3. Otras disposiciones. . (2024/164-16)
Resolución de 19 de agosto de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo requerido por el Juzgado de lo Social núm. 8 de Sevilla, Negociado: RE-E, en el procedimiento de Derechos Fundamentales y se emplaza a terceros interesados.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 164 - Viernes, 23 de agosto de 2024
página 49687/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 19 de agosto de 2024, de la Dirección General de Personal del
Servicio Andaluz de Salud, por la que se acuerda la remisión del expediente
administrativo requerido por el Juzgado de lo Social núm. 8 de Sevilla,
Negociado: RE-E, en el procedimiento de Derechos Fundamentales y se
emplaza a terceros interesados.
Por el Juzgado de lo Social núm. 8 de Sevilla, Negociado: RE-E, se ha efectuado
requerimiento para que se aporte el expediente administrativo correspondiente al
procedimiento de Derechos Fundamentales núm. 784/2024 interpuesto por don Víctor
Manuel Espinosa López contra la Resolución de fecha 19 de enero de 2024, de la
Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban
las listas definitivas de personas que superan las pruebas selectivas de concurso por el
sistema de acceso libre de Técnico/a Medio de Función Administrativa, opción Informática,
convocadas mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022, en desarrollo de la Oferta
de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros
sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, se anuncia la publicación de dichas listas, se
indica la relación de las plazas que se ofertan y se inicia el plazo para solicitar destino,
publicada en la página web del Servicio Andaluz de Salud el 23 de enero de 2024.
Por dicho órgano judicial se ha señalado para la celebración de la vista el día 2 de
octubre de 2024, a las 9:30 a.m. horas.
En consecuencia, de conformidad con lo ordenado por el órgano jurisdiccional,
HE RESUELTO
Primero. Anunciar la interposición de la demanda para la protección de Derechos
Fundamentales número 784/2024 y ordenar la remisión del expediente administrativo al
citado órgano judicial.
Sevilla, 19 de agosto de 2024.- El Director General, José Luis Sedeño Ferrer.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306636
Segundo. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía emplazando a los posibles interesados para que, de conformidad con
el artículo 143 en relación con el 151.5 de la Ley de la Jurisdicción Social, los empresarios
y los trabajadores afectados o los causahabientes de ambos, así como aquellos terceros
a los que pudieran alcanzar las responsabilidades derivadas de los hechos considerados
por el acto objeto de impugnación y quienes pudieran haber resultado perjudicados por
los mismos, podrán comparecer como parte en el procedimiento y serán emplazados al
efecto, en especial cuando se trate de enjuiciar hechos que pudieran ser constitutivos
de accidente de trabajo o enfermedad profesional, así como a personarse con al menos
cinco días hábiles de antelación al señalamiento a juicio y sin necesidad de que, en
este caso, se cumplan los plazos generales previstos para la citación de las partes
demandadas en el artículo 82 ante el citado órgano judicial en legal forma, haciéndoles
saber que de personarse fuera del indicado plazo se les tendrá por parte para los trámites
no precluidos y que, de no hacerlo oportunamente, continuará el procedimiento por sus
trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación alguna.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 164 - Viernes, 23 de agosto de 2024
página 49687/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 19 de agosto de 2024, de la Dirección General de Personal del
Servicio Andaluz de Salud, por la que se acuerda la remisión del expediente
administrativo requerido por el Juzgado de lo Social núm. 8 de Sevilla,
Negociado: RE-E, en el procedimiento de Derechos Fundamentales y se
emplaza a terceros interesados.
Por el Juzgado de lo Social núm. 8 de Sevilla, Negociado: RE-E, se ha efectuado
requerimiento para que se aporte el expediente administrativo correspondiente al
procedimiento de Derechos Fundamentales núm. 784/2024 interpuesto por don Víctor
Manuel Espinosa López contra la Resolución de fecha 19 de enero de 2024, de la
Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban
las listas definitivas de personas que superan las pruebas selectivas de concurso por el
sistema de acceso libre de Técnico/a Medio de Función Administrativa, opción Informática,
convocadas mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022, en desarrollo de la Oferta
de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros
sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, se anuncia la publicación de dichas listas, se
indica la relación de las plazas que se ofertan y se inicia el plazo para solicitar destino,
publicada en la página web del Servicio Andaluz de Salud el 23 de enero de 2024.
Por dicho órgano judicial se ha señalado para la celebración de la vista el día 2 de
octubre de 2024, a las 9:30 a.m. horas.
En consecuencia, de conformidad con lo ordenado por el órgano jurisdiccional,
HE RESUELTO
Primero. Anunciar la interposición de la demanda para la protección de Derechos
Fundamentales número 784/2024 y ordenar la remisión del expediente administrativo al
citado órgano judicial.
Sevilla, 19 de agosto de 2024.- El Director General, José Luis Sedeño Ferrer.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306636
Segundo. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía emplazando a los posibles interesados para que, de conformidad con
el artículo 143 en relación con el 151.5 de la Ley de la Jurisdicción Social, los empresarios
y los trabajadores afectados o los causahabientes de ambos, así como aquellos terceros
a los que pudieran alcanzar las responsabilidades derivadas de los hechos considerados
por el acto objeto de impugnación y quienes pudieran haber resultado perjudicados por
los mismos, podrán comparecer como parte en el procedimiento y serán emplazados al
efecto, en especial cuando se trate de enjuiciar hechos que pudieran ser constitutivos
de accidente de trabajo o enfermedad profesional, así como a personarse con al menos
cinco días hábiles de antelación al señalamiento a juicio y sin necesidad de que, en
este caso, se cumplan los plazos generales previstos para la citación de las partes
demandadas en el artículo 82 ante el citado órgano judicial en legal forma, haciéndoles
saber que de personarse fuera del indicado plazo se les tendrá por parte para los trámites
no precluidos y que, de no hacerlo oportunamente, continuará el procedimiento por sus
trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación alguna.