3. Otras disposiciones. . (2024/165-11)
Resolución de 16 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Vela.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 165 - Lunes, 26 de agosto de 2024

página 49710/10

Artículo 19. De la política de uso de los recursos de tecnologías de la información y
comunicaciones (recursos TIC) de la FAV.
El uso de los recursos de tecnologías de la información y las comunicaciones
(recursos TIC) de la Federación Andaluza de Vela, incluyendo equipos telemáticos e
informáticos con sus aplicaciones ofimáticas y herramientas en ellos instaladas, así como
la manera de acceder a la red corporativa y sus servicios asociados (almacenamiento
de datos e impresión de los mismos), exige definir unas políticas sobre su utilización y
sobre el control a ejercer por parte de la federación, para garantizar el uso adecuado
de dichos recursos, limitar los riesgos que dicha utilización comporta para los propios
activos informáticos, y proteger la información propiedad de la federación o de cualquier
tercero a ésta vinculado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00306660

También pueden producirse conflictos de interés cuando los empleados/as,
directivos/as y miembros de los órganos de administración, sus familiares o allegados,
reciban beneficios personales indebidos derivados del cargo que ocupan los primeros
en la Federación, o bien entren en incompatibilidad regulada en la Ley 5/2016, de 19 de
julio, del Deporte de Andalucía, y con el Decreto 41/2022, de 8 de marzo, por el que se
regulan las Entidades Deportivas de Andalucía y se establece la estructura y régimen de
funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas.
No se participará ni activa ni pasivamente anteponiendo los intereses del tercero a los
intereses de la federación.
En la relación con terceros/as se actuará siempre de manera imparcial y objetiva, sin
condicionantes derivados de consideraciones financieras personales o de parentesco.
Se evitará la intervención directa o indirecta en la gestión de cualquier tipo de
contrato, de familiares o allegados.
De la misma forma, tampoco podrá hacer uso de instalaciones, material, información
confidencial o cualquier tipo de recurso, en el trabajo externo, ni en o para las actividades
personales.
En el caso de que la relación de una persona relacionada con la federación, con un
cliente, patrocinador u otro tercero, pudiera ejercer influencia en la toma de decisiones
de éste, se notificará la existencia de dicha relación al Comité de Transparencia y Buen
Gobierno, quien determinará las medidas a adoptar, entre ellas la posible desvinculación
del empleado de esa actividad puntual.
No deberá utilizarse la propiedad o información de la federación, o la propia posición
en éste para obtener ganancias para sí mismo, para familiares o allegados.
No se recurrirá a proveedores de la federación para la realización de trabajos en su
ámbito personal, siempre que suponga un beneficio para el empleado por tal condición, o
un perjuicio para la federación.
El responsable de control interno, será el Comité de Transparencia y Buen
Gobierno, asistido por el Secretario General, que realizarán verificaciones periódicas del
cumplimiento de esta política.
En el caso de que un trabajador de la federación detecte en cuanto a su persona
u otra dentro del entorno de éste, un posible conflicto de interés, lo deberá poner en
conocimiento del control interno.
Igualmente, si no existiendo a priori conflicto de interés, el cambio de las circunstancias
de un empleado o de un familiar o allegado, pueden conducir a un conflicto de interés, se
comunicará igualmente.
Ante una situación de posible conflicto de interés, se paralizará cualquier acción,
desvinculando al empleado o persona en conflicto, hasta que dicha situación se torne
adecuada, o se decida eliminar o no continuar con la acción que ha dado lugar a ésta.
Se prohíbe terminantemente la toma de represalias contra cualquier persona que
comunique de buena fe, a la Dirección de la Federación o a las autoridades, la ocurrencia
de estas prácticas.