarto. A los efectos de la transmisión de la resolución a la Comisión Europea, la
modificación del pliego de condiciones será comunicada a la Comisión en el plazo máximo
de un mes a partir de la presente publicación, a través del Ministerio de Agricultura, Pesca
y Alimentación. Igualmente, y de conformidad con lo establecido en el artículo 40 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en el artículo 13.2 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de
octubre, se notificará al solicitante.