3. Otras disposiciones. . (2024/165-11)
Resolución de 16 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Vela.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 165 - Lunes, 26 de agosto de 2024
página 49710/2
Asimismo, el cumplimiento de dicho código de buen gobierno constituirá un criterio
preferente a efectos de concretar el importe de las ayudas públicas que la Consejería
competente en materia de deporte pueda conceder en cada ejercicio a la Federación
Andaluza de Vela.
Ámbito subjetivo.
El presente código será de aplicación a la Federación Andaluza de Vela y podrá ser
asumido y adaptado a cualquier entidad deportiva que a la misma se encuentre adscrita,
y que voluntariamente desee suscribirlo en aras a alcanzar los fines pretendidos.
Ámbito objetivo.
El presente código formula principios, recomendaciones y normas de obligado
cumplimiento que pretenden sintetizar prácticas de buen gobierno en las federaciones
deportivas, entre las que se incluye esta Federación Andaluza de Vela, y se refiere a
todos los ámbitos que afectan a la gestión federativa como al control de las transacciones
económicas (gastos, ingresos, inversiones) que efectúen, independientemente de que
éstas estén financiadas o no con subvención pública.
De esta manera, el deber de actuar con lealtad respecto a la federación, impone el
cumplimiento para todos los miembros de los órganos federativos del siguiente catálogo
de medidas y obligaciones:
Artículo 2. Del cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente.
Deben acatarse y cumplirse, la ley, los estatutos de la entidad, toda la normativa
vigente, así como la restante normativa interna dictada por la FAV, en el ámbito de sus
atribuciones y en el ejercicio de sus legítimas competencias, propias o delegadas de la
Administración Deportiva Autonómica.
No se tolerarán prácticas ilegales, ni incumplimiento de la normativa en el ámbito de
la FAV.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306660
Artículo 1. Principios éticos que inspiran el Código de Buen Gobierno.
El Código de Buen Gobierno, aprobado en Asamblea General, de conformidad con
el art. 45.1.h) del Decreto 41/2022, se aplica a toda la FAV y vincula especialmente a sus
directivos/as, representantes y empleados/as, fundamentado en los siguientes principios
básicos:
1. Cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente, como pauta esencial de su actividad,
en el marco de un estado democrático de derecho, como el que nos encontramos
insertos.
2. Respeto, equidad y dignidad, en el trato a todos los empleados/as, regatistas,
árbitros, técnicos, clientes, proveedores y demás terceros/as que se relacionen con la FAV.
3. Igualdad de trato entre hombres y mujeres, sin que sea admisible ningún tipo de
discriminación en el trato, por razones de raza, creencia o religión.
4. Respeto a los menores para colaborar en su formación integral.
5. Compromiso con la salud y la seguridad en el trabajo y en la práctica deportiva.
6. Transparencia, objetividad y profesionalidad en el desarrollo de todas sus actividades
y en las relaciones con todos los grupos de interés.
7. Integridad en todas las actuaciones.
8. Eficacia y eficiencia en el desarrollo de sus actividades.
9. Fomento de la actividad deportiva y promoción de sus valores sociológicos y
morales.
La FAV, como institución, y sus directivos/as y empleados/as, colaborarán, con
todas las autoridades públicas, facilitando el ejercicio de sus específicas competencias,
de forma correcta y diligente, en cuantas relaciones tengan con ellos, como legítimos
representantes del marco democrático y representativo del que nos hemos dotado.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 165 - Lunes, 26 de agosto de 2024
página 49710/2
Asimismo, el cumplimiento de dicho código de buen gobierno constituirá un criterio
preferente a efectos de concretar el importe de las ayudas públicas que la Consejería
competente en materia de deporte pueda conceder en cada ejercicio a la Federación
Andaluza de Vela.
Ámbito subjetivo.
El presente código será de aplicación a la Federación Andaluza de Vela y podrá ser
asumido y adaptado a cualquier entidad deportiva que a la misma se encuentre adscrita,
y que voluntariamente desee suscribirlo en aras a alcanzar los fines pretendidos.
Ámbito objetivo.
El presente código formula principios, recomendaciones y normas de obligado
cumplimiento que pretenden sintetizar prácticas de buen gobierno en las federaciones
deportivas, entre las que se incluye esta Federación Andaluza de Vela, y se refiere a
todos los ámbitos que afectan a la gestión federativa como al control de las transacciones
económicas (gastos, ingresos, inversiones) que efectúen, independientemente de que
éstas estén financiadas o no con subvención pública.
De esta manera, el deber de actuar con lealtad respecto a la federación, impone el
cumplimiento para todos los miembros de los órganos federativos del siguiente catálogo
de medidas y obligaciones:
Artículo 2. Del cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente.
Deben acatarse y cumplirse, la ley, los estatutos de la entidad, toda la normativa
vigente, así como la restante normativa interna dictada por la FAV, en el ámbito de sus
atribuciones y en el ejercicio de sus legítimas competencias, propias o delegadas de la
Administración Deportiva Autonómica.
No se tolerarán prácticas ilegales, ni incumplimiento de la normativa en el ámbito de
la FAV.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306660
Artículo 1. Principios éticos que inspiran el Código de Buen Gobierno.
El Código de Buen Gobierno, aprobado en Asamblea General, de conformidad con
el art. 45.1.h) del Decreto 41/2022, se aplica a toda la FAV y vincula especialmente a sus
directivos/as, representantes y empleados/as, fundamentado en los siguientes principios
básicos:
1. Cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente, como pauta esencial de su actividad,
en el marco de un estado democrático de derecho, como el que nos encontramos
insertos.
2. Respeto, equidad y dignidad, en el trato a todos los empleados/as, regatistas,
árbitros, técnicos, clientes, proveedores y demás terceros/as que se relacionen con la FAV.
3. Igualdad de trato entre hombres y mujeres, sin que sea admisible ningún tipo de
discriminación en el trato, por razones de raza, creencia o religión.
4. Respeto a los menores para colaborar en su formación integral.
5. Compromiso con la salud y la seguridad en el trabajo y en la práctica deportiva.
6. Transparencia, objetividad y profesionalidad en el desarrollo de todas sus actividades
y en las relaciones con todos los grupos de interés.
7. Integridad en todas las actuaciones.
8. Eficacia y eficiencia en el desarrollo de sus actividades.
9. Fomento de la actividad deportiva y promoción de sus valores sociológicos y
morales.
La FAV, como institución, y sus directivos/as y empleados/as, colaborarán, con
todas las autoridades públicas, facilitando el ejercicio de sus específicas competencias,
de forma correcta y diligente, en cuantas relaciones tengan con ellos, como legítimos
representantes del marco democrático y representativo del que nos hemos dotado.