3. Otras disposiciones. . (2024/514-2)
Decreto 161/2024, de 26 de agosto, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a las Consejerías de Turismo y Andalucía Exterior y de Cultura y Deporte.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 14 - Lunes, 26 de agosto de 2024
página 49819/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Decreto 161/2024, de 26 de agosto, por el que se modifica parcialmente la
relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de
Andalucía correspondiente a las Consejerías de Turismo y Andalucía Exterior y
de Cultura y Deporte.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 del Decreto
390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la
relación de puestos de trabajo, a propuesta del Consejero de Justicia, Administración
Local y Función Pública, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del
día 26 de agosto de 2024,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306769
El Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías,
establece en su artículo 5.1 que corresponden a la Consejería de Turismo y Andalucía
Exterior, entre otras, las competencias en materia de turismo y, en su artículo 8.1, que
corresponden a la Consejería de Cultura y Deporte las competencias en materia de
cultura y deporte.
Mediante la presente modificación de la relación de puestos de trabajo, iniciada a
instancias de la entonces Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, se pretende,
en primer lugar, actualizar el contenido de determinados puestos de trabajo para su
adecuación a las nuevas funciones que desarrollan, distintas a las que motivaron su
creación con su configuración actual, y a las competencias que les corresponden, en las
que se incluyen nuevos proyectos con otros objetivos.
Por otro lado, se regularizan los puestos de acceso correspondientes a distintos
cuerpos, especialidades y opciones que se encuentran vacantes y carentes de dotación
para hacer posible posteriormente su adecuada provisión de acuerdo con las necesidades
contempladas en los instrumentos de planificación de recursos humanos, como la oferta
de empleo publico.
Por último, en el Centro Náutico Barriada de la Paz de Cádiz, que ha dejado de
ser gestionado de forma directa, se adscriben dos puestos de trabajo ocupados a la
estructura territorial provincial y se suprimen los restantes puestos de trabajo vacantes.
Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de
las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la
Administración General de la Junta de Andalucía.
En aplicación del artículo 9.3.d) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la
Administración General de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación de la
presente modificación de la relación de puestos de trabajo en la Comisión del Convenio.
La Dirección General de Presupuestos ha informado favorablemente, desde el punto
de vista económico-financiero, esta modificación parcial de la relación de puestos de
trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía.
La presente modificación de la relación de puestos de trabajo supone la ampliación
de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía en
veintiséis puestos dotados, en los términos previstos en los apartados 6 y 7 del artículo 26
de la Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el año 2024.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 14 - Lunes, 26 de agosto de 2024
página 49819/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Decreto 161/2024, de 26 de agosto, por el que se modifica parcialmente la
relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de
Andalucía correspondiente a las Consejerías de Turismo y Andalucía Exterior y
de Cultura y Deporte.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 del Decreto
390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la
relación de puestos de trabajo, a propuesta del Consejero de Justicia, Administración
Local y Función Pública, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del
día 26 de agosto de 2024,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306769
El Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías,
establece en su artículo 5.1 que corresponden a la Consejería de Turismo y Andalucía
Exterior, entre otras, las competencias en materia de turismo y, en su artículo 8.1, que
corresponden a la Consejería de Cultura y Deporte las competencias en materia de
cultura y deporte.
Mediante la presente modificación de la relación de puestos de trabajo, iniciada a
instancias de la entonces Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, se pretende,
en primer lugar, actualizar el contenido de determinados puestos de trabajo para su
adecuación a las nuevas funciones que desarrollan, distintas a las que motivaron su
creación con su configuración actual, y a las competencias que les corresponden, en las
que se incluyen nuevos proyectos con otros objetivos.
Por otro lado, se regularizan los puestos de acceso correspondientes a distintos
cuerpos, especialidades y opciones que se encuentran vacantes y carentes de dotación
para hacer posible posteriormente su adecuada provisión de acuerdo con las necesidades
contempladas en los instrumentos de planificación de recursos humanos, como la oferta
de empleo publico.
Por último, en el Centro Náutico Barriada de la Paz de Cádiz, que ha dejado de
ser gestionado de forma directa, se adscriben dos puestos de trabajo ocupados a la
estructura territorial provincial y se suprimen los restantes puestos de trabajo vacantes.
Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de
las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la
Administración General de la Junta de Andalucía.
En aplicación del artículo 9.3.d) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la
Administración General de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación de la
presente modificación de la relación de puestos de trabajo en la Comisión del Convenio.
La Dirección General de Presupuestos ha informado favorablemente, desde el punto
de vista económico-financiero, esta modificación parcial de la relación de puestos de
trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía.
La presente modificación de la relación de puestos de trabajo supone la ampliación
de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía en
veintiséis puestos dotados, en los términos previstos en los apartados 6 y 7 del artículo 26
de la Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el año 2024.