3. Otras disposiciones. . (2024/166-11)
Orden de 19 de agosto de 2024, por la que se aprueba la solicitud de modificación normal del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida «Sierras de Málaga».
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 166 - Martes, 27 de agosto de 2024
página 49749/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 19 de agosto de 2024, por la que se aprueba la solicitud de
modificación normal del pliego de condiciones de la Denominación de Origen
Protegida «Sierras de Málaga».
Visto el expediente seguido en esta Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural, y en base a los siguientes
ANTECEDENTES
Con fecha 19 de junio de 2024, el Consejo Regulador de las Denominaciones de
Origen Protegidas «Málaga», «Sierras de Málaga» y «Pasas de Málaga» presentó una
solicitud de modificación del pliego de condiciones de la DOP «Sierras de Málaga», de
conformidad con el artículo 17.1 del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión,
de 17 de octubre de 2018, por el que se completa el Reglamento (UE) núm. 1308/2013,
del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta a las solicitudes de protección
de denominaciones de origen, indicaciones geográficas y términos tradicionales del
sector vitivinícola, al procedimiento de oposición, a las restricciones de utilización,
a las modificaciones del pliego de condiciones, a la cancelación de la protección, y al
etiquetado y la presentación, el artículo 21.2.a) de la Ley 10/2007, de 26 de noviembre,
de Protección del Origen y la Calidad de los Vinos de Andalucía, y el artículo 5.2.b) de la
Orden de 14 de enero de 2019, por la que se aprueba el Reglamento de funcionamiento
del Consejo Regulador de las Denominaciones de Origen Protegidas «Málaga», «Sierras
de Málaga» y «Pasas de Málaga».
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La solicitud de modificación del pliego de condiciones presentada se clasifica
como «modificación normal», de conformidad con el artículo 24.4 del Reglamento (UE)
2024/1143, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo a
las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, así
como especialidades tradicionales garantizadas y términos de calidad facultativos para
productos agrícolas, por el que se modifican los Reglamentos (UE) núm. 1308/2013, (UE)
2019/787 y (UE) 2019/1753, y se deroga el Reglamento (UE) núm. 1151/2012.
Tercero. Procede, por tanto, aprobar la modificación normal del pliego de condiciones
y hacer pública esta decisión de aprobación, que incluye la referencia electrónica al
pliego de condiciones y al documento único consolidado, de conformidad con el artículo
17.2 del Reglamento Delegado (UE) 2019/33, de la Comisión, de 17 de octubre de 2018.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306699
Segundo. Tras ser evaluada la solicitud se considera que cumple los requisitos
establecidos en el Reglamento (UE) núm. 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 17 de diciembre, por el que se crea la organización común de mercados de los productos
agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) núm. 922/72, (CEE) núm. 234/79,
(CE) núm. 1037/2001 y (CE) núm. 1234/2007, y en las disposiciones adoptadas en virtud del
mismo.
BOJA
Número 166 - Martes, 27 de agosto de 2024
página 49749/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 19 de agosto de 2024, por la que se aprueba la solicitud de
modificación normal del pliego de condiciones de la Denominación de Origen
Protegida «Sierras de Málaga».
Visto el expediente seguido en esta Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural, y en base a los siguientes
ANTECEDENTES
Con fecha 19 de junio de 2024, el Consejo Regulador de las Denominaciones de
Origen Protegidas «Málaga», «Sierras de Málaga» y «Pasas de Málaga» presentó una
solicitud de modificación del pliego de condiciones de la DOP «Sierras de Málaga», de
conformidad con el artículo 17.1 del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión,
de 17 de octubre de 2018, por el que se completa el Reglamento (UE) núm. 1308/2013,
del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta a las solicitudes de protección
de denominaciones de origen, indicaciones geográficas y términos tradicionales del
sector vitivinícola, al procedimiento de oposición, a las restricciones de utilización,
a las modificaciones del pliego de condiciones, a la cancelación de la protección, y al
etiquetado y la presentación, el artículo 21.2.a) de la Ley 10/2007, de 26 de noviembre,
de Protección del Origen y la Calidad de los Vinos de Andalucía, y el artículo 5.2.b) de la
Orden de 14 de enero de 2019, por la que se aprueba el Reglamento de funcionamiento
del Consejo Regulador de las Denominaciones de Origen Protegidas «Málaga», «Sierras
de Málaga» y «Pasas de Málaga».
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La solicitud de modificación del pliego de condiciones presentada se clasifica
como «modificación normal», de conformidad con el artículo 24.4 del Reglamento (UE)
2024/1143, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo a
las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, así
como especialidades tradicionales garantizadas y términos de calidad facultativos para
productos agrícolas, por el que se modifican los Reglamentos (UE) núm. 1308/2013, (UE)
2019/787 y (UE) 2019/1753, y se deroga el Reglamento (UE) núm. 1151/2012.
Tercero. Procede, por tanto, aprobar la modificación normal del pliego de condiciones
y hacer pública esta decisión de aprobación, que incluye la referencia electrónica al
pliego de condiciones y al documento único consolidado, de conformidad con el artículo
17.2 del Reglamento Delegado (UE) 2019/33, de la Comisión, de 17 de octubre de 2018.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306699
Segundo. Tras ser evaluada la solicitud se considera que cumple los requisitos
establecidos en el Reglamento (UE) núm. 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 17 de diciembre, por el que se crea la organización común de mercados de los productos
agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) núm. 922/72, (CEE) núm. 234/79,
(CE) núm. 1037/2001 y (CE) núm. 1234/2007, y en las disposiciones adoptadas en virtud del
mismo.