Disposiciones generales. . (2024/164-2)
Extracto de la Resolución de 31 de julio de 2024, de convocatoria 2024 de subvenciones por la Fundación Pública Andaluza para la Integración Social de Personas con Enfermedad Mental, FAISEM, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas al mantenimiento de las fundaciones.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 164 - Viernes, 23 de agosto de 2024
página 49693/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Extracto de la Resolución de 31 de julio de 2024, de convocatoria 2024 de
subvenciones por la Fundación Pública Andaluza para la Integración Social de
Personas con Enfermedad Mental, FAISEM, en régimen de concurrencia no
competitiva, destinadas al mantenimiento de las fundaciones.
BDNS: 777572.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo de bases reguladoras y convocatoria, puede consultarse en la Base
de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el
presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Primero. Autorización a FAISEM.
Mediante Orden de la Consejería de Salud y Consumo de 19 de diciembre de 2022,
se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de
concurrencia no competitiva, destinadas al mantenimiento de las fundaciones que prestan
medidas de apoyo a personas con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica
en las que FAISEM participa como miembro de su patronato, BOJA número 246, de 27
de diciembre de 2022.
De acuerdo con lo dispuesto por la disposición adicional decimosexta de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en virtud de la autorización
recogida en la disposición adicional primera de la citada orden, le corresponde convocar
y conceder las subvenciones objeto de esas bases reguladoras a la Dirección Gerencia
de la Fundación pública Andaluza para la Integración social de Personas con Enfermedad
Mental, FAISEM, inscrita con el número SE/526 en la Sección Registral Novena del
Registro de Fundaciones de Andalucía y adscrita a la Consejería con competencias en
materia de Salud.
Tercero. Bases reguladoras.
Constituye el objeto de las bases reguladoras la concesión de subvenciones por
FAISEM en régimen de concurrencia no competitiva, orientadas al mantenimiento de las
sedes administrativas de las Fundaciones que prestan medidas de apoyo a las personas
con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica, en las que Faisem participa
como miembro de su Patronato, mediante la financiación de los gastos de personal y
generales de funcionamiento, en su labor de gestión de apoyos a las personas atendidas
por estas entidades.
Los gastos subvencionables deberán haberse realizado en el período comprendido
entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
Cuarto. Entidades beneficiarias.
Podrán solicitar las subvenciones las Fundaciones que prestan medidas de apoyo
a las personas con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica, en las que
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306643
Segundo. Convocatoria.
Se efectúa convocatoria pública para la concesión de subvenciones en régimen de
concurrencia no competitiva para el mantenimiento de las Fundaciones que prestan
medidas de apoyo a las personas con discapacidad para el ejercicio de su capacidad
jurídica en las que FAISEM participa como miembro de su patronato, para el ejercicio 2024.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 164 - Viernes, 23 de agosto de 2024
página 49693/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Extracto de la Resolución de 31 de julio de 2024, de convocatoria 2024 de
subvenciones por la Fundación Pública Andaluza para la Integración Social de
Personas con Enfermedad Mental, FAISEM, en régimen de concurrencia no
competitiva, destinadas al mantenimiento de las fundaciones.
BDNS: 777572.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo de bases reguladoras y convocatoria, puede consultarse en la Base
de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el
presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Primero. Autorización a FAISEM.
Mediante Orden de la Consejería de Salud y Consumo de 19 de diciembre de 2022,
se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de
concurrencia no competitiva, destinadas al mantenimiento de las fundaciones que prestan
medidas de apoyo a personas con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica
en las que FAISEM participa como miembro de su patronato, BOJA número 246, de 27
de diciembre de 2022.
De acuerdo con lo dispuesto por la disposición adicional decimosexta de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en virtud de la autorización
recogida en la disposición adicional primera de la citada orden, le corresponde convocar
y conceder las subvenciones objeto de esas bases reguladoras a la Dirección Gerencia
de la Fundación pública Andaluza para la Integración social de Personas con Enfermedad
Mental, FAISEM, inscrita con el número SE/526 en la Sección Registral Novena del
Registro de Fundaciones de Andalucía y adscrita a la Consejería con competencias en
materia de Salud.
Tercero. Bases reguladoras.
Constituye el objeto de las bases reguladoras la concesión de subvenciones por
FAISEM en régimen de concurrencia no competitiva, orientadas al mantenimiento de las
sedes administrativas de las Fundaciones que prestan medidas de apoyo a las personas
con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica, en las que Faisem participa
como miembro de su Patronato, mediante la financiación de los gastos de personal y
generales de funcionamiento, en su labor de gestión de apoyos a las personas atendidas
por estas entidades.
Los gastos subvencionables deberán haberse realizado en el período comprendido
entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
Cuarto. Entidades beneficiarias.
Podrán solicitar las subvenciones las Fundaciones que prestan medidas de apoyo
a las personas con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica, en las que
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306643
Segundo. Convocatoria.
Se efectúa convocatoria pública para la concesión de subvenciones en régimen de
concurrencia no competitiva para el mantenimiento de las Fundaciones que prestan
medidas de apoyo a las personas con discapacidad para el ejercicio de su capacidad
jurídica en las que FAISEM participa como miembro de su patronato, para el ejercicio 2024.